Ir al contenido

Glosario empresarial

Seguridad Social

Sistema público español de protección social que garantiza a los ciudadanos la cobertura de contingencias como enfermedad, accidente, maternidad, invalidez, vejez y desempleo. Se financia principalmente mediante las cotizaciones de trabajadores y empresas, y su gestión se encomienda a la Tesoreria General de la Seguridad Social (TGSS) y al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Laboral

Qué es la Seguridad Social

La Seguridad Social española es el sistema público de protección social que proporciona cobertura a los trabajadores y ciudadanos ante las principales contingencias de la vida: enfermedad, accidente laboral, maternidad y paternidad, desempleo, jubilación e invalidez. Es uno de los pilares del Estado del Bienestar español y su funcionamiento está regulado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, que aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Sus dos organismos gestores principales son:

  • Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS): gestiona la recaudación de cotizaciones y la inscripción de empresas y trabajadores
  • Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): gestiona el reconocimiento y pago de las prestaciones económicas

Regímenes de cotización

El sistema español se estructura en varios regímenes:

Régimen General: para los trabajadores por cuenta ajena en la mayoría de sectores. Es el más amplio y cubre a la mayoría de asalariados españoles.

Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA): para trabajadores por cuenta propia, incluidos socios administradores de sociedades que controlan más del 50% del capital o tienen control efectivo. Desde 2023 se basa en ingresos reales.

Sistema Especial Agrario: para trabajadores del campo (incluido dentro del Régimen General desde 2012).

Regímenes especiales: empleados del hogar, empleados públicos (MUFACE, MUGEJU, ISFAS), minería del carbón y trabajadores del mar.

Cuotas de cotización (Régimen General 2024-2025)

Las cotizaciones se calculan sobre la base de cotización del trabajador (el salario mensual, incluidas pagas extras prorrateadas, dentro de los límites mínimos y máximos legales):

ConceptoEmpresa (patronal)Trabajador (obrera)
Contingencias comunes23,60%4,70%
Desempleo (indefinido)5,50%1,55%
Formación profesional0,60%0,10%
FOGASA0,20%
Total aproximado~30%~6,35%

A esto se añaden las cotizaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (varía según la actividad, entre el 0,9% y el 7%).

La base mínima de cotización en 2025 está vinculada al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que asciende a 1.184 euros/mes en 14 pagas. La base máxima se situaba en torno a 4.909 euros/mes en 2025.

Principales prestaciones del sistema

Incapacidad temporal (IT): el trabajador que no puede trabajar por enfermedad común o accidente percibe el subsidio de IT. Desde el 4º día de baja (los 3 primeros los paga el trabajador, no hay prestación), la empresa paga del día 4 al 15 y la Seguridad Social desde el día 16. El importe es el 60% de la base reguladora hasta el día 20, y el 75% desde el día 21.

Incapacidad permanente: cuando la enfermedad o accidente deja secuelas que impiden trabajar con carácter permanente. Puede ser parcial, total, absoluta o gran invalidez, con distintos importes de pensión.

Jubilación: pensión de jubilación a partir de la edad legal (actualmente entre 65 y 67 años según el período cotizado). Se requieren al menos 15 años cotizados, con al menos 2 dentro de los últimos 15 años.

Desempleo: para trabajadores que pierden su empleo de forma involuntaria. Se requiere haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años. La duración y el importe dependen del tiempo cotizado.

Maternidad y paternidad: baja de 16 semanas para cada progenitor (ampliada a partos múltiples o discapacidad), con prestación del 100% de la base reguladora.

Obligaciones del empresario

Las empresas están obligadas a:

  • Inscribirse en la Seguridad Social antes de contratar al primer trabajador
  • Afiliar y dar de alta a cada trabajador antes de su incorporación efectiva
  • Cotizar mensualmente mediante el Sistema RED
  • Comunicar cualquier variación (cambio de contrato, baja, etc.)
  • Colaborar en la gestión de la incapacidad temporal (pago delegado en los primeros 15 días)
  • Cumplir con la normativa de prevención de riesgos laborales

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el primer paso para una empresa que va a contratar a su primer empleado en España?
Antes de contratar al primer trabajador, la empresa debe inscribirse como empleadora en la TGSS para obtener un Código de Cuenta de Cotización (CCC). A continuación, cada trabajador debe ser afiliado y dado de alta en la Seguridad Social antes de su primer día de trabajo, a través del Sistema RED. Contratar a trabajadores sin el alta previa conlleva sanciones graves y la obligación de abonar todas las cotizaciones pendientes.
¿Qué prestaciones cubre la Seguridad Social española para los trabajadores?
La Seguridad Social española cubre: asistencia sanitaria, incapacidad temporal (subsidio por enfermedad desde el día 4 de baja), incapacidad permanente, pensión de jubilación, prestación por desempleo, baja por nacimiento y cuidado de menor (16 semanas para cada progenitor), prestaciones por accidente de trabajo y prestaciones de muerte y supervivencia. Todos los trabajadores del Régimen General están cubiertos desde el primer día.
¿Qué es el SMI y cómo afecta a las cotizaciones a la Seguridad Social?
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es el salario mínimo legal en España, fijado en 1.184 euros/mes para 2025 (en 14 pagas). El SMI también establece la base mínima de cotización para la mayoría de los trabajadores. Los empleadores no pueden cotizar sobre una base inferior al SMI, independientemente de las horas trabajadas o de los acuerdos contractuales.
¿Cómo funciona el certificado A1 para trabajadores desplazados a España desde otro país de la UE?
El certificado A1 emitido por el país de origen acredita que el trabajador desplazado desde un país de la UE/EEE sigue cubierto por el sistema de Seguridad Social de su país, evitando la doble cotización en España. Sin certificado A1, el trabajador de la UE que trabaje en España queda sujeto a la Seguridad Social española desde el primer día. El certificado es aplicable a desplazamientos de hasta 24 meses conforme al Reglamento UE 883/2004.
¿Qué consecuencias tiene para un empleador español el retraso en el pago de las cuotas de Seguridad Social?
Las cotizaciones a la Seguridad Social generan recargos automáticos desde la fecha de vencimiento: un 10% si se pagan dentro del mes siguiente y un 20% a partir de entonces, más intereses de demora diarios. Puede solicitarse a la TGSS un aplazamiento (fraccionamiento del pago) sujeto a condiciones. El impago persistente puede dar lugar a actuaciones ejecutivas de la TGSS, incluido el embargo de activos y cuentas bancarias de la empresa.
Volver al glosario

Solicite una consulta personalizada

Nuestros expertos están listos para analizar su situación y ofrecerle soluciones a medida.

Llamar Contacto