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Private Equity: Captación, Entrada y Salida con Asesoramiento Integral

Asesoramiento en operaciones con private equity: equity story, due diligence, estructuración MBO/LBO, gobierno pre-PE y preparación de la salida.

5-12x
Rango de múltiplos EBITDA en operaciones PE medianas españolas
3-7 años
Horizonte típico de inversión de un fondo de PE
2.000M+
Valor total de operaciones asesoradas por el equipo BMC
4.8/5 en Google · 50+ reseñas 25+ años de experiencia 5 oficinas en España 500+ clientes
Evaluación rápida

Aplica esto a tu empresa?

¿Tiene claro qué cláusulas del pacto PE afectan más a su retorno en la salida?

¿Ha calculado el impacto real de las preferencias de liquidación propuestas por el fondo?

¿Dispone de un management carve-out bien estructurado que le proteja ante dilución en rondas posteriores?

¿Su equity story está preparado para aguantar la due diligence de un fondo institucional?

0 respondidas de 4 preguntas

Como trabajamos

01

Preparación pre-PE

Evaluamos la empresa desde la perspectiva del fondo: tesis de inversión, equity story, métricas clave (EBITDA ajustado, working capital normalizado, deuda neta), y puntos débiles que el fondo identificará en due diligence. Diseñamos el plan de mejora previo a la captación.

02

Proceso de captación y selección de fondo

Organizamos el proceso de captación: preparación del information memorandum PE, identificación del universo de fondos adecuados por tamaño de ticket y sector, gestión de la relación con los fondos durante el proceso y evaluación comparativa de offers.

03

Due diligence y negociación de condiciones

Coordinamos la due diligence del fondo (financiera, legal, fiscal, operativa, comercial) y lideramos la negociación del pacto de socios y el SPA, asegurando que las condiciones protegen los intereses del management y de los socios existentes.

04

Gobierno post-entrada y preparación de la salida

Asesoramos en la relación con el fondo durante el período de participación: gobierno del consejo, reporting requerido, gestión de los covenants, y diseño de la estrategia de salida (IPO, venta estratégica, secondary buyout) con suficiente antelación.

El desafio

La entrada de un fondo de private equity en el capital de una empresa transforma radicalmente las reglas del juego. Los fondos cuentan con equipos especializados que conocen a fondo cada cláusula del pacto de socios PE-specific, cada mecanismo de gestión de incentivos y cada palanca de creación de valor. Los empresarios y equipos directivos que negocian sin asesoramiento equivalente se encuentran en una posición de asimetría informativa que puede costarles millones en la valoración de entrada, en el diseño del management equity plan o en las condiciones de salida. El proceso no termina con la firma del SPA: el trabajo real empieza cuando el fondo entra en el accionariado.

Nuestra solución

Actuamos como asesor independiente del empresario o del equipo directivo en todas las fases de la relación con el fondo: preparación del equity story y posicionamiento previo a la captación, coordinación de la due diligence de entrada, negociación de las condiciones del pacto de socios PE-specific (preferencias de liquidación, anti-dilución, drag-along, management carve-out), estructuración de MBO/LBO cuando el equipo directivo lidera la operación, y diseño de la estrategia de salida que maximice el retorno para todos los accionistas. Nuestra independencia respecto a los fondos es total: solo representamos los intereses de nuestro cliente.

El private equity (capital riesgo en la terminología española) es una modalidad de inversión en la que un fondo adquiere participaciones en empresas no cotizadas con el objetivo de crear valor durante un período de tres a siete años y desinvertir obteniendo un retorno para sus inversores. En España, los fondos de private equity están regulados por la Ley 22/2014 como Entidades de Capital-Riesgo (ECR) y supervisados por la CNMV; a nivel europeo les aplica la Directiva AIMFD. Las operaciones más habituales son la adquisición mayoritaria de empresas maduras en crecimiento, los Management Buyouts (MBO) en los que el equipo directivo co-invierte junto al fondo, y los Leveraged Buyouts (LBO) que utilizan deuda para financiar parte del precio de adquisición; en todos los casos, el pacto de socios (SHA) regula las preferencias de liquidación, los derechos de arrastre (drag-along) y el plan de incentivos del equipo directivo (management carve-out).

