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Reporte CSRD: Cumpla la Obligación de Sostenibilidad a Tiempo

Asesoramiento para el cumplimiento de la CSRD y los estándares ESRS: doble materialidad, informes de sostenibilidad y aseguramiento limitado.

Por qué los informes bajo ESRS exigen mucho más que un informe ESG voluntario

2026
Ejercicio fiscal del que informa la mayoría de grandes empresas españolas
12
Estándares ESRS temáticos que pueden ser aplicables
50+
Empresas acompañadas en su primer informe CSRD/ESRS
4.8/5 en Google · 50+ reseñas 25+ años de experiencia 5 oficinas en España 500+ clientes
Fecha límite 1 de enero de 2026

CSRD cotizadas PYME

Las PYME cotizadas en mercados regulados deben publicar su primer informe de sostenibilidad

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Aplica esto a tu empresa?

¿Ha determinado si su empresa entra en el ámbito de aplicación de la CSRD y en que ejercicio?

¿Ha realizado ya la evaluación de doble materialidad que define que debe reportar?

¿Sus sistemas internos son capaces de recopilar los datos requeridos por los ESRS aplicables?

¿Sus auditores externos están preparados para realizar el aseguramiento limitado del informe de sostenibilidad?

0 respondidas de 4 preguntas

Cómo estructuramos su proceso de cumplimiento CSRD/ESRS

01

Evaluación de doble materialidad

Identificamos los asuntos de sostenibilidad materiales para su empresa desde una doble perspectiva: impacto de la empresa sobre el medioambiente y la sociedad (materialidad de impacto), y efecto de los factores de sostenibilidad sobre la situación financiera de la empresa (materialidad financiera).

02

Diseño del sistema de reporte

Diseñamos el marco de reporte conforme a los estándares ESRS aplicables: estructura del informe, indicadores clave, políticas y objetivos requeridos, y procesos de recopilación de datos de la cadena de valor.

03

Recopilación y verificación de datos

Apoyamos la implementación de los procesos de recogida de datos de sostenibilidad, su verificación interna y la documentación necesaria para el aseguramiento limitado por parte del auditor externo.

04

Publicación y mejora continua

Coordinamos la publicación del informe en el formato exigido (informe de gestión), gestionamos el proceso de aseguramiento limitado y establecemos el ciclo de mejora continua para ejercicios siguientes.

El desafio

La Directiva CSRD (Corporate Sustainability Reporting Directive) ha transformado la información no financiera de una práctica voluntaria en una obligación legal con calendario de transposicion ya en marcha en España. Las empresas afectadas no solo deben publicar un informe de sostenibilidad conforme a los estándares ESRS, sino someterlo a aseguramiento limitado externo. La evaluación de doble materialidad, la trazabilidad de la cadena de valor y la integración con la información financiera son retos que muchas organizaciones subestiman hasta que el plazo está encima.

Nuestra solución

Acompañamos a empresas en el cumplimiento de la CSRD desde la evaluación de doble materialidad hasta la publicación del informe conforme a ESRS. Nuestro equipo combina conocimiento técnico de los estándares con experiencia en los sectores afectados, y trabaja en coordinación con los auditores externos para facilitar el aseguramiento limitado del informe.

La CSRD (Corporate Sustainability Reporting Directive, Directiva 2022/2464/UE), transpuesta en España mediante el Real Decreto-ley 5/2024, obliga a las empresas afectadas a publicar un informe de sostenibilidad como parte de su informe de gestión anual, elaborado conforme a los estándares ESRS (European Sustainability Reporting Standards) y sometido a aseguramiento limitado externo por un auditor o verificador habilitado. La norma aplica en tres oleadas: desde el ejercicio 2024 para las entidades de interés público con más de 500 empleados, desde el ejercicio 2025 para las grandes empresas que superen dos de tres umbrales (250 empleados, 50 M€ de facturación o 25 M€ de balance), y desde el ejercicio 2026 para las pymes cotizadas en mercados regulados. El punto de partida obligatorio es la evaluación de doble materialidad, que determina qué asuntos de sostenibilidad deben reportarse desde la perspectiva de impacto de la empresa sobre el medioambiente y la sociedad, y desde la perspectiva financiera de los riesgos ESG sobre el negocio.

