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Glosario empresarial

Filial vs sucursal en España

Al establecerse en España, una empresa extranjera puede elegir entre constituir una filial (sociedad con personalidad jurídica propia, habitualmente una SL o SA) o abrir una sucursal (establecimiento permanente sin personalidad jurídica independiente, que es una extensión de la empresa matriz). La elección tiene implicaciones fiscales, legales, de responsabilidad y operativas muy diferentes.

Internacional

Las dos opciones de implantación: filial y sucursal

Cuando una empresa extranjera decide establecer una presencia estable en España, tiene esencialmente dos opciones jurídicas principales:

  • Filial: una nueva sociedad española (habitualmente SL o SA) participada total o parcialmente por la empresa extranjera
  • Sucursal: un establecimiento permanente registrado en España como extensión de la empresa extranjera, sin personalidad jurídica propia

La elección entre ambas estructuras tiene implicaciones prácticas muy relevantes en cuatro dimensiones: responsabilidad legal, fiscalidad, imagen frente a terceros y flexibilidad operativa.

La filial: sociedad con personalidad jurídica propia

Características principales

Una filial es una sociedad mercantil española completamente independiente desde el punto de vista legal. La forma más habitual es la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL/SL), aunque también puede ser una Sociedad Anónima (SA) o cualquier otra forma societaria española.

La filial:

  • Tiene su propio CIF español y su propia personalidad jurídica
  • Opera en su propio nombre, no en nombre de la matriz
  • Tiene su propia contabilidad, obligaciones fiscales y laborales en España
  • Responde de sus deudas únicamente con su propio patrimonio
  • La matriz responde solo hasta el importe de su participación en el capital

Tributación de la filial

La filial tributa por el Impuesto sobre Sociedades como cualquier empresa española: sobre sus beneficios mundiales, al tipo general del 25%.

La distribución de dividendos de la filial a la matriz extranjera genera retención en España. El tipo general de retención sobre dividendos es del 19%, pero los convenios de doble imposición habitualmente reducen este tipo al 5%-15%. Cuando la matriz reside en un país de la UE/EEE y cumple los requisitos de la Directiva Matriz-Filial, los dividendos pueden quedar exentos de retención en España.

Ventajas de la filial

  • Responsabilidad limitada de la empresa matriz
  • Mayor credibilidad e imagen local (es una empresa española)
  • Independencia operativa y financiera
  • Facilita la gestión de la tesorería local
  • Estructura más habitual para operaciones de largo plazo y de cierta envergadura

La sucursal: establecimiento permanente sin personalidad jurídica

Características principales

La sucursal es una extensión de la empresa extranjera en España. No tiene personalidad jurídica propia: es la misma empresa extranjera operando en España bajo una denominación registrada y con una dirección local.

La sucursal:

  • No tiene su propio CIF como entidad separada, sino que identifica a la empresa extranjera con un NIF de no residente
  • Opera en nombre de la empresa matriz
  • La empresa matriz responde ilimitadamente de todas las obligaciones y deudas de la sucursal
  • Debe llevar contabilidad específica de la actividad española

Tributación de la sucursal

La sucursal tributa en España como establecimiento permanente mediante el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR). Tributa sobre los beneficios atribuibles a la actividad en España, al tipo del 25% (igual que el IS).

La diferencia fiscal más relevante es el impuesto de repatriación (branch tax o withholding on branch profits): cuando la sucursal transfiere beneficios a la casa matriz, se aplica una retención adicional del 19%. Este impuesto no existe en las filiales que distribuyen dividendos a matrices de la UE/EEE bajo la Directiva Matriz-Filial.

Ventajas de la sucursal

  • Menores costes y trámites de constitución (sin capital mínimo)
  • Las pérdidas iniciales pueden compensarse con beneficios de la matriz (en algunos regímenes tributarios extranjeros)
  • Adecuada para operaciones de duración limitada o en fase de exploración del mercado
  • El cliente contrata directamente con la empresa matriz (útil cuando la reputación internacional de la matriz es un activo comercial)

Tabla comparativa

CaracterísticaFilialSucursal
Personalidad jurídicaPropia (sociedad española)No (extensión de la matriz)
ResponsabilidadLimitada al capitalIlimitada (responde la matriz)
Capital mínimo3.000 € (SL) / 60.000 € (SA)No requerido
Tributación en EspañaImpuesto de Sociedades (25%)IRNR como EP (25%)
Impuesto de repatriaciónNo (si aplica D. Matriz-Filial)19% sobre beneficios transferidos
Imagen frente a clientesSociedad españolaEmpresa extranjera con presencia local
Complejidad de constituciónMayorMenor
Cierre o liquidaciónProceso de disolución societariaCierre del EP (más ágil)

Otras formas de presencia en España

Además de filial y sucursal, una empresa extranjera puede operar en España mediante:

  • Agente o representante independiente: no genera EP si actúa de forma verdaderamente independiente
  • Contrato de distribución: con un distribuidor español que compra y revende los productos en su propio nombre
  • Joint venture o UTE: acuerdo de colaboración con una empresa española para un proyecto específico
  • Oficina de representación: presencia de baja intensidad para actividades preparatorias o auxiliares (no genera EP pero también tiene limitaciones de actividad)

La elección de la estructura más adecuada debe considerar el volumen de negocio esperado, el plazo de la operación, la normativa sectorial aplicable, los convenios de doble imposición aplicables y los objetivos de imagen y relación con terceros.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la principal diferencia legal entre filial y sucursal?
La filial es una sociedad independiente con personalidad jurídica propia: tiene su propio CIF, su propio patrimonio y responde de sus deudas con sus propios activos. La responsabilidad de la empresa matriz está limitada a su participación en el capital. La sucursal no tiene personalidad jurídica separada: es una extensión de la empresa matriz, que responde ilimitadamente de las deudas de la sucursal con todo su patrimonio.
¿Qué estructura tiene más costes de constitución?
La sucursal generalmente tiene menores costes de constitución: se inscribe en el Registro Mercantil mediante escritura pública de apertura, sin capital mínimo. La filial requiere los trámites habituales de constitución de una SA o SL en España (capital mínimo de 3.000 € para SL o 60.000 € para SA, escritura ante notario, inscripción registral, obtención de CIF, etc.). Sin embargo, los costes de mantenimiento anual pueden ser similares.
¿Cómo tributa una sucursal de empresa extranjera en España?
La sucursal tributa como establecimiento permanente en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), pagando el 25% sobre los beneficios atribuibles a la sucursal en España. Adicionalmente, cuando se transfieren beneficios a la casa matriz, se aplica una retención del 19% (impuesto de repatriación o branch tax), salvo que aplique la exención por Directiva Matriz-Filial o por convenio de doble imposición.
¿En qué casos conviene la sucursal frente a la filial?
La sucursal puede ser más ventajosa en las fases iniciales de implantación cuando se esperan pérdidas en los primeros años (las pérdidas de la sucursal pueden compensarse con beneficios de la matriz en el país de origen, si la legislación de ese país lo permite). También cuando la empresa necesita presentarse ante clientes como la propia entidad matriz (por razones de imagen o por requisitos contractuales) o para operaciones de duración limitada.
¿Pueden los empleados de una sucursal estar en el régimen general de la Seguridad Social española?
Sí. Tanto la sucursal como la filial deben inscribirse como empleadores en la Seguridad Social española si contratan trabajadores en España. Los empleados trabajan bajo legislación laboral española con independencia de que su empleador sea la filial o la sucursal. La única diferencia es que el empleador formal en el caso de la sucursal es la empresa extranjera (a través de su sucursal), mientras que en la filial es la sociedad española.
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