El private equity ha transformado el mercado de M&A en España en la última década. Los fondos aportan capital, disciplina de gestión y red de contactos, pero también cláusulas contractuales complejas, expectativas de retorno exigentes y una lógica de salida que no siempre coincide con los intereses del empresario fundador o del equipo directivo. Navegar este proceso sin asesoramiento independiente es uno de los errores más costosos que puede cometer un empresario en su carrera.

Preparación pre-PE: el trabajo que determina la valoración

La valoración que obtiene una empresa de un fondo de private equity no depende solo de sus métricas financieras en el momento de la negociación. Depende de cómo están presentadas esas métricas, de qué ajustes se han anticipado, de qué riesgos han sido identificados y mitigados antes de que el fondo los encuentre en due diligence, y de cuán convincente es la tesis de crecimiento para el período de inversión.

Un equity story bien construido no es solo un conjunto de diapositivas. Es el argumento central por el que el fondo debería invertir en esta empresa, a esta valoración, en este momento. Incluye la tesis de crecimiento orgánico e inorgánico, la normalización del EBITDA histórico (eliminando elementos no recurrentes que el fondo podría no aceptar), la determinación del working capital estructural (que afecta directamente al precio de cierre), y la estrategia de los tres a cinco años que el fondo utilizará para justificar la inversión ante sus propios inversores (LP).

El trabajo previo a la captación es también el mejor antídoto contra los retasaciones post-due diligence: si los puntos débiles están identificados y explicados antes de que el fondo los descubra, la capacidad del fondo para reducir el precio disminuye significativamente.

Pacto de socios PE-specific: las cláusulas que más importan

El pacto de socios en una operación de private equity (denominado en inglés SHA, Shareholders’ Agreement, o en contextos de fondos LPA, Limited Partnership Agreement) es el documento que regula la relación entre el fondo y los accionistas existentes durante todo el período de participación y en el momento de la salida. Es considerablemente más complejo que un pacto de socios estándar entre fundadores.

Las cláusulas que tienen mayor impacto económico sobre el retorno del empresario son, por orden de importancia: (1) las preferencias de liquidación, que determinan cuánto cobra el fondo antes de que el resto de socios vean un euro en la salida; (2) el management carve-out o sweet equity, que determina cuánto recibe el equipo directivo del upside en la salida más allá de su co-inversión; (3) los mecanismos de anti-dilución (ratchet), que protegen al fondo ante rondas posteriores a menor valoración y pueden diluir al management; (4) las cláusulas de información y control (information rights, veto rights, board representation), que determinan la autonomía operativa del management durante el período de inversión; y (5) el drag-along, que define las condiciones en que el fondo puede forzar la salida de todos los socios.

Negociar estas cláusulas sin entender su impacto económico en diferentes escenarios de salida (upside, base case, downside) es equivalente a firmar un contrato sin leerlo. El análisis de sensibilidad de cada cláusula en función del precio de salida es el punto de partida de cualquier negociación seria.

MBO y LBO: cuando el management es el comprador

Un Management Buyout (MBO) es la operación más alineada que puede existir entre un equipo directivo y un fondo de private equity: el management co-invierte, co-arriesga y co-gana. Pero también es la que genera más conflicto de interés potencial cuando el management negocia simultáneamente como comprador (representando sus intereses como inversores) y como directivos de la empresa vendida.

La estructuración de un MBO requiere diseñar el vehículo de co-inversión del management (normalmente una sociedad holding), definir la participación de cada directivo, establecer las condiciones de vesting y good/bad leaver para el equipo, y estructurar la financiación en los términos que equilibren la presión del servicio de la deuda con las necesidades de inversión de la empresa. El ratio deuda/equity (leverage) es la palanca que amplifica los retornos en el upside pero que también amplifica las pérdidas en el downside.

Contexto regulatorio: la Ley 22/2014 y el marco europeo

Los fondos de private equity que operan en España quedan sujetos a la Ley 22/2014, de entidades de capital-riesgo (ECR) y otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado. Esta ley regula la autorización, actividad y supervisión de los fondos por la CNMV, y establece los requisitos aplicables a sus gestoras. A nivel europeo, el Reglamento AIMFD (Alternative Investment Fund Managers Directive) establece el marco de pasaporte europeo que permite a los fondos invertir en España sin autorización local si están autorizados en otro Estado miembro. Las operaciones que superan los umbrales de concentración (artículo 8 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia, o los umbrales de la Comisión Europea) requieren notificación previa a la CNMC antes del cierre.