Por qué los informes bajo ESRS exigen mucho más que un informe ESG voluntario

Las grandes empresas españolas que entran en el ámbito de aplicación de la CSRD para el ejercicio 2025 tienen que publicar su primer informe de sostenibilidad conforme a los estándares ESRS a lo largo de 2026. Muchas subestiman el volumen de trabajo que esto implica: la evaluación de doble materialidad es un proceso metodológico riguroso que puede llevar tres o cuatro meses si se hace bien; los ESRS exigen indicadores específicos que requieren sistemas de recogida de datos que no existen en la mayoría de las empresas; y el aseguramiento limitado por un auditor externo requiere evidencia documentada de cada dato reportado, algo que no se puede preparar en semanas. Las empresas que empiezan el proceso en el último trimestre del año anterior al de publicación llegan al aseguramiento con brechas importantes que generan observaciones y deterioran la calidad del primer informe.

Cómo estructuramos su proceso de cumplimiento CSRD/ESRS

Nuestros especialistas en CSRD acompañan a las empresas desde el primer paso hasta la publicación. Comenzamos con la evaluación de doble materialidad: un proceso metodológico que identifica, mediante encuestas a stakeholders internos y externos y análisis de impacto financiero, los asuntos de sostenibilidad materiales bajo las dos dimensiones que exige la norma. Con esa base, realizamos el gap analysis frente a los ESRS aplicables: que información ya existe en la empresa, que datos deben recogerse de nuevos y que procesos internos deben crearse. Diseñamos el sistema de reporte, apoyamos la implementación de los procesos de recogida de datos y coordinamos con los auditores externos para anticipar y resolver las observaciones del aseguramiento antes de que bloqueen la publicación.

Contexto regulatorio

La CSRD (Directiva 2022/2464/UE) fue transpuesta en España mediante el Real Decreto-ley 5/2024. Aplica en tres oleadas: en 2025 (informe de ejercicio 2024) a entidades de interés público con más de 500 empleados; en 2026 (ejercicio 2025) a grandes empresas que superen dos de estos tres criterios: más de 250 empleados, facturación superior a 50 millones de euros, o balance superior a 25 millones. Las pymes cotizadas entran en 2027 con estándares simplificados (ESRS VSME). Los 12 estándares ESRS temáticos (E1-E5, S1-S4, G1) más los dos transversales (ESRS 1 y 2) definen el contenido del informe. El aseguramiento limitado es obligatorio desde el primer año, con evolución hacia aseguramiento razonable en el futuro. El incumplimiento de la obligación de reporte puede derivar en sanciones por infracción de la normativa contable y mercantil.

Resultados reales en informes bajo ESRS para grandes empresas

  • Evaluación de doble materialidad completada en 8-12 semanas, con documentación metodológica auditeable por el verificador externo.
  • Gap analysis ESRS con mapa de brechas priorizadas y plan de acción con responsables y calendario realista.
  • Sistema de reporte implementado: indicadores, procesos de recogida de datos, controles internos y plantillas de documentación de soporte.
  • Primer informe CSRD/ESRS publicado en plazo, con aseguramiento limitado completado sin observaciones materiales.
  • Equipo interno formado para gestionar el ciclo de reporte de forma autónoma en ejercicios siguientes, reduciendo la dependencia de consultoría externa.

La Directiva CSRD representa el cambio más profundo en la información empresarial desde la generalizacion de la contabilidad financiera auditada. Por primera vez, la información de sostenibilidad —medioambiental, social y de gobernanza— tiene el mismo nivel de rigor, estandarizacion y verificación externa que la información financiera. Las empresas que se acerquen a este nuevo marco con la actitud de hacer un informe ESG mejorado se encontraran frente a requisitos que van muy por encima de lo que cualquier práctica voluntaria previa les haya exigido.

