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IRPF 2026: Novedades, Tramos y Guía Completa de la Declaración de la Renta

Guía completa del IRPF 2026 en España: nuevos tramos, deducciones vigentes, calendario de la campaña de la Renta 2025-2026, novedades legislativas y estrategias de planificación fiscal para residentes.

24 min de lectura

El IRPF 2026 concentra este año un volumen de atención sin precedentes. La campaña de la declaración de la Renta 2025, que se presenta entre abril y junio de 2026, llega en un momento en que se consolidan varios cambios normativos acumulados, el tramo marginal máximo del 47% tiene su segunda aplicación plena y la AEAT intensifica los controles sobre criptoactivos, rentas del extranjero y rendimientos digitales. Esta guía recoge de forma estructurada todo lo que los contribuyentes residentes en España necesitan conocer: los tramos del IRPF 2026, las novedades legislativas con impacto real, el calendario oficial de la campaña, las principales deducciones vigentes, las particularidades para autónomos y la interacción con el régimen especial de impatriados conocido como Ley Beckham.

Por qué el IRPF 2026 es tendencia

Cada año, la apertura de la campaña de la renta genera un pico de búsquedas en España que los motores de tendencias identifican como viral. Sin embargo, el IRPF 2026 concentra un volumen inusualmente elevado por razones que van más allá del ciclo estacional habitual.

La acumulación de cambios normativos introducidos entre 2023 y 2025 llega a su fase de aplicación plena precisamente en la campaña de 2026. La Ley de Vivienda transformó el sistema de reducciones para arrendadores de vivienda habitual, el Modelo 721 de criptoactivos en el extranjero tiene su segundo año de vigencia y el sistema de cotización por ingresos reales de autónomos genera por primera vez regularizaciones que afectan simultáneamente a la declaración del IRPF y a las cuotas de la Seguridad Social.

A esto se añade el impacto del tipo marginal máximo del 47% sobre rendimientos del trabajo y del 28% sobre la base del ahorro para las rentas más elevadas, que ha intensificado el debate sobre la carga fiscal en España y ha reavivado el interés por regímenes alternativos como la Ley Beckham. La Directiva DAC8, que obliga a los exchanges de criptomonedas a reportar información de sus clientes a las autoridades fiscales europeas, añade un elemento de incertidumbre para los inversores en activos digitales que no habían declarado con rigor en ejercicios anteriores.

El resultado es que millones de contribuyentes buscan orientación antes de que se abra el plazo de presentación, haciendo de “IRPF 2026”, “declaración renta 2026” y “renta 2026 novedades” algunos de los términos más buscados en España durante el primer semestre del año.

Calendario oficial de la Renta 2025-2026

Las fechas clave de la campaña correspondiente al ejercicio fiscal 2025 son las siguientes:

  • 2 de abril de 2026: Apertura del plazo de presentación telemática. Desde este día, los contribuyentes pueden acceder a su borrador y datos fiscales en Renta WEB a través de la sede electrónica de la AEAT, revisar la información y presentar su declaración.
  • Inicio de mayo de 2026: Arranque del Plan Le Llamamos. Los contribuyentes que soliciten cita previa pueden recibir la llamada de un agente de la AEAT para confeccionar y presentar su declaración por teléfono. Es el canal recomendado para declaraciones sin complejidad elevada.
  • Inicio de junio de 2026: Apertura de la atención presencial en las oficinas de la AEAT y en los puntos habilitados por las comunidades autónomas. La cita previa debe solicitarse con antelación; las primeras semanas de junio se agotan rápidamente.
  • 25 de junio de 2026: Fecha límite para las declaraciones con resultado a ingresar que se domicilien en cuenta bancaria. Pasado este día, la AEAT no procesará la domiciliación del pago y el contribuyente deberá ingresarlo manualmente.
  • 30 de junio de 2026: Cierre definitivo del plazo de presentación para todas las modalidades y resultados: a ingresar, a devolver y resultado cero.