El asesoramiento en private equity se coordina de forma natural con el equipo de fusiones y adquisiciones para la gestión del proceso y la negociación del SPA, con el de valoraciones para el análisis de métricas y el fairness opinion, y con el de due diligence para la coordinación del vendor DD. La estructuración fiscal de la operación —incluyendo el tratamiento del fondo de comercio y el régimen fiscal del management carve-out— se gestiona con el equipo de planificación fiscal.

Marco regulatorio del private equity en España

Los fondos de capital riesgo que operan en España están sujetos a un marco normativo que combina regulación española y europea:

Ley 22/2014 de Entidades de Capital-Riesgo (ECR) La Ley 22/2014 es la norma central del sector de private equity en España. Regula las Entidades de Capital-Riesgo (ECR), los Fondos de Capital-Riesgo (FCR), las Sociedades de Capital-Riesgo (SCR) y sus gestoras (Sociedades Gestoras de Entidades de Capital-Riesgo, SGEIC). Establece los requisitos de autorización ante la CNMV, las obligaciones de reporting periódico, los límites de diversificación de inversiones y las condiciones de los inversores admisibles (cualificados o profesionales). Los fondos autorizados en otro Estado miembro de la UE pueden operar en España mediante pasaporte europeo sin necesidad de autorización local, bajo el marco del Reglamento AIMFD.

Reglamento AIMFD (Directiva 2011/61/UE) El Reglamento sobre Gestores de Fondos de Inversión Alternativos establece el marco europeo de pasaporte para los gestores de fondos alternativos (incluyendo private equity, hedge funds e infraestructura). Un gestor autorizado en otro Estado miembro de la UE puede comercializar sus fondos en España entre inversores profesionales mediante notificación a la CNMV, sin autorización separada. Para los gestores de fuera de la UE (gestores de EE.UU., UK post-Brexit), el acceso al mercado español requiere autorización específica.

Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia y control de concentraciones Las adquisiciones de control por fondos de PE sobre empresas españolas pueden estar sujetas a notificación previa a la CNMC cuando superan los umbrales de cuota de mercado (artículo 8 LDC: cuando las empresas afectadas tengan conjuntamente una cuota superior al 30% en un mercado relevante con ventas en España superiores a 240M€) o de facturación (artículo 7 LDC: cuando el adquirente tenga ventas en España superiores a 240M€ y la adquirida más de 60M€). Las operaciones que superen los umbrales europeos requieren notificación a la Comisión Europea conforme al Reglamento de Concentraciones.

Régimen fiscal del private equity Las plusvalías obtenidas por los socios de un fondo de PE en la venta de su participación en una empresa española pueden estar sujetas a tributación española bajo el Impuesto sobre la Renta de No Residentes o el Impuesto sobre Sociedades, dependiendo de la estructura del fondo y de la existencia de convenio de doble imposición. La exención de plusvalías del artículo 21 LIS (participation exemption) puede ser aplicable cuando el fondo tiene la forma de sociedad y mantiene una participación superior al 5% durante al menos un año. El fondo de comercio generado en una adquisición puede ser deducible fiscalmente bajo determinadas condiciones del artículo 13 LIS.

Proceso operativo del asesoramiento en operaciones de PE: fases y entregables BMC

Fase 1: Preparación del equity story y posicionamiento (meses 1-4) Analizamos la empresa desde la perspectiva del fondo: identificamos la tesis de inversión que mejor conecta con el perfil de los fondos objetivo, normalizamos las métricas financieras (EBITDA ajustado, working capital estructural, deuda neta ajustada), y construimos el equity story con el narrative de inversión para los próximos tres a cinco años. Elaboramos el information memorandum PE (más detallado y con mayor foco en el plan de crecimiento que un IM para comprador estratégico). Entregable: equity story + information memorandum PE.

Fase 2: Preparación del gobierno corporativo pre-PE (meses 2-5) Los fondos de PE exigen una estructura de gobierno sólida antes de la firma: consejo de administración con miembros independientes, sistemas de reporting financiero mensual, controles internos documentados y una dirección profesionalizada más allá del empresario fundador. Identificamos las brechas y las cerramos antes de iniciar el proceso, anticipando los puntos que el fondo cuestionará en su due diligence de gobierno. Entregable: diagnóstico de gobierno + plan de mejora implementado.