El punto de partida obligatorio es la evaluación de doble materialidad. No es posible diseñar un informe CSRD conforme a los ESRS sin haber determinado primero que asuntos de sostenibilidad son materiales para la empresa, desde dos angulos complementarios: que impactos genera la empresa sobre el medioambiente y la sociedad (materialidad de impacto), y que factores de sostenibilidad externos generan riesgos u oportunidades financieras para la empresa (materialidad financiera). Solo los asuntos materiales bajo al menos una de estas dimensiones activan los requisitos de reporte del ESRS correspondiente. Una evaluación bien realizada no solo cumple con la norma: es una radiografia de los riesgos y oportunidades ESG de la empresa que informa las decisiones estratégicas.

La exigencia de aseguramiento limitado externo es el cambio que más subestiman las empresas que se aproximan a la CSRD por primera vez. A diferencia de un informe de sostenibilidad voluntario, el informe CSRD debe estar soportado por evidencia documentada, políticas formalmente adoptadas y procesos de control interno auditables. Los auditores que realizan el aseguramiento emiten su opinion sobre si el informe contiene errores materiales; para ello necesitan acceso a la documentación de soporte de cada dato reportado. Preparar esa documentación retroactivamente, una vez iniciado el proceso de aseguramiento, es costoso y genera observaciones que deterioran la calidad del primer informe.

La CSRD es también una transformación de la información disponible para los mercados de capitales y para las entidades financieras. Los inversores institucionales y los bancos que aplican criterios ESG en sus decisiones de inversión y crédito utilizaran esta información estandarizada para comparar empresas con una precisión que los reportes voluntarios nunca permitieron. Para las empresas que contemplen una salida a bolsa o la entrada de capital privado, la calidad del primer informe CSRD se convierte en un activo reputacional y financiero de primer orden. La estrategia ESG que respalda ese informe debe ser coherente con el modelo de negocio y resistir el escrutinio de analistas y activistas de sostenibilidad. El gobierno corporativo sólido es, además, el pilar G de los ESRS: sin una estructura de gobierno documentada, el informe CSRD quedará incompleto.

Los informes bajo ESRS también introducen un nuevo vector de riesgo legal y compliance penal: la presentación de información de sostenibilidad inexacta o fraudulenta puede generar responsabilidad por falsedad documental. Para empresas con modelo de compliance penal vigente, este vector debe incorporarse en la actualización 2026 del mapa de riesgos penales.

Proceso operativo de elaboración del informe CSRD/ESRS: fases y entregables BMC

Acompañamos el proceso completo de elaboración del primer informe de sostenibilidad conforme a la CSRD, desde el arranque hasta la publicación y el aseguramiento limitado. El proceso típico para una gran empresa española con primer reporte en el ejercicio 2025 dura entre ocho y doce meses:

Fase 1: Evaluación de doble materialidad (meses 1-3) Identificamos el universo completo de posibles asuntos de sostenibilidad usando los ESRS como referencia, evaluamos su relevancia para la empresa desde la perspectiva de impacto (efectos sobre medioambiente y personas) y desde la perspectiva financiera (riesgos y oportunidades ESG sobre la posición y el desempeño financiero), y realizamos el proceso de consulta con stakeholders internos (dirección general, finanzas, operaciones, RRHH, legal) y externos (clientes clave, proveedores críticos, representantes sindicales si aplica). El resultado es la lista de asuntos materiales que activan los requisitos de reporte de los ESRS correspondientes. Entregable: informe de doble materialidad con documentación metodológica auditeable y mapa de asuntos materiales priorizados.

Fase 2: Gap analysis y plan de implementación (mes 2-4) Con la lista de asuntos materiales definida, realizamos el análisis de brechas: para cada ESRS aplicable, identificamos qué información ya existe en la empresa, qué datos deben recogerse de nuevas fuentes, qué políticas formales deben adoptarse y qué procesos internos deben crearse. El plan de implementación establece las acciones por responsable, con plazos realistas para el calendario de publicación. Entregable: gap analysis detallado por ESRS + plan de implementación con hitos y responsables.

