Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La exención del IVA en servicios de enseñanza requiere que sean prestados por personas físicas sobre materias de planes de estudios oficiales. Si la actividad es de asistencia social, como la custodia de niños, puede aplicar el tipo reducido del 10% si no cumple los requisitos de exención. La clasificación de una actividad como profesional depende de su naturaleza y no de la titulación académica o la inscripción en colegios profesionales.
La DGT mantiene una línea constante en la calificación de actividades profesionales basadas en la ejecución personal y la ausencia de organización empresarial. Se observa una mayor precisión en la delimitación de las exenciones de IVA para enseñanza y asistencia social en las consultas más recientes. No se detectan cambios de criterio, sino una aplicación de reglas específicas para distintos sectores.
Puntos de inflexión
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Establece que la actividad de tatuador es profesional al realizarse de forma personal sin organización empresarial, obligando a la retención del IRPF.
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Aclara que la clasificación de la actividad profesional depende de su naturaleza y no de la titulación académica o la inscripción en el Colegio Profesional.
Análisis basado en 72 de 76 consultas con criterio disponible. Actualizado 7 de septiembre de 2026.