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Litigios y Arbitraje: La Mejor Estrategia Procesal para su Empresa

Representación y estrategia en litigios civiles, mercantiles y arbitrajes nacionales e internacionales para empresas.

85%
Tasa de éxito en litigios de alta cuantia
+50M EUR
Cuantia total de disputas gestionadas
60%
Casos resueltos sin necesidad de juicio
4.8/5 en Google · 50+ reseñas 25+ años de experiencia 5 oficinas en España 500+ clientes
Evaluación rápida

Aplica esto a tu empresa?

¿Tiene cláusulas de arbitraje bien redactadas en sus contratos más importantes?

¿Sabe cual es el foro más adecuado para resolver posibles disputas con sus socios internacionales?

¿Ha preservado correctamente la documentación en caso de que una disputa llegue a juicio?

¿Conoce sus opciones reales si un contraparte incumple un acuerdo de joint venture?

0 respondidas de 4 preguntas

Nuestro enfoque

Como trabajamos

01

Análisis y estrategia

Estudiamos en profundidad el caso, analizamos las fortalezas y debilidades de cada posición, y diseñamos la estrategia procesal óptima: negociación, mediación, arbitraje o litigio judicial.

02

Preparación de la prueba

Identificamos, recopilamos y organizamos toda la evidencia documental, testifical y pericial necesaria. Coordinamos con peritos expertos cuando el caso lo requiere.

03

Representación procesal

Representamos a la empresa ante los tribunales ordinarios o ante los principales tribunales y cortes de arbitraje (CCI, CAM, CIMA, LCIA) con total dedicación y rigor.

04

Ejecución y post-sentencia

Gestionamos la ejecución de sentencias y laudos favorables, y asesoramos sobre las opciones de recurso o impugnación cuando el resultado es adverso.

El desafio

Un litigio o arbitraje mal gestionado puede destruir valor, consumir años de tiempo directivo y comprometer relaciones comerciales clave. La elección de la estrategia procesal incorrecta desde el inicio, o una preparación insuficiente de la prueba, pueden determinar el resultado de un procedimiento de alta cuantia de forma irreversible.

Nuestra solución

Nuestro equipo de litigios y arbitraje combina profundo conocimiento procesal con visión estratégica para proteger sus intereses en cualquier tipo de disputa. Desde la fase de negociación y mediación hasta la representación en juicio o arbitraje, diseñamos la estrategia más eficaz para cada caso y la ejecutamos con el máximo rigor.

El litigio civil y mercantil en España se rige por la Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000), que regula los procedimientos ante los juzgados de primera instancia y los juzgados de lo mercantil, con posibilidad de recurso ante la Audiencia Provincial y el Tribunal Supremo. El arbitraje nacional está regulado por la Ley 60/2003 de Arbitraje, de inspiración en la Ley Modelo UNCITRAL; los laudos extranjeros son ejecutables en España mediante exequatur ante el Tribunal Superior de Justicia bajo el Convenio de Nueva York de 1958, ratificado por más de 160 países. Desde el 3 de abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 exige acreditar el intento previo de un Medio Adecuado de Solución de Controversias (MASC) como condición de admisibilidad de cualquier demanda civil o mercantil, y el plazo general de prescripción de las acciones personales es de cinco años conforme al artículo 1964 del Código Civil.

Litigios y arbitraje mercantil: la estrategia procesal correcta desde el primer día

Un litigio o arbitraje mal gestionado desde el inicio puede determinar el resultado de forma irreversible. La elección del foro incorrecto, la elección del procedimiento equivocado, o la pérdida de documentación crítica en la fase preprocesal generan desventajas estratégicas que son muy difíciles de revertir. En disputas de alta cuantia derivadas de operaciones corporativas, el conocimiento del mundo de las M&A y la valoración de empresas es tan determinante como el conocimiento procesal.

Nuestro equipo comienza siempre por el análisis riguroso del caso: fortalezas, debilidades, probabilidades de éxito y alternativas de resolución. Hemos conseguido una tasa de resolución sin juicio del 60% a través de mediación y acuerdos extrajudiciales, preservando relaciones comerciales valiosas a una fraccion del coste del litigio.