Fase 3: Proceso de captación y selección del fondo (meses 3-8) Identificamos el universo de fondos adecuados según el tamaño del ticket, el sector y la geografía de inversión, y el tipo de operación (growth equity, buyout, deuda mezzanine). Gestionamos el proceso de contacto confidencial con los fondos seleccionados, presentamos el equity story, coordinamos las reuniones de management con los equipos de los fondos y evaluamos comparativamente las ofertas recibidas. Entregable: análisis comparativo de ofertas con evaluación de cada fondo más allá del precio.

Fase 4: Coordinación de la due diligence y negociación del SPA y SHA (meses 6-12) Preparamos el vendor due diligence para anticipar los hallazgos del fondo y minimizar el riesgo de retasación post-DD. Coordinamos la gestión del data room y las queries del fondo durante la due diligence. Negociamos los términos del pacto de socios (SHA) con atención especial a las cláusulas de mayor impacto económico: preferencias de liquidación, anti-dilución, drag-along y management carve-out. Entregable: pacto de socios negociado con análisis de impacto económico de cada cláusula por escenario de salida.

Fase 5: Estructuración del MBO/LBO (cuando aplica) Cuando el equipo directivo co-invierte en la operación, diseñamos el vehículo de co-inversión del management, la estructura de equity (sweet equity, opciones sobre acciones o participaciones directas), las condiciones de vesting (buen/mal saliente), y el tratamiento fiscal del carve-out en el momento de la salida. Entregable: memorando de estructuración del MBO con análisis fiscal del carve-out.

Fase 6: Estrategia y preparación de la salida (con 12-18 meses de antelación) La preparación de la salida es simétrica a la preparación de la entrada: actualizamos el equity story, identificamos la opción de salida más adecuada (IPO, venta estratégica, SBO, recapitalización con dividendo), preparamos el proceso de salida y asesoramos en la estructuración fiscal del retorno para el management y los socios fundadores. Entregable: plan de salida con análisis de opciones y recomendación de timing y estructura.

Principales cláusulas del pacto PE-specific y su impacto económico

El pacto de socios en una operación de PE tiene términos específicos que no aparecen en los pactos entre fundadores. Estas son las más relevantes y su impacto real:

Preferencia de liquidación La preferencia de liquidación es el derecho del fondo a recuperar su inversión (y en muchos casos un retorno mínimo sobre ella) antes de que los demás socios reciban ningún importe en una distribución de liquidez (venta de la empresa, dividendo extraordinario, IPO). La preferencia puede ser no participativa (el fondo recupera su preferencia y el resto se reparte pro rata) o participativa (el fondo recupera su preferencia y además participa en el reparto restante). Una preferencia participativa de 1x con inversión de 20M€ en una empresa valorada en 50M€ en la salida supone que los demás socios solo reciben 30M€, independientemente de su participación nominal.

Anti-dilución y ratchet Los mecanismos anti-dilución protegen al fondo ante rondas posteriores de financiación a valoración inferior a la de entrada (down rounds). El mecanismo broad-based weighted average ajusta la relación de conversión de las participaciones del fondo de forma moderada; el full ratchet ajusta la relación de conversión al precio de la ronda inferior, con impacto potencialmente muy severo sobre la dilución del management y los fundadores.

Management equity plan y condiciones de vesting Las participaciones del management en el equity plan tienen condiciones de permanencia (vesting temporal) y de comportamiento (buena salida vs. mala salida — good/bad leaver). Un «bad leaver» (directivo que abandona sin causa justificada, que es despedido por causa grave, o que viola los compromisos de no competencia) pierde total o parcialmente sus participaciones al precio de adquisición, sin acceso a la plusvalía. La definición precisa de qué constituye un bad leaver es crítica para el equipo directivo.

Errores frecuentes en operaciones de private equity

  1. Negociar las preferencias de liquidación sin análisis de escenarios: Una preferencia de liquidación que parece razonable en el escenario optimista puede ser muy onerosa en el escenario base. El análisis de qué recibe el management en escenarios del 0,5x, 1x, 1,5x y 2x la inversión del fondo es el punto de partida de cualquier negociación seria de las condiciones de liquidación.

  2. Management carve-out mal estructurado fiscalmente: El carve-out del management puede tributar como rendimiento del trabajo (tipos del 45-47%) o como ganancia patrimonial (tipos del 19-28%) dependiendo de cómo esté estructurado. La diferencia fiscal puede ser de decenas de puntos porcentuales sobre el importe recibido. La estructuración correcta requiere asesoramiento fiscal especializado desde el diseño del plan, no en el momento de la salida.