Fase 3: Implantación de sistemas de recogida de datos (meses 3-7) Diseñamos e implementamos los procesos y herramientas para recoger los datos cuantitativos y cualitativos requeridos por los ESRS aplicables: emisiones de GEI (integración con el cálculo de huella de carbono), datos de empleo y RRHH, métricas de salud y seguridad, datos de cadena de suministro, métricas de gobierno corporativo. Establecemos los controles internos sobre la información de sostenibilidad que el verificador revisará. Entregable: manual de recogida de datos ESG + controles internos documentados.

Fase 4: Elaboración del informe (meses 6-10) Redactamos el informe de sostenibilidad conforme a la estructura y los requisitos de contenido de los ESRS aplicables: base para la elaboración (ESRS 1), información general (ESRS 2), y los estándares temáticos materiales identificados (E1-E5, S1-S4, G1). El informe debe integrarse como sección del informe de gestión anual y estar elaborado en formato XBRL/iXBRL para cotizadas. Entregable: borrador completo del informe de sostenibilidad conforme a ESRS, con notas metodológicas y referencias a la documentación de soporte.

Fase 5: Coordinación del aseguramiento limitado (meses 9-12) Preparamos la documentación de soporte de cada dato reportado (evidencias primarias, cálculos, políticas formales adoptadas, actas de aprobación por el consejo), coordinamos con el auditor o verificador externo habilitado para el proceso de aseguramiento limitado, y gestionamos las observaciones del verificador para su resolución antes de la publicación. Entregable: informe de sostenibilidad publicado con carta de conclusiones del aseguramiento limitado.

Los estándares ESRS y qué exige cada uno

Los European Sustainability Reporting Standards (ESRS) se organizan en dos estándares transversales y doce temáticos. La aplicación de cada estándar temático depende de los resultados de la evaluación de doble materialidad:

ESRS 1 y ESRS 2 (transversales): De aplicación general para todas las empresas en el ámbito CSRD, con independencia de la materialidad. El ESRS 1 establece los principios generales de elaboración del informe (doble materialidad, límites de presentación, política de agrupación y omisiones). El ESRS 2 exige información sobre gobernanza (rol del consejo en sostenibilidad, responsabilidades de gestión ESG), estrategia (modelo de negocio y cadena de valor, riesgos y oportunidades materiales), y gestión de impactos (políticas, metas y acciones por asunto material).

ESRS E1 (Cambio climático): Para la mayoría de empresas, el asunto más frecuentemente material. Exige el inventario de emisiones GEI de alcance 1, 2 y 3, el análisis de riesgos físicos y de transición climática, los objetivos de reducción de emisiones, y el plan de transición climática. Se articula en estrecha relación con el cálculo de huella de carbono.

ESRS E2-E5 (Contaminación, Agua, Biodiversidad, Economía circular): Materiales para empresas con impactos relevantes sobre estos factores. La mayoría de empresas de servicios no tendrán estos estándares como materiales, pero las empresas industriales, logísticas o con uso intensivo de recursos naturales sí deberán reportarlos.

ESRS S1 (Propia fuerza de trabajo): Frecuentemente material para cualquier empresa con empleados. Exige información sobre empleo, condiciones laborales, salud y seguridad, diversidad e igualdad, y formación. Muchos de los datos requeridos (bajas por accidente, brecha salarial de género, tasas de formación) no están disponibles en los sistemas RRHH tradicionales.

ESRS S2-S4 (Cadena de valor, Comunidades, Consumidores): Materiales según el modelo de negocio. S2 (trabajadores de la cadena de valor) es especialmente relevante para empresas con proveedores en países con menor protección laboral.

ESRS G1 (Conducta empresarial): Incluye anticorrupción, protección de denunciantes, gestión de relaciones con proveedores y cumplimiento normativo. De aplicación general prácticamente para todas las empresas, ya que la conducta empresarial responsable es material para cualquier organización.