Arbitraje internacional y litigios en operaciones de M&A

El arbitraje ha experimentado un crecimiento extraordinario en las disputas empresariales españolas e internacionales. Su principal ventaja en contextos de alta cuantia es la confidencialidad y la posibilidad de elegir arbitros con experiencia sectorial específica. Actuamos ante CCI, CAM, CIMA, LCIA e ICSID. En disputas relacionadas con operaciones de fusión y adquisición, nuestra experiencia específica en declaraciones y garantías incumplidas, ajustes de precio post-cierre y cláusulas de earn-out en disputa es un diferencial que los equipos de due diligence también reconocen al contratar.

Para disputes en materia de propiedad intelectual o incumplimiento de contratos comerciales, la coordinación entre el equipo de litigación y el área sustantiva garantiza una defensa sin fisuras.

Contexto regulatorio en España

El litigio civil y mercantil en España se rige por la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). Los litigios societarios pueden someterse a los juzgados de lo mercantil. El arbitraje nacional se regula por la Ley 60/2003 de Arbitraje, y los laudos extranjeros se ejecutan mediante exequatur ante el Tribunal Superior de Justicia bajo el Convenio de Nueva York de 1958. Los procedimientos ante las principales instituciones internacionales (CCI, LCIA, CIMA, CAM) siguen sus propios reglamentos pero aplican el derecho español cuando es la ley del contrato. El plazo de prescripción de acciones personales es de 5 años (art. 1964 CC).

Resultados que puedes esperar

  • Análisis jurídico objetivo del caso con estimación de probabilidades y escenarios económicos
  • Estrategia procesal óptima: negociación, mediación, arbitraje o litigio según el caso
  • Preparación de prueba rigurosa con coordinación de peritos especializados cuando el caso lo requiere
  • Representación en juzgados mercantiles y civiles y en cortes de arbitraje nacionales e internacionales
  • Tasa de resolución sin juicio del 60% a través de mediación y acuerdos extrajudiciales
  • Ejecución de sentencias y laudos favorables, incluyendo exequatur de laudos extranjeros en España

Un litigio bien gestionado comienza mucho antes de presentar la demanda. La fase preprocesal, la preservacion de la documentación y la elección del foro adecuado son decisiones que pueden tener un impacto determinante en el resultado final. Muchas empresas entran en litigios con contratos que no incluyen cláusulas de arbitraje, con documentación mal gestionada o sin haber evaluado correctamente la solidez jurídica de su posición. El primer servicio que prestamos es siempre una evaluación honesta y rigurosa del caso.

En el ámbito de los contratos y las operaciones corporativas, la prevención del litigio empieza en la due diligence y en la redacción contractual. Los contratos bien redactados son los que tienen cláusulas de resolución de disputas claras: foro, ley aplicable, mecanismos de escalado previos al arbitraje y plazos de prescripción. Cuando participamos en la negociación de un contrato, siempre pensamos en como se ejecutara ese contrato si las cosas van mal.

El arbitraje ha experimentado un crecimiento extraordinario en las disputas empresariales españolas e internacionales. Su principal ventaja en contextos de alta cuantia es la confidencialidad: a diferencia de los litigios judiciales, los procedimientos arbitrales son privados y los laudos no forman parte del dominio público. Para empresas cotizadas o con operaciones en sectores sensibles, esto tiene un valor estratégico enorme. También es significativa la posibilidad de elegir arbitros con experiencia sectorial específica, algo que los tribunales ordinarios no pueden garantizar.

En disputas relacionadas con operaciones de fusiones y adquisiciones, la casuistica es especialmente compleja: declaraciones y garantías incumplidas, ajustes de precio post-cierre no acordados, cláusulas de earn-out en disputa o responsabilidades contingentes no reveladas. Nuestro equipo tiene experiencia específica en está tipologia de litigios, donde el conocimiento del mundo corporativo y de la valoración de empresas es tan importante como el procesal.