Fraccionamiento del pago. Los contribuyentes con resultado a ingresar pueden optar por el pago en dos plazos: el 60% del importe al presentar la declaración y el 40% restante hasta el 6 de noviembre de 2026, sin recargo ni interés de demora. Para beneficiarse del fraccionamiento, la declaración debe presentarse antes del 30 de junio y el primer plazo debe domiciliarse o pagarse antes del 25 de junio.

Devoluciones. La AEAT empieza a procesar las devoluciones desde el inicio de la campaña. Los contribuyentes que presenten su declaración en las primeras semanas de abril suelen recibir la devolución antes de finales de mayo. El plazo legal máximo para que la AEAT efectúe la devolución es de seis meses desde la finalización del plazo de presentación —es decir, antes del 31 de diciembre de 2026—, aunque en la práctica la mayoría de devoluciones se producen bastante antes.

Quién está obligado a declarar en 2026

La obligación de presentar la declaración del IRPF por el ejercicio 2025 afecta a los residentes fiscales en España que hayan obtenido rentas superiores a los siguientes umbrales:

Rendimientos del trabajo:

  • Contribuyentes con un único pagador: obligación si los rendimientos del trabajo superan los 22.000 euros brutos anuales.
  • Contribuyentes con dos o más pagadores cuando el conjunto de los segundos y siguientes pagadores supere 1.500 euros: el umbral se reduce a 15.000 euros brutos anuales.
  • Si el conjunto de los pagadores distintos del principal no supera los 1.500 euros, se mantiene el umbral general de 22.000 euros.

Rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario y ganancias patrimoniales sujetas a retención: el umbral es de 1.600 euros anuales en conjunto.

Rentas inmobiliarias imputadas, Letras del Tesoro y subvenciones para adquisición de vivienda: límite de 1.000 euros anuales en conjunto.

Rentas no sujetas a retención: contribuyentes con rendimientos del capital mobiliario, ganancias patrimoniales o cualquier renta no retenida superior a 500 euros anuales.

Con independencia de los umbrales anteriores, están siempre obligados a declarar: los titulares de actividades económicas (autónomos), quienes hayan realizado aportaciones a planes de pensiones con derecho a reducción, quienes hayan percibido subvenciones para adquisición de vivienda habitual, quienes hayan efectuado operaciones con criptoactivos que generen ganancias o pérdidas y quienes tengan obligación de presentar el Modelo 720 o el Modelo 721.

Ejemplo práctico: dos pagadores

Una trabajadora cobra 18.000 euros de su empleador principal y 2.400 euros de un trabajo de media jornada en una segunda empresa. Al superar el segundo pagador los 1.500 euros, el umbral de obligación se reduce a 15.000 euros. Como sus rendimientos totales del trabajo (20.400 euros) superan ese umbral, está obligada a declarar, aunque con un único pagador —y sin la segunda empresa— no lo estaría.

Los tramos del IRPF en 2026

La escala del IRPF combina un tramo estatal y un tramo autonómico. La escala estatal es uniforme en todo el territorio (salvo el régimen foral de País Vasco y Navarra), mientras que el tramo autonómico varía según la comunidad de residencia.

Escala estatal — Base liquidable general (ejercicio 2025):

Base liquidable (euros)Tipo marginal estatal
Hasta 12.4509,50%
De 12.450,01 a 20.20012,00%
De 20.200,01 a 35.20015,00%
De 35.200,01 a 60.00018,50%
De 60.000,01 a 300.00022,50%
Más de 300.00024,50%

Al tipo estatal se añade el tipo autonómico de cada comunidad. Los tipos marginales combinados —el porcentaje real que paga el contribuyente en el último euro de su renta— oscilan entre el 19% y el 47% según el tramo y la comunidad de residencia. Madrid aplica la escala autonómica más reducida; Cataluña, País Vasco y Comunitat Valenciana se encuentran entre las más elevadas para rentas que superan los 60.000 euros.