  3. Due diligence de gobierno ignorada en la preparación: Los fondos realizan una due diligence de gobierno exhaustiva: calidad del reporting financiero, independencia real del consejo, contratos con directivos, compromisos de retribución variable no formalizados. Las sorpresas en esta área se traducen en condiciones más onerosas en el pacto (más información rights, más derechos de veto) o en descuentos de valoración.

  4. Drag-along sin precio mínimo: Un drag-along sin precio mínimo o con un precio mínimo muy bajo puede obligar al management y a los fundadores a vender sus participaciones a un precio que no recupera su inversión, si el fondo recibe una oferta que cubre su preferencia de liquidación pero no el precio pagado por el management en el MBO. El precio mínimo del drag-along debe estar calibrado para proteger la co-inversión del management en todos los escenarios.

  5. No planificar la salida desde el día uno: Los fondos de PE tienen una lógica de salida integrada en su modelo de inversión. Los empresarios y equipos directivos que no empiezan a pensar en la salida desde el primer año de participación del fondo se encuentran desprevenidos cuando el fondo empieza a prepararla en el año tres o cuatro. La estrategia de salida debe ser un elemento explícito del pacto de socios y del plan de negocio compartido.

Fuentes y Marco Normativo

La experiencia que nos respalda

Cuando el fondo llegó con su propuesta, su pacto de socios era de 60 páginas y su equipo de M&A llevaba semanas trabajando en las condiciones. Nosotros teníamos 48 horas para responder. BMC analizó cada cláusula, nos explicó el impacto económico real de la preferencia de liquidación participativa que proponían y negoció un management carve-out que el fondo inicialmente no contemplaba. El acuerdo final fue radicalmente distinto del punto de partida y mucho más favorable para el equipo directivo.

Grupo Herrero Logística, S.L.
CEO

Equipo con experiencia local y visión internacional

Entregables concretos

Preparación del equity story y posicionamiento PE

Elaboración del narrative de inversión: tesis de crecimiento, métricas normalizadas (EBITDA ajustado, working capital estructural, deuda neta), posicionamiento competitivo y hoja de ruta estratégica para el período de inversión.

Coordinación de due diligence vendor-side

Preparación del vendor due diligence (VDD) financiero, fiscal y legal para anticipar los hallazgos del fondo, reducir el riesgo de retasación post-DD y acelerar el proceso de cierre.

Negociación del pacto de socios PE-specific

Análisis y negociación de las cláusulas críticas del LPA/SHA: preferencias de liquidación, anti-dilución, drag-along, tag-along, información y control, representación en el consejo y condiciones de salida del management.

Estructuración de MBO y LBO

Diseño de la estructura de adquisición en operaciones donde el equipo directivo co-invierte: vehículo de inversión del management, ratio deuda/equity, condiciones de la deuda senior y mezzanine, y coordinación con los bancos financiadores.

Management equity plan y carve-out

Diseño del plan de incentivos para el equipo directivo: sweet equity, opciones sobre acciones, condiciones de vesting y good/bad leaver, impacto fiscal del carve-out y mecanismo de ejercicio en la salida.

Estrategia y estructuración de la salida

Diseño de la estrategia de salida con 12-18 meses de antelación: análisis de las opciones (IPO, venta estratégica, SBO, recapitalización), preparación del proceso y estructuración fiscal del retorno para el management y los socios fundadores.

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Responsable de este servicio

Elena Ruiz Navarro

Manager - asesoramiento corporativo

MBA, IE Business School Licenciatura en Economía, Universidad Complutense de Madrid

