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Legal Noticia

Nueva definición de PYME: umbrales actualizados

Análisis de BMC: Nueva definición de PYME: umbrales actualizados. Implicaciones, novedades y recomendaciones para empresas.

5 min de lectura

El Reglamento Delegado (UE) 2023/2775 de la Comisión Europea, publicado en diciembre de 2023, actualizó los umbrales cuantitativos para la definición de pequeña y mediana empresa en la UE, con efecto para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2024 en la mayoría de los estados miembros. Esta revisión, la primera en más de veinte años, adapta los umbrales a la inflación acumulada y los cambios estructurales en la economía europea. La última actualización de la definición de PYME a efectos contables se había producido con la Directiva 2013/34/UE, cuya transposición en España se realizó mediante la Ley 22/2015 de Auditoría de Cuentas y la reforma del Código de Comercio.

Nuevos umbrales para pymes

Los nuevos umbrales cuantitativos, que se aplican de forma alternativa para los criterios de balance y cifra de negocios, son los siguientes:

  • Microempresa: menos de 10 trabajadores y balance o cifra de negocios anual que no supere 900.000 euros (anteriormente, el umbral de negocios estaba en 700.000 euros y el de balance en 350.000 euros en España).
  • Pequeña empresa: menos de 50 trabajadores y balance o cifra de negocios que no supere 7,5 millones de euros (anteriormente 10 millones de euros de cifra de negocios y 5 millones de balance en la definición europea armonizada).
  • Mediana empresa: menos de 250 trabajadores y balance que no supere 25 millones o cifra de negocios que no supere 50 millones de euros (anteriormente 20 y 40 millones respectivamente).

El criterio de trabajadores no cambia: sigue siendo el elemento principal y únicamente puede obviarse cuando la empresa cae claramente dentro o fuera de los límites por los criterios financieros. Para mantener o perder la categoría de pyme, la empresa debe cumplir o incumplir los criterios durante dos ejercicios consecutivos, lo que otorga cierta estabilidad y evita oscilaciones por resultados excepcionales de un único año.

Impacto en España: obligaciones y beneficios vinculados al tamaño

En España, la calificación como pyme activa una serie de regímenes normativos con efectos económicos directos. Las principales áreas afectadas son las siguientes:

Impuesto sobre Sociedades. La Ley 27/2014 del IS establece un tipo reducido del 23% para entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del período impositivo anterior sea inferior a un millón de euros —régimen de entidades de reducida dimensión— y beneficios adicionales para pymes. Las empresas que superen los nuevos umbrales pueden perder estos beneficios, mientras que las que los recuperen pueden acceder de nuevo al tipo general del 25% o a tipos inferiores, según su estructura.

Financiación pública. El acceso a líneas de financiación del CDTI, ENISA (cuyos préstamos participativos están reservados a pymes innovadoras según el Reglamento UE 651/2014 de exenciones por categorías), ICO Empresas y fondos estructurales europeos del FEDER y FSE está condicionado, en muchos programas, a la condición de pyme. La actualización de umbrales puede reabrir el acceso a estos instrumentos para empresas que habían superado los límites anteriores.

Auditoría de cuentas. El artículo 263 del Real Decreto Legislativo 1/2010 (Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, LSC) obliga a auditar las cuentas anuales a las sociedades que durante dos ejercicios consecutivos superen al menos dos de los tres límites siguientes: activo total superior a 2,85 millones de euros, cifra anual de negocios superior a 5,7 millones de euros, o número medio de trabajadores superior a 50. Estos umbrales de la LSC, distintos de los europeos pero vinculados normativamente a la evolución de la definición de pyme, deben contrastarse con la actualización del Reglamento Delegado para determinar si se producen cambios en la obligación de auditoría.

Información no financiera. La Ley 11/2018, que transpuso la Directiva 2014/95/UE sobre información no financiera, y la futura transposición de la CSRD (Directiva 2022/2464/UE) amplían progresivamente el universo de empresas obligadas a publicar información de sostenibilidad. Los umbrales de la CSRD están parcialmente alineados con la definición de pyme: para el período 2025-2026, la obligación se extiende a grandes empresas; a partir de 2027 prevé incorporar a pymes cotizadas.

Obligaciones de auditoría y cuentas anuales

La actualización de umbrales puede afectar a la obligación de auditar las cuentas anuales. Las empresas que superen durante dos ejercicios consecutivos dos de los tres límites establecidos en el artículo 263 de la LSC quedan obligadas a someter sus cuentas a auditoría. Las que regresen por debajo de los umbrales —contando ya con la nueva definición europea incorporada al derecho nacional— podrán quedar exoneradas de esa obligación, con el consiguiente ahorro de costes y simplificación administrativa.

Conviene recordar que las cuentas anuales de las empresas que no están obligadas a auditarse pueden ser objeto de auditoría voluntaria, solicitada por la propia empresa o por socios minoritarios que representen al menos el 5% del capital social mediante el mecanismo del artículo 265.2 de la LSC.

Pasos a dar ahora

Las empresas cuyo tamaño se sitúe próximo a los umbrales —tanto las que podrían ganar la categoría de pyme como las que podrían perderla— deben realizar una revisión de posicionamiento a comienzos del ejercicio 2024. Esta revisión debe contemplar:

  1. Verificar cifras de plantilla, cifra de negocios y activo total de los dos últimos ejercicios cerrados.
  2. Determinar si la categoría cambia bajo los nuevos umbrales del Reglamento Delegado (UE) 2023/2775.
  3. Revisar las obligaciones de auditoría bajo el artículo 263 de la LSC y la normativa de información no financiera.
  4. Identificar beneficios fiscales, líneas de financiación y regímenes simplificados recuperables o a los que se deja de tener acceso.
  5. Comunicar el cambio de categoría a los programas de ayudas o financiación en curso que lo requieran.

En BMC asesoramos sobre las implicaciones de los cambios normativos en la contabilidad, el mercantil y la planificación fiscal, incluyendo la revisión del posicionamiento de su empresa respecto a los nuevos umbrales de pyme. Conozca nuestros servicios de secretaría societaria.

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