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Protección de Datos RGPD: Cumpla con Plenas Garantías

Cumplimiento del RGPD y la LOPDGDD, DPO externalizado y gestión integral de la privacidad para empresas.

72h
Plazo legal de notificación de brechas (RGPD)
4%
Facturación global: sanción máxima RGPD
+150
Sistemas de privacidad implementados
4.8/5 en Google · 50+ reseñas 25+ años de experiencia 5 oficinas en España 500+ clientes
Fecha límite 72 horas desde detección

Notificación brechas

El RGPD exige notificar a la AEPD en 72 horas. Sanciones de hasta 20M EUR o 4% facturación global

Evaluación rápida

Aplica esto a tu empresa?

¿Su empresa tiene un registro de actividades de tratamiento actualizado?

¿Cuenta con contratos de encargo de tratamiento con todos sus proveedores de datos?

¿Tiene un protocolo definido para responder a una brecha de datos en menos de 72 horas?

¿Sus empleados han recibido formación en protección de datos en los últimos 12 meses?

0 respondidas de 4 preguntas

Nuestro enfoque

Cómo Implementamos el Cumplimiento RGPD en su Empresa

01

Diagnóstico y gap analysis

Analizamos el estado actual del cumplimiento RGPD de su empresa: flujos de datos, bases jurídicas, medidas de seguridad, contratos con encargados y derechos de los interesados.

02

Diseño del sistema de privacidad

Implementamos el registro de actividades de tratamiento, las políticas de privacidad, los procedimientos para el ejercicio de derechos, las evaluaciones de impacto (EIPD) y el protocolo de gestión de brechas.

03

Formación y cultura de privacidad

Formamos a los equipos en las obligaciones de protección de datos y construimos una cultura de privacidad by design en la organización.

04

DPO externalizado y mantenimiento

Asumimos las funciones de Delegado de Protección de Datos cuando es obligatorio o voluntario, y mantenemos el sistema actualizado ante cambios normativos y nuevos tratamientos.

El desafio

Las sanciones del RGPD pueden alcanzar el 4% de la facturación anual global o 20 millones de euros. Más allá de las multas, una brecha de datos puede destruir la confianza de clientes y socios de forma irreversible. Muchas empresas creen que están cumpliendo cuando en realidad tienen importantes gaps en su sistema de privacidad.

Nuestra solución

Diseñamos e implementamos sistemas de gestión de privacidad completos y auditables, adaptados a la realidad de cada empresa. Desde el registro de actividades hasta las cláusulas contractuales con terceros, cubrimos todos los aspectos del cumplimiento RGPD y ofrecemos el servicio de DPO externalizado cuando la normativa lo exige o aconseja.

La protección de datos personales en España se rige por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD, Reglamento UE 2016/679), de aplicación directa desde mayo de 2018, y por la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), que lo complementa con obligaciones adicionales para el ordenamiento español. Las empresas que tratan datos personales deben establecer una base jurídica válida para cada tratamiento, mantener un registro de actividades de tratamiento, designar un Delegado de Protección de Datos (DPO) en los supuestos obligatorios, notificar las brechas a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en un máximo de 72 horas desde su detección, y realizar evaluaciones de impacto (EIPD) para tratamientos de alto riesgo conforme al artículo 35 RGPD. El incumplimiento puede dar lugar a sanciones de hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación global anual, siendo la AEPD la autoridad de control competente en España.

Nuestro equipo de privacidad combina conocimiento jurídico del RGPD y la LOPDGDD con experiencia práctica en la implementación de sistemas de gestión de privacidad en empresas de todos los sectores y tamaños.

Por que el cumplimiento RGPD va mucho más allá de la política de privacidad

Muchas empresas españolas llevan años creyendo que cumplen el RGPD porque tienen una política de privacidad en la web y un contrato de confidencialidad con sus empleados. La realidad es otra: la AEPD ha impuesto sanciones multimillonarias por ausencia de base jurídica válida, encargados del tratamiento sin contrato, brechas de datos no notificadas en plazo y transferencias internacionales sin garantías. Las multas pueden alcanzar el 4% de la facturación global o 20 millones de euros.

El riesgo no es solo sancionador. Una brecha de datos gestionada incorrectamente puede destruir la confianza de clientes y socios de forma irreversible, con un impacto reputacional que supera al económico.

Como implementamos el sistema de gestión de privacidad RGPD

Nuestro equipo de especialistas comienza con la fotografia real de la situación: que datos trata la empresa, con que base jurídica, con quien los comparte y que medidas técnicas y organizativas protegen esa información. Este gap analysis revela sistemáticamente áreas de riesgo que las empresas no habian identificado: encargados del tratamiento sin contrato, plazos de conservacion sin definir, o formularios web con bases jurídicas incorrectas.

A partir del diagnóstico, implementamos el registro de actividades de tratamiento, las políticas de privacidad, los contratos de encargo con todos los proveedores que tratan datos, y el protocolo de respuesta a brechas. Para empresas que necesitan DPO, el DPO externo asume la función con plena independencia y acceso directo al órgano de gobierno. La protección de datos se complementa con el cumplimiento de cookies para una cobertura integral del marco de privacidad digital.

Marco normativo de protección de datos en España: RGPD y LOPDGDD

El RGPD (Reglamento UE 2016/679) es de aplicación directa en España desde mayo de 2018. La LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018) lo complementa con obligaciones adicionales específicas para el ordenamiento español: designación obligatoria de DPO para sectores adicionales, tratamiento de datos de menores, videovigilancia y tratamientos con fines de control laboral. La AEPD es la autoridad de control en España y ha incrementado significativamente su actividad sancionadora desde 2020. Las multas más altas impuestas en España han superado los 10 millones de euros.