10 años asesorando clientes internacionales

Preguntas frecuentes

Un Management Buyout (MBO) es una operación en la que el equipo directivo de una empresa adquiere el control accionarial de la misma, habitualmente con el apoyo financiero de un fondo de private equity y con financiación bancaria (deuda). El equipo directivo aporta una parte del precio en equity (co-inversión) y el fondo aporta el resto, convirtiéndose en socio mayoritario durante un período de tres a cinco años hasta la salida. El MBO alinea los incentivos del management (que co-invierte) con los del fondo (que busca maximizar el retorno en la salida).
Los fondos de private equity valoran principalmente por múltiplos de EBITDA ajustado (EBITDA LTM o EBITDA normalizado sin elementos no recurrentes) y por DCF. El múltiplo aplicable depende del sector, el tamaño de la empresa, la calidad del equipo directivo, la visibilidad de los ingresos y las perspectivas de crecimiento. Para medianas empresas españolas, el rango habitual oscila entre 5x y 12x EBITDA según el perfil. Los ajustes al EBITDA (addbacks) y la determinación de la deuda neta son los puntos de mayor negociación en el precio.
El management carve-out es el mecanismo por el que el equipo directivo recibe una participación en las plusvalías de la venta (upside) en la salida del fondo, más allá de su porcentaje de co-inversión. Puede estructurarse como un pool de equity adicional (sweet equity), opciones sobre acciones, o participaciones con condiciones de devengo (vesting). Es uno de los elementos más críticos a negociar en la entrada: un carve-out bien diseñado retiene y alinea al equipo directivo durante todo el período de participación del fondo; uno mal diseñado puede no ser ejecutable o diluirse en rondas posteriores.
Las preferencias de liquidación son cláusulas del pacto de socios que garantizan al fondo recuperar su inversión (y en muchos casos, un retorno mínimo) antes de que los demás socios reciban un euro en caso de venta o liquidación. Pueden ser no participativas (el fondo cobra su preferencia y el resto se reparte entre todos según participación), participativas (el fondo cobra su preferencia y además participa en el resto del reparto), o con multiplicador (el fondo tiene derecho a recuperar 1.5x o 2x su inversión antes de cualquier distribución). Una preferencia de liquidación excesiva puede hacer que el empresario no reciba nada en una salida a precio razonable.
El drag-along (derecho de arrastre) en un pacto de socios PE es el mecanismo por el que el fondo, como socio mayoritario, puede forzar a los socios minoritarios (habitualmente el management y los socios fundadores) a vender sus participaciones en las mismas condiciones cuando el fondo recibe una oferta de adquisición de la totalidad de la empresa. Sin cláusula drag-along, un socio minoritario podría bloquear la salida del fondo. Su diseño (umbral de activación, precio mínimo, plazos) es crítico para proteger los intereses del management.
El horizonte típico de inversión de un fondo de private equity es de tres a siete años, con un promedio en torno a los cinco años en el mercado español e ibérico. Los fondos tienen limitaciones de tiempo derivadas de su propio ciclo de vida (levantamiento del fondo, período de inversión, período de desinversión y retorno a los LP). Esto significa que a partir del tercer o cuarto año de participación, el fondo empieza a preparar activamente la salida, lo que debe ser parte de la estrategia desde el principio.
Un secondary buyout es una operación en la que una empresa en cartera de un fondo de private equity es vendida a otro fondo de private equity. Es una modalidad de salida cada vez más frecuente en el mercado español: el primer fondo obtiene su retorno, y la empresa sigue su trayectoria de crecimiento con un nuevo socio financiero que tiene un horizonte de inversión renovado. Para el management, un SBO puede ser una oportunidad de renegociar el carve-out y las condiciones de gobierno.
La Ley 22/2014, de entidades de capital-riesgo (ECR) y otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado (EICC), es la norma española que regula la creación, autorización, actividad y supervisión de los fondos de private equity (llamados ECR en la terminología española), las EICC y sus gestoras. Establece los requisitos de autorización ante la CNMV, las obligaciones de reporting, los límites de inversión y las condiciones de los inversores admisibles (cualificados o profesionales). Los fondos de PE que invierten en España o que se constituyen bajo derecho español quedan sujetos a esta ley y, en lo que aplica, al reglamento europeo AIMFD.
Un fondo de private equity es la opción más adecuada cuando el empresario quiere mantener el control operativo durante el período de crecimiento, no quiere compartir información sensible con un competidor, busca un socio que añada valor en gobierno y procesos (no en producto o clientes), y planea una salida en un horizonte de cinco a siete años maximizando el valor total. Un socio estratégico (industrial) puede ser preferible cuando las sinergias operativas son el principal generador de valor, cuando el empresario busca retirarse o cuando la empresa necesita acceso a redes comerciales o tecnología específica.
El asesor financiero del vendedor o del management en una operación de PE actúa como contraparte especializada del equipo del fondo. Sus funciones incluyen: preparación del equity story y el IM, organización del proceso competitivo si hay múltiples fondos interesados, coordinación de la due diligence vendor-side, negociación de las condiciones del pacto de socios (LPA/SHA), análisis del impacto económico de cada cláusula, asesoramiento sobre la estructura fiscal óptima y representación de los intereses del cliente en cada ronda de negociación hasta el cierre.
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