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Pensiones 2026: revalorización 2,7% y cotizaciones | BMC

Tema: pensiones 2026 revalorización cotizaciones Seguridad Social

RDL 3/2026: pensiones contributivas suben un 2,7% y se actualizan las bases de cotización a la Seguridad Social. Convalidado el 26 de febrero de 2026.

7 min de lectura

El BOE del 4 de febrero de 2026 pública el Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social. La norma fue convalidada por el Congreso el 26 de febrero de 2026.

Revalorización de pensiones

Las pensiones contributivas de la Seguridad Social y las de Clases Pasivas del Estado se revalorizan un 2,7 % con efectos desde el 1 de enero de 2026. Este porcentaje se calcula conforme a la media interanual del IPC entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025, en aplicación del mecanismo automático de revalorización introducido por la Ley 21/2021.

Cuantías de referencia 2026

ConceptoCuantía
Pensión máxima mensual3.359,60 EUR
Pensión máxima anual (14 pagas)47.034,40 EUR
Pensiones no contributivas (anual)8.803,20 EUR
Complemento brecha de género (mensual)36,90 EUR

La subida beneficia a cerca de 9,5 millones de personas que perciben más de 10,4 millones de pensiones contributivas, más 736.800 pensiones de Clases Pasivas.

Cotizaciones a la Seguridad Social

El RDL 3/2026 actualiza las bases y tipos de cotización para el ejercicio 2026:

Base máxima de cotización

La base máxima de cotización al Régimen General se incrementa conforme a la revalorización de pensiones (2,7 %) más un recargo adicional del 1,2 % previsto en la Ley 21/2021 para reforzar la sostenibilidad del sistema. Esta doble subida eleva la base máxima a aproximadamente 4.909 EUR/mes.

Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)

La cuota de solidaridad intergeneracional (MEI) sube al 0,80 % en 2026 (0,67 % a cargo de la empresa y 0,13 % a cargo del trabajador), conforme a la senda progresiva prevista en la Disposición Transitoria 43ª de la LGSS.

Cotización de autónomos

Los autónomos en el sistema de cotización por ingresos reales mantienen las tablas de tramos, ajustadas al nuevo SMI como base mínima para los tramos más bajos. La cuota mínima para los tramos de ingresos más reducidos queda referenciada a los 1.221 EUR del SMI 2026.

Prestaciones por incapacidad temporal

La base reguladora de la prestación por incapacidad temporal queda actualizada conforme a las nuevas bases de cotización. Las empresas que complementan la prestación legal hasta el 100 % del salario deben recalcular la diferencia con las nuevas bases.

Implicaciones para empresas

  1. Actualizar los ficheros de cotización (CRA/FAN): las nuevas bases y tipos deben reflejarse desde la liquidación de enero 2026.
  2. Ajustar presupuestos de coste laboral: la combinación de subida de bases máximas y MEI incrementa el coste de los trabajadores con salarios altos.
  3. Revisar complementos a IT: las empresas con mejoras voluntarias de IT deben recalcular la diferencia a cargo de la empresa.
  4. Autónomos societarios: verificar que la base de cotización elegida no queda por debajo de los nuevos mínimos.

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Marco regulador específico

El Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero (BOE núm. 31, de 4 de febrero de 2026), tiene su fundamento en la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, que en su artículo 2 establece el mecanismo automático de revalorización vinculado al IPC. El índice de referencia para 2026 es la variación media interanual del IPC entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025, certificada en el 2,7 %.

Las cotizaciones se actualizan por dos vías complementarias:

  • Subida general de la base máxima: conforme al artículo 20.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (RDLeg 8/2015, de 30 de octubre), que vincula la base máxima a la revalorización de pensiones (2,7 %) más el recargo de sostenibilidad del 1,2 % fijado por la disposición transitoria 40.ª de la LGSS. Esto eleva la base máxima a 4.909 EUR/mes para 2026.

  • Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): la disposición transitoria 43.ª de la LGSS (incorporada por la Ley 21/2021, modificada por el RDL 2/2023) establece la senda de incremento progresivo del MEI hasta el 1,2 % en 2029. Para 2026, el MEI queda en 0,80 % (0,67 % empresa + 0,13 % trabajador).

  • Autónomos: la cotización por ingresos reales se mantiene conforme al Real Decreto 504/2022, de 27 de junio, con la tabla de tramos ajustada al nuevo SMI de 1.221 EUR como base mínima.

La convalidación por el Congreso el 26 de febrero de 2026 se publicó en el BOE del 28 de febrero de 2026 (BOE-A-2026-4668), resolución de la Mesa del Congreso conforme al artículo 86.2 de la Constitución.

Ejemplo práctico: impacto en el coste laboral de una empresa mediana

Caso: empresa con 25 trabajadores, 8 de ellos con salarios que superan la base máxima de cotización. Ejercicio 2026 completo.

Concepto20252026Variación anual por trabajador
Base máxima cotización/mes4.720,50 EUR4.909 EUR+ 188,50 EUR/mes
Cuota empresa (tipo 23,6 %)1.113,96 EUR1.158,52 EUR+ 44,56 EUR/mes
MEI (cuota empresa 0,67 %)31,62 EUR32,89 EUR+ 1,27 EUR/mes
Sobrecoste anual por trabajador en base máxima+ 549,96 EUR
Sobrecoste total (8 trabajadores en base máxima)+ 4.400 EUR

Este sobrecoste debe incorporarse al presupuesto de coste laboral para 2026 y revisarse antes de la liquidación de enero, que es la primera afectada por las nuevas bases y tipos.

Errores comunes que BMC corrige

  1. No actualizar los ficheros de cotización (CRA/FAN) desde enero de 2026. Muchas empresas aplican la subida de bases desde la liquidación de febrero. La TGSS puede girar liquidaciones de diferencias con recargo del 20 % conforme al artículo 29 LGSS por cotizaciones no ingresadas en plazo.

  2. Calcular mal el complemento voluntario a la incapacidad temporal. Las empresas con mejoras voluntarias de IT que complementan la prestación legal hasta el 100 % del salario deben recalcular la diferencia con las nuevas bases desde el 1 de enero. Aplicar bases antiguas genera pagos insuficientes reclamables por el trabajador.

  3. Omitir la actualización del MEI en contratos de alta dirección con garantía de retribución neta. Los directivos con cláusulas de garantía neta ven compensado el incremento del MEI a cargo de la empresa. Sin revisión del contrato, este coste queda a cargo de la empresa no presupuestado.

  4. No verificar la cuota mínima de autónomos societarios. Con el SMI 2026 en 1.221 EUR, el autónomo societario que cotizaba por la base mínima anterior puede tener diferencias a regularizar desde enero de 2026.

  5. Desconocer la pensión de jubilación activa y el nuevo tope. El artículo 214 LGSS permite compatibilizar el 50 % de la pensión con el trabajo. Con la nueva pensión máxima de 3.359,60 EUR, el tope compatible asciende a 1.679,80 EUR/mes, lo que puede modificar el interés de algunos directivos en elegir esta modalidad.

Próximos pasos

  • Actualizar los ficheros de cotización (CRA/FAN) para la liquidación de enero 2026 con las nuevas bases (4.909 EUR máximo) y el MEI del 0,80 %
  • Revisar el presupuesto de coste laboral para 2026 incorporando el impacto del MEI y de la nueva base máxima
  • Recalcular los complementos voluntarios a IT a cargo de la empresa con las nuevas bases de cotización
  • Verificar la cuota de autónomos societarios con el nuevo SMI 2026 (1.221 EUR/mes)
  • Comunicar el nuevo importe del complemento de brecha de género (36,90 EUR/mes) a las trabajadoras beneficiarias
  • Revisar los contratos de alta dirección con cláusulas de garantía de retribución neta para cuantificar el impacto del MEI

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