El BOE del 4 de febrero de 2026 pública el **Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero**, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social. La norma fue convalidada por el Congreso el 26 de febrero de 2026.
Revalorización de pensiones
Las pensiones contributivas de la Seguridad Social y las de Clases Pasivas del Estado se revalorizan un 2,7 % con efectos desde el 1 de enero de 2026. Este porcentaje se calcula conforme a la media interanual del IPC entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025, en aplicación del mecanismo automático de revalorización introducido por la Ley 21/2021.
Cuantías de referencia 2026
| Concepto | Cuantía |
|---|---|
| Pensión máxima mensual | 3.359,60 EUR |
| Pensión máxima anual (14 pagas) | 47.034,40 EUR |
| Pensiones no contributivas (anual) | 8.803,20 EUR |
| Complemento brecha de género (mensual) | 36,90 EUR |
La subida beneficia a cerca de 9,5 millones de personas que perciben más de 10,4 millones de pensiones contributivas, más 736.800 pensiones de Clases Pasivas.
Cotizaciones a la Seguridad Social
El RDL 3/2026 actualiza las bases y tipos de cotización para el ejercicio 2026:
Base máxima de cotización
La base máxima de cotización al Régimen General se incrementa conforme a la revalorización de pensiones (2,7 %) más un recargo adicional del 1,2 % previsto en la Ley 21/2021 para reforzar la sostenibilidad del sistema. Esta doble subida eleva la base máxima a aproximadamente 4.909 EUR/mes.
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)
La cuota de solidaridad intergeneracional (MEI) sube al 0,80 % en 2026 (0,67 % a cargo de la empresa y 0,13 % a cargo del trabajador), conforme a la senda progresiva prevista en la Disposición Transitoria 43ª de la LGSS.
Cotización de autónomos
Los autónomos en el sistema de cotización por ingresos reales mantienen las tablas de tramos, ajustadas al nuevo SMI como base mínima para los tramos más bajos. La cuota mínima para los tramos de ingresos más reducidos queda referenciada a los 1.221 EUR del SMI 2026.
Prestaciones por incapacidad temporal
La base reguladora de la prestación por incapacidad temporal queda actualizada conforme a las nuevas bases de cotización. Las empresas que complementan la prestación legal hasta el 100 % del salario deben recalcular la diferencia con las nuevas bases.
Implicaciones para empresas
- Actualizar los ficheros de cotización (CRA/FAN): las nuevas bases y tipos deben reflejarse desde la liquidación de enero 2026.
- Ajustar presupuestos de coste laboral: la combinación de subida de bases máximas y MEI incrementa el coste de los trabajadores con salarios altos.
- Revisar complementos a IT: las empresas con mejoras voluntarias de IT deben recalcular la diferencia a cargo de la empresa.
- Autónomos societarios: verificar que la base de cotización elegida no queda por debajo de los nuevos mínimos.
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