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Glosario empresarial

Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

Cuantía mínima retributiva que todo trabajador por cuenta ajena tiene derecho a percibir por su jornada laboral completa, con independencia del sector, categoría profesional o tipo de contrato. Es fijado anualmente por el Gobierno mediante Real Decreto, previa consulta con los agentes sociales.

Laboral

Qué es el Salario Mínimo Interprofesional

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es el umbral retributivo por debajo del cual ningún trabajador por cuenta ajena puede ser remunerado en España. Constituye una garantía salarial básica de orden público: su aplicación es obligatoria e inderogable, y cualquier pacto en contrario —ya sea en convenio colectivo o en contrato individual— es nulo de pleno derecho.

A diferencia del salario base pactado en convenio colectivo, que varía según sector y categoría profesional, el SMI es uniforme para todos los sectores productivos y grupos profesionales, lo que lo convierte en el denominador común mínimo del mercado laboral español.

El SMI está regulado en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015), que encomienda al Gobierno su fijación anual previa consulta con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas. La fijación concreta se realiza mediante Real Decreto publicado en el BOE.

El SMI también tiene incidencia directa en el sistema de la Seguridad Social, al vincular las bases mínimas de cotización (Ley General de la Seguridad Social, Real Decreto Legislativo 8/2015) con su cuantía.

Evolución reciente del SMI

El SMI español ha experimentado una subida significativa durante los últimos años, pasando de 735,90 euros mensuales en 2018 a valores superiores a 1.100 euros mensuales en 2024-2025. Este incremento acumulado del 54% aproximadamente en seis años ha tenido un impacto estructural en sectores intensivos en mano de obra (hostelería, limpieza, agricultura, comercio minorista, cuidados).

AñoSMI mensual (14 pagas)
2018735,90 €
2019900,00 €
2020950,00 €
2021950,00 €
20221.000,00 €
20231.080,00 €
20241.134,00 €

Nota: las cifras de años anteriores a 2025 son las aprobadas en cada momento. El dato de 2025 debe verificarse en el Real Decreto vigente.

Estructura de pago del SMI

El SMI se abona en 14 pagas: 12 mensualidades ordinarias más dos pagas extraordinarias (habitualmente en verano y Navidad). Sin embargo, puede prorratearse en 12 mensualidades si así lo prevé el convenio colectivo o si el trabajador así lo solicita y la empresa acepta, siempre que el total anual no sea inferior al SMI en 14 pagas.

Para jornadas inferiores a la ordinaria, el SMI se aplica proporcionalmente.

Qué conceptos computan para alcanzar el SMI

La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha establecido que el SMI debe compararse con la retribución total ordinaria del trabajador, sumando todos los conceptos salariales que percibe regularmente. Sin embargo, quedan excluidos de esta comparación:

  • Las horas extraordinarias.
  • Los complementos por trabajos especialmente penosos, tóxicos, peligrosos o nocturnos.
  • Las pagas extraordinarias en la parte que excedan del prorrateo ordinario.
  • Los incentivos o comisiones variables.
  • Las dietas y gastos de desplazamiento de naturaleza extrasalarial.
  • Los complementos de distancia o transporte.

Esta distinción es relevante en la práctica porque algunos convenios incluyen complementos que no pueden computarse para absorber el SMI.

Impacto del SMI en las bases de cotización

Cada subida del SMI eleva las bases mínimas de cotización de los trabajadores mayores de 18 años. Para 2025, la base mínima mensual de cotización para el grupo 7 y siguientes es equivalente al SMI mensual. Esto tiene un efecto directo en los costes laborales de las empresas cuyos trabajadores perciben retribuciones próximas al mínimo.

La relación entre SMI y bases de cotización también afecta al IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que se utiliza como referencia para ayudas, subsidios y acceso a prestaciones públicas, aunque IPREM y SMI son magnitudes distintas que pueden divergir.

Obligaciones del empresario

  • Verificar que todos los trabajadores perciben, en cómputo anual, una retribución no inferior al SMI vigente.
  • Revisar automáticamente los salarios cuando se aprueba un nuevo SMI superior al anterior, sin necesidad de que el trabajador lo reclame.
  • Ajustar las bases de cotización a la Seguridad Social si el nuevo SMI supera la base de cotización existente.
  • Comprobar que el convenio colectivo de aplicación está actualizado respecto al SMI; si el convenio fija salarios inferiores, prima el SMI.

Implicaciones prácticas

Para las empresas, la fijación anual del SMI es uno de los factores de planificación de costes laborales más relevantes, especialmente en sectores donde una parte significativa de la plantilla se sitúa en los escalones inferiores de la tabla salarial del convenio. Un incremento del SMI superior a la subida prevista por el convenio puede generar un efecto de «absorción y compensación» que eleve costes de forma imprevista.

Para los trabajadores, el SMI representa no solo un suelo retributivo, sino también un punto de referencia para múltiples cálculos: acceso a la tarifa plana del autónomo, determinación del umbral de embargo de salarios o cálculo del subsidio de desempleo.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el SMI en 2025?
El Salario Mínimo Interprofesional para 2025 es de 1.134 euros brutos mensuales en 14 pagas (o 15.876 euros anuales), conforme al Real Decreto aprobado por el Gobierno. Este importe puede actualizarse a lo largo del año si así lo acuerda el Consejo de Ministros.
¿Puede un convenio colectivo fijar un salario inferior al SMI?
No. El SMI es un mínimo absoluto de derecho necesario: ningún convenio colectivo, contrato individual ni acuerdo puede establecer una retribución inferior. Si un convenio fija salarios por debajo del SMI vigente, la retribución se eleva automáticamente hasta alcanzarlo.
¿El SMI incluye complementos y pluses?
La comparación con el SMI se realiza sobre la totalidad de la retribución ordinaria percibida en cómputo anual, excluyendo las partidas expresamente excluidas por el Real Decreto (horas extraordinarias, pagas de beneficios, complementos por trabajo nocturno, festivos o penosas, o mejoras establecidas en convenio para concepto extrasalarial). La doctrina del Tribunal Supremo ha delimitado qué conceptos computan y cuáles no.
¿A los trabajadores a tiempo parcial se les aplica el SMI completo?
El SMI se aplica de forma proporcional a la jornada pactada. Un trabajador que trabaja el 50% de la jornada ordinaria tiene derecho a percibir, como mínimo, el 50% del SMI. El criterio es la proporcionalidad estricta respecto a la jornada realizada.
¿Cómo afecta el SMI a las bases mínimas de cotización?
El SMI está directamente vinculado a las bases mínimas de cotización a la Seguridad Social. Las bases mínimas de cotización para trabajadores mayores de 18 años no pueden ser inferiores al SMI. Por ello, cada subida del SMI eleva también los costes de cotización para las empresas con trabajadores que perciben salarios próximos al mínimo.
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