Errores frecuentes en el primer reporte CSRD/ESRS

  1. Iniciar el proceso demasiado tarde: Las empresas que comienzan la evaluación de doble materialidad en el cuarto trimestre del ejercicio que deben reportar tienen entre cuatro y seis meses para hacer un trabajo que requiere ocho o doce. El resultado es una evaluación de materialidad superficial, un gap analysis incompleto y un informe con brechas que el verificador convierte en observaciones.

  2. Materialidad de impacto sin participación real de stakeholders: La CSRD exige que la evaluación de doble materialidad incorpore perspectivas de los grupos de interés. Un proceso realizado solo por el departamento de sostenibilidad sin consultas a empleados, clientes, proveedores y comunidades locales no cumple con el espíritu ni con la letra de los ESRS y es fácilmente cuestionable por el verificador.

  3. Datos de S1 (empleados) no disponibles en los sistemas existentes: La brecha salarial de género, los accidentes de trabajo por tipo, las horas de formación por categoría profesional o los datos de diversidad en puestos directivos son métricas que raramente están disponibles en los sistemas de nóminas y RRHH. Sin un proceso de extracción o mejora de los sistemas, el primer informe tendrá que reportar estas métricas como «no disponibles», lo que deteriora la calidad del informe.

  4. Informe CSRD desconectado del informe anual financiero: La CSRD exige que el informe de sostenibilidad forme parte del informe de gestión anual y sea coherente con la información financiera. Las empresas que elaboran el informe ESG en paralelo al informe anual, sin coordinación con el equipo de contabilidad y control de gestión, producen informes con inconsistencias entre las cifras financieras y los datos de sostenibilidad.

  5. Aseguramiento solicitado al auditor sin preparación previa: El proceso de aseguramiento limitado requiere evidencia documentada de cada dato reportado. Si la empresa llama al auditor cuando el informe ya está redactado pero sin documentación de soporte, el aseguramiento se convierte en un proceso de corrección de brechas bajo presión temporal que genera observaciones evitables.

Fuentes y Marco Normativo CSRD/ESRS

Resultados reales en informes bajo ESRS para grandes empresas

Eramos una empresa obligada desde el primer año de aplicación y el nivel de exigencia técnica de los ESRS nos desbordo internamente. BMC nos guio en la evaluación de doble materialidad, diseño el sistema de reporte y coordino todo el proceso de aseguramiento con nuestro auditor. Publicamos en plazo con total confianza.

Grupo Logístico Meridional, S.A.
Directora de Sostenibilidad

Equipo con experiencia local y visión internacional

Qué incluye nuestro servicio de reporte CSRD y ESRS

Evaluación de doble materialidad

Proceso metodológico de identificación y priorización de asuntos de sostenibilidad materiales bajo las dimensiones de impacto y financiera, con participación de stakeholders.

Gap analysis ESRS

Comparación entre los datos e información disponibles en la empresa y los requisitos de los ESRS aplicables, con identificación de brechas y plan de acción.

Diseño e implementación del sistema de reporte

Estructura del informe, indicadores, procesos de recogida de datos de la cadena de valor y controles internos sobre la información de sostenibilidad.

Coordinación con auditores para aseguramiento limitado

Preparación de la documentación de soporte, gestión del proceso de aseguramiento y resolución de las observaciones del auditor verificador.

Integración con estrategia ESG y reporte de taxonomia

Alineación del informe CSRD con la estrategia ESG de la empresa y cálculo de los indicadores de alineación con la Taxonomia de la UE.