La mediación empresarial, cuando es adecuada, es siempre nuestra primera recomendación. Resolver una disputa en semanas, con un acuerdo que las partes controlan, y preservando la relación comercial, es casi siempre mejor que ganar un pleito tres años después a un coste económico y de gestión significativo.

Resultados

La experiencia que nos respalda

Una disputa de 3 millones de euros con nuestro socio en una joint venture parecia abocada a un litigio de años. BMC disenó una estrategia de arbitraje que resolvio el conflicto en nueve meses con un resultado excelente para nosotros.

Manufacturas Escudero Hermanos, S.A.
Directora General

Equipo con experiencia local y visión internacional

Que obtienes

Entregables concretos

Litigación civil y mercantil

Representación ante juzgados de primera instancia y mercantiles, audiencias provinciales y Tribunal Supremo en toda clase de litigios civiles y mercantiles de alta complejidad.

Arbitraje nacional e internacional

Representación en arbitrajes ante CCI, CAM, CIMA, LCIA e ICSID; redacción de cláusulas de arbitraje en contratos y ejecución de laudos extranjeros mediante exequatur.

Mediación y resolución alternativa

Asistencia en mediaciones empresariales y facilitacion de acuerdos extrajudiciales que preserven relaciones comerciales valiosas a una fraccion del coste del litigio.

Preparación de prueba y gestión documental

Identificación y recopilación de evidencia, coordinación con peritos, preparación de testigos y gestión de la documentación electrónica relevante para el procedimiento.

Ejecución de sentencias y laudos

Gestión completa de la fase ejecutiva para hacer efectivos los títulos favorables: embargo de bienes, ejecución hipotecaria, exequatur de laudos extranjeros y procedimientos de apremio.

FAQ

Preguntas frecuentes

El arbitraje es preferible cuando se valora la confidencialidad (los procedimientos arbitrales son privados), la especialidad del arbitro (se puede elegir un experto en la materia), la celeridad (generalmente más rápido que los tribunales) o la ejecutabilidad internacional (los laudos se ejecutan en más de 160 países).
Gestionamos litigios civiles y mercantiles de toda clase: incumplimiento de contratos, disputas societarias, reclamaciones de cantidad, responsabilidad de administradores, competencia desleal, propiedad intelectual, litigios derivados de operaciones corporativas y disputes en contratos de financiación.
Sí, contamos con experiencia en arbitrajes administrados por las principales instituciones internacionales (CCI, LCIA, CIMA, CAM, ICSID) y en arbitrajes ad hoc bajo las reglas UNCITRAL. Coordinamos con corresponsales en el país de la otra parte cuando es necesario.
Los plazos son muy variables. Un juicio verbal puede resolverse en 6-12 meses. Un juicio ordinario de primera instancia suele tardar entre 18 y 36 meses, y si hay recursos puede extenderse varios años más. El arbitraje suele resolverse en 12-24 meses.
Realizamos un análisis jurídico y factual riguroso del caso, estimamos las probabilidades de éxito de forma objetiva y presentamos diferentes escenarios (mejor caso, caso base, peor caso) con las implicaciones económicas de cada uno. Nunca prometemos resultados que no podemos garantizar.
Sí, somos firmes defensores de los métodos alternativos cuando el caso y las circunstancias lo permiten. Una mediación bien gestionada puede resolver una disputa en semanas y preservar la relación comercial, a una fraccion del coste de un litigio.
Sí. Los laudos arbitrales extranjeros pueden ejecutarse en España mediante el procedimiento de exequatur ante el Tribunal Superior de Justicia, en aplicación del Convenio de Nueva York de 1958. Tramitamos el exequatur y la posterior ejecución del laudo ante los juzgados competentes.
Algunos miembros de nuestro equipo tienen acreditación como mediadores y arbitros institucionales. En disputas donde ambas partes prefieren resolver el conflicto con rapidez y confidencialidad, podemos facilitar el proceso como neutrales, siempre que no exista conflicto de interés con ninguna de las partes.
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