El RGPD se combina con el AI Act para sistemas de IA que tratan datos personales, y con la normativa de transferencias internacionales tras la sentencia Schrems II del Tribunal de Justicia de la UE. Las empresas con proveedores fuera del Espacio Económico Europeo o que operan en mercados globales deben gestionar con especial cuidado las transferencias internacionales de datos, que requieren mecanismos jurídicos específicos — cláusulas contractuales tipo, decisiones de adecuación, normas corporativas vinculantes — para ser conformes al RGPD.

Resultados que puedes esperar

  • Registro de actividades de tratamiento completo y actualizado
  • Contratos de encargo del tratamiento con todos los proveedores que procesan datos personales
  • Protocolo de respuesta a brechas operativo para notificar a la AEPD en menos de 72 horas
  • DPO externalizado designado ante la AEPD con dedicación real y acceso al órgano de gobierno
  • Evaluaciones de impacto (EIPD) para tratamientos de alto riesgo
  • Sistema de privacidad que resiste una inspección de la AEPD sin incidencias

La privacidad no es solo cumplimiento; es también una ventaja competitiva. Las empresas que demuestran un compromiso genuino con la protección de los datos de sus clientes generan mayor confianza y reducen significativamente su exposición a litigios y sanciones regulatorias. El mapa de riesgos de cumplimiento integra el RGPD en la visión regulatoria consolidada de la empresa junto al resto de marcos aplicables.

Resultados

Resultados Medibles en Cumplimiento de Protección de Datos

Después de sufrir una brecha de datos, BMC gestiono la notificación a la AEPD, la comunicación a los afectados y la mejora del sistema de seguridad. Evitamos una sanción y recuperamos la confianza de nuestros clientes.

Clinica Dental Integra, S.L.
Directora de Operaciones

Equipo con experiencia local y visión internacional

Que obtienes

Qué Incluye Nuestro Servicio de Protección de Datos

Diagnóstico RGPD y gap analysis

Auditoría del estado actual del cumplimiento: flujos de datos, bases jurídicas, medidas de seguridad técnicas y organizativas, y contratos con encargados del tratamiento.

Registro de actividades y políticas de privacidad

Implantación del registro de actividades de tratamiento, redacción de políticas de privacidad y cláusulas informativas para todos los canales de captación de datos.

DPO externalizado

Asuncion de las funciones de Delegado de Protección de Datos: punto de contacto con la AEPD, supervisión del cumplimiento, atención a los ejercicios de derechos y formación interna.

Gestión de brechas de seguridad

Protocolo de respuesta ante incidentes de seguridad: contencion, análisis de impacto, notificación a la AEPD en 72 horas y comunicación a los afectados cuando procede.

Privacy by design en productos y procesos

Acompañamiento en el diseño de nuevos productos, servicios o procesos para integrar la privacidad desde el inicio, realizando evaluaciones de impacto (EIPD) cuando es requerido.

FAQ

Preguntas Frecuentes sobre Protección de Datos para Empresas

El RGPD obliga a designar un DPO en tres supuestos: autoridades u organismos públicos, empresas que realicen tratamientos que requieran observacion habitual y sistemática de interesados a gran escala, y empresas que traten a gran escala datos sensibles. Muchas empresas lo designan voluntariamente como buena práctica.
Es el documento que recoge todos los tratamientos de datos personales que realiza la empresa: que datos, con que finalidad, que base jurídica, cuanto tiempo se conservan, con quien se comparten y que medidas de seguridad aplican. Es obligatorio para empresas con más de 250 empleados y para cualquiera que trate datos de riesgo.
El RGPD obliga a notificar las brechas a la AEPD en un máximo de 72 horas desde su detección si suponen riesgo para los derechos de las personas. Le ayudamos a gestionar el protocolo de respuesta, la notificación a la autoridad y, si procede, la comunicación a los afectados.
Las transferencias de datos a países fuera del Espacio Económico Europeo requieren garantías adecuadas: cláusulas contractuales tipo, decisión de adecuación de la Comisión Europea, o mecanismos alternativos. Analizamos y adecuamos los contratos con proveedores internacionales (incluyendo servicios cloud).
Privacy by design implica integrar la protección de datos desde el diseño de cada producto, servicio o proceso. Privacy by default significa que la Configuración predeterminada siempre debe ser la más protectora de la privacidad. Ambos son obligaciones del RGPD que muchas empresas no aplican correctamente.
Sí. En operaciones de M&A, la due diligence de privacidad es cada vez más relevante. Auditamos el estado de cumplimiento RGPD de la empresa objetivo para identificar contingencias y cuantificar el riesgo antes del cierre.
El Reglamento de IA europeo (AI Act) entro en vigor en 2024 y establece obligaciones graduadas según el nivel de riesgo de los sistemas de IA. Las empresas que despliegan o utilizan IA en procesos que afectan a personas deben evaluar el nivel de riesgo, implementar medidas de transparencia y, en sistemas de alto riesgo, someterse a evaluaciones de conformidad. Le asesoramos en la adaptación a este nuevo marco regulatorio.
Cuando contratamos servicios cloud o software que implica tratamiento de datos personales, el proveedor actua como encargado del tratamiento. La ley exige formalizar un contrato de encargo de tratamiento (DPA) que regule las obligaciones de seguridad, los subprocesadores autorizados, los derechos de auditoría y las medidas ante una brecha. Revisamos y negociamos estos contratos para asegurar que la responsabilidad quede correctamente distribuida.
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