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Responsable de este servicio

Manuel Jimenez

Fundador y Director General

Miembro de la Cámara de Comercio Alemana para España (AHK) Estudios en Economía, Universität zu Köln Estudios en Economía, CUNEF Madrid

20 años asesorando clientes internacionales

Preguntas frecuentes sobre CSRD, ESRS y doble materialidad

La CSRD se aplica en tres oleadas: en 2025 (informe del ejercicio 2024) a empresas ya sujetas a la NFRD --entidades de interés público con más de 500 empleados--; en 2026 (ejercicio 2025) a grandes empresas que superen dos de estos tres criterios: más de 250 empleados, más de 50M de facturación, más de 25M de balance; y a partir de 2027 (ejercicio 2026) a pymes cotizadas. Las empresas no europeas con facturación en la UE superior a 150M de euros también quedan sujetas desde 2029.
Los estándares ESRS (European Sustainability Reporting Standards) son los estándares técnicos que regulan el contenido, la estructura y los requisitos de los informes de sostenibilidad bajo la CSRD. Se organizan en estándares transversales (ESRS 1 y ESRS 2, de aplicación general) y estándares temáticos: medioambientales (E1-E5, incluyendo cambio climatico, biodiversidad y contaminación), sociales (S1-S4, incluyendo empleados, cadena de suministro y comunidades) y de gobernanza (G1). La aplicación de cada estándar temático depende de los resultados de la evaluación de doble materialidad.
La doble materialidad combina la materialidad de impacto (efectos de la empresa sobre personas y medioambiente) y la materialidad financiera (efectos de los factores ESG sobre la situación financiera de la empresa). Es el filtro que determina que información debe incluirse en el informe: solo los asuntos que resulten materiales bajo cualquiera de las dos dimensiones deben ser reportados. Una evaluación de doble materialidad bien realizada es, además, una herramienta de gestión estratégica que identifica riesgos y oportunidades ESG para la empresa.
La CSRD exige que el informe de sostenibilidad sea objeto de aseguramiento limitado (limited assurance) por parte de un auditor o verificador externo habilitado. Esto implica que la empresa debe contar con evidencia documentada de los datos reportados, políticas formalmente adoptadas y procesos de control interno sobre la información de sostenibilidad. Es una exigencia significativamente mayor que la mera publicación voluntaria de información ESG y requiere preparación previa.
El Reglamento de Taxonomia de la UE establece que actividades económicas pueden calificarse como medioambientalmente sostenibles. Bajo la CSRD, las empresas deben reportar la alineación de sus actividades con la taxonomia --el porcentaje de facturación, inversión y gasto operativo alineado--. Estos datos deben ser coherentes con la información financiera y son cada vez más utilizados por inversores y entidades financieras para tomar decisiones de financiación.
La CSRD exige a las empresas obligadas reportar información de su cadena de valor: proveedores, clientes y otras partes vinculadas. Esto significa que pymes y empresas no directamente sujetas a la CSRD pueden verse obligadas a proporcionar datos de sostenibilidad a sus clientes grandes. La preparación anticipada de esta información es una ventaja competitiva relevante en los procesos de homologación de proveedores.
La diferencia es sustancial. Los reportes ESG voluntarios se diseñan con libertad: la empresa elige que informar, en que formato y con que nivel de detalle. El informe bajo CSRD debe seguir exactamente los estándares ESRS, incluir los datos específicamente requeridos, formalizarse como parte del informe de gestión y someterse a aseguramiento externo. El nivel de rigor y documentación es incomparablemente mayor.
Sí. Muchas empresas llegan con un proceso ya iniciado --una evaluación de materialidad parcial, un primer borrador de estructura del informe-- pero encuentran brechas técnicas importantes frente a los requisitos ESRS. Realizamos una auditoría de situación, identificamos las brechas y completamos el proceso para garantizar que el informe sea defendible ante los auditores y ante la autoridad supervisora.
Los informes bajo ESRS son los informes de sostenibilidad elaborados conforme a los European Sustainability Reporting Standards, que son el estándar técnico obligatorio exigido por la CSRD. Decir 'informe CSRD' y 'informe bajo ESRS' es equivalente: la CSRD es la directiva que establece la obligación, y los ESRS son el cuerpo técnico que define el contenido. Todo informe de sostenibilidad que deba cumplir la CSRD debe elaborarse bajo ESRS --no existe una alternativa normativa válida para las empresas europeas obligadas.
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