Tarifa del ahorro — Rendimientos del capital y ganancias patrimoniales de transmisiones:

Base del ahorro (euros)Tipo marginal
Hasta 6.00019%
De 6.000,01 a 50.00021%
De 50.000,01 a 200.00023%
De 200.000,01 a 300.00027%
Más de 300.00028%

El tipo del 28% para rendimientos del ahorro superiores a 300.000 euros, consolidado desde 2024, afecta principalmente a grandes patrimonios que realizan transmisiones de inmuebles, participaciones empresariales o activos financieros de valor elevado.

Ejemplo práctico: cálculo del IRPF para un salario de 45.000 euros en Madrid

Un directivo con rendimientos netos del trabajo de 45.000 euros y residencia en Madrid calcula su cuota aproximada de la siguiente manera:

  • Primeros 12.450 euros × 19% (tipo combinado más bajo) = 2.365,50 euros
  • De 12.450 a 20.200 euros (7.750 euros) × 24% = 1.860,00 euros
  • De 20.200 a 35.200 euros (15.000 euros) × 30% = 4.500,00 euros
  • De 35.200 a 45.000 euros (9.800 euros) × 37% = 3.626,00 euros

Cuota total aproximada: 12.351,50 euros, equivalente a un tipo efectivo de aproximadamente el 27,5% sobre la base imponible. Este ejemplo es ilustrativo y no tiene en cuenta el mínimo personal ni las deducciones individuales, que pueden reducir la cuota significativamente.

Novedades del IRPF 2026 más relevantes

Consolidación del tramo máximo del 47%

El tramo marginal combinado del 47% para bases liquidables generales superiores a 300.000 euros, introducido en el ejercicio 2024, tiene en 2025 su segunda aplicación plena. La medida afecta a directivos de alta retribución, socios con dividendos o retribuciones variables elevadas y contribuyentes con importantes ganancias patrimoniales computadas en la base general. Para estos perfiles, la brecha entre el IRPF ordinario y el régimen de impatriados (Ley Beckham, tipo fijo del 24%) se amplía hasta los 23 puntos porcentuales, lo que hace especialmente relevante el análisis de la situación fiscal antes de un desplazamiento internacional.

Reducciones por arrendamiento de vivienda: plena vigencia de la Ley de Vivienda

La Ley 12/2023 de Vivienda introdujo un sistema de reducciones escalonado para los rendimientos del capital inmobiliario procedentes del arrendamiento de vivienda habitual. En el ejercicio 2025, este sistema está plenamente vigente para todos los contratos y la AEAT ha anunciado un refuerzo de los controles sobre su correcta aplicación. Los porcentajes de reducción son:

  • 90% si el contrato se formaliza en zona de mercado residencial tensionado y la renta es al menos un 5% inferior al contrato anterior en la misma vivienda.
  • 70% si el contrato se formaliza en zona tensionada con arrendatario de entre 18 y 35 años, o si la vivienda es de protección oficial o precio limitado.
  • 60% cuando se hayan realizado obras de rehabilitación o mejora en los dos años anteriores a la firma del contrato.
  • 50% para el resto de nuevos contratos firmados a partir del 26 de mayo de 2023.

Los contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023 conservan la reducción del 60% aplicable en el momento de su firma. Aplicar el porcentaje incorrecto es uno de los errores más frecuentes y detectables en campaña.

Criptoactivos: segundo año del Modelo 721 y entrada en vigor de DAC8

El Modelo 721 —declaración informativa de criptoactivos en el extranjero— completa en 2025-2026 su segundo año de vigencia. Los contribuyentes con criptoactivos custodiados en exchanges o carteras situadas fuera de España cuyo valor conjunto supere los 50.000 euros a 31 de diciembre de 2025 tenían obligación de presentar el Modelo 721 antes del 31 de enero de 2026. Las sanciones por omisión son elevadas: 5.000 euros por cada dato no declarado, con un mínimo de 10.000 euros por declaración.

La Directiva DAC8, transpuesta al ordenamiento español, obliga a los proveedores de servicios de criptoactivos a reportar automáticamente la información de sus clientes a las autoridades fiscales de la Unión Europea. A partir del ejercicio 2025, la AEAT dispondrá de datos cruzados procedentes de los principales exchanges europeos sobre las posiciones y transacciones de sus clientes residentes en España. La probabilidad de detección de rentas no declaradas en criptoactivos aumenta de forma sustancial con DAC8 en marcha.

Sistema de cotización por ingresos reales de autónomos: el momento de la regularización

Los autónomos llevan desde enero de 2023 cotizando por sus ingresos reales. El ejercicio 2025 es el tercer año de aplicación, y la campaña de la Renta 2025 es el momento en que se produce la regularización definitiva. El rendimiento neto declarado en el IRPF es la referencia que utiliza la Tesorería General de la Seguridad Social para determinar si el autónomo cotizó correctamente:

  • Si cotizó por una base provisional superior a sus ingresos reales: la TGSS devolverá el exceso de cuotas.
  • Si cotizó por una base provisional inferior a sus ingresos reales: recibirá una liquidación complementaria.

Esta doble obligación —declaración del IRPF y regularización de cuotas— se produce en paralelo entre abril y junio de 2026, lo que exige una planificación cuidadosa y la coherencia de los importes declarados en ambos contextos.

Actualización del mínimo personal y familiar

El mínimo personal se mantiene en 5.550 euros con carácter general en el tramo estatal, si bien las comunidades autónomas pueden establecer importes diferentes para su tramo. Los mínimos por descendientes son: 2.400 euros por el primer hijo, 2.700 por el segundo, 4.000 por el tercero y 4.500 por el cuarto y siguientes. Los descendientes menores de tres años incrementan el mínimo en 2.800 euros adicionales. Los ascendientes mayores de 65 años que convivan con el contribuyente generan un mínimo de 1.150 euros; si superan los 75 años, el importe sube a 2.550 euros.

Principales deducciones vigentes en la Renta 2025

Deducción por maternidad

Las madres con hijos menores de tres años que realicen una actividad por cuenta propia o ajena pueden deducir hasta 1.200 euros anuales por hijo (100 euros por mes en que se cumplan los requisitos). Si el menor está inscrito en una guardería o centro de educación infantil autorizado, la deducción adicional puede llegar a 1.000 euros más por los gastos satisfechos. El borrador de la AEAT suele no incluir correctamente esta deducción adicional, que debe consignarse manualmente.

Deducción por eficiencia energética en vivienda habitual

Las tres modalidades de deducción por obras de mejora energética continúan vigentes para el ejercicio 2025:

  • 20% de las cantidades invertidas en obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración al menos un 7%. Base máxima anual: 5.000 euros.
  • 40% de las cantidades invertidas en obras que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable al menos un 30% o mejoren la calificación energética a clase A o B. Base máxima anual: 7.500 euros.
  • 60% de las cantidades invertidas en rehabilitación energética integral de edificios residenciales. Base máxima anual: 5.000 euros, con un acumulado de hasta 15.000 euros en varios ejercicios.

En todos los casos, las obras deben haber finalizado y el certificado energético acreditativo de la mejora debe haberse emitido antes del 31 de diciembre de 2025.

Deducción por vivienda habitual adquirida antes del 1 de enero de 2013

Los contribuyentes que compraron su vivienda habitual antes de 2013 y venían practicando esta deducción en ejercicios anteriores pueden seguir deduciendo el 15% de los importes satisfechos por capital e intereses de hipoteca, con una base máxima de 9.040 euros anuales. Esta deducción está en régimen transitorio y no puede iniciarse por primera vez en el ejercicio 2025.

Deducción por donativos y mecenazgo

Las donaciones a entidades acogidas a la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos generan una deducción del 80% de los primeros 250 euros donados y del 35% sobre el exceso. Para donantes recurrentes que hayan donado a la misma entidad un importe igual o superior durante los dos ejercicios inmediatamente anteriores, el porcentaje sobre el exceso sube al 40%. Estas deducciones no suelen aparecer en el borrador y deben consignarse manualmente con el justificante emitido por la entidad donataria.

Deducción por aportaciones a planes de pensiones

El límite de reducción en la base imponible por aportaciones individuales a planes de pensiones y otros sistemas de previsión social es de 1.500 euros anuales. Este importe puede ampliarse:

  • 4.250 euros adicionales mediante aportaciones a planes de empleo promovidos por el empleador.
  • 4.250 euros adicionales para autónomos que aporten a planes de pensiones de empleo simplificados (PPES) propios.

En la práctica, un autónomo que constituya su propio PPES puede reducir hasta 5.750 euros anuales de su base imponible por este concepto.

Deducciones autonómicas

Las comunidades autónomas establecen sus propias deducciones en el tramo autonómico del IRPF. Las más extendidas incluyen: deducciones por nacimiento o adopción de hijos, por cuidado de ascendientes o personas con discapacidad, por alquiler de vivienda habitual para jóvenes, por inversión en empresas de nueva o reciente creación, y por gastos en formación o estudios. Estas deducciones no se incorporan al borrador de la AEAT y deben consultarse en los servicios tributarios de cada comunidad autónoma.

Autónomos: claves del IRPF 2026

Estimación directa: normal y simplificada

La gran mayoría de autónomos tributa en estimación directa. Los gastos deducibles incluyen las cuotas a la Seguridad Social, el alquiler del local de negocio, los suministros afectos a la actividad, los gastos de personal, la amortización del inmovilizado y los intereses de préstamos vinculados a la actividad. Para quienes trabajen desde casa, son deducibles el 30% de los gastos de suministros (agua, gas, electricidad, telefonía), calculado sobre el porcentaje de la vivienda destinado a la actividad profesional y debidamente comunicado a la AEAT mediante el Modelo 036 o 037.

En estimación directa simplificada, existe una deducción genérica del 5% del rendimiento neto previo para gastos de difícil justificación, con un máximo de 2.000 euros anuales.

El vehículo afecto a la actividad

La deducibilidad de los gastos del vehículo —amortización, seguro, combustible, reparaciones— exige que el vehículo esté exclusivamente afecto a la actividad económica. El uso mixto laboral y personal no genera deducibilidad parcial en estimación directa, con excepciones tasadas para agentes comerciales, transportistas y vehículos de alquiler. La AEAT cuestionará la afectación exclusiva en comprobaciones, por lo que es fundamental documentar el uso profesional del vehículo.

Estimación objetiva (módulos)

Los autónomos en módulos determinan su rendimiento neto mediante índices y módulos prefijados, con independencia de los ingresos y gastos reales. El umbral de exclusión del régimen se mantiene en 250.000 euros de ingresos anuales para el conjunto de actividades (150.000 euros para agrícolas, ganaderas y forestales) y en 250.000 euros de compras de bienes y servicios. Los autónomos que hayan superado estos umbrales durante 2025 quedan excluidos del régimen de módulos a partir del 1 de enero de 2026 y deberán tributar en estimación directa.

Coordinación con la regularización de cuotas de la Seguridad Social

Este es el aspecto más novedoso para los autónomos en la campaña 2026. El rendimiento neto que el autónomo declare en el IRPF 2025 es la cifra que la TGSS utiliza como referencia para la regularización. Si existe una discrepancia entre el rendimiento neto declarado en el IRPF y el que se comunicó a la Seguridad Social para fijar la base provisional de cotización, puede producirse una doble regularización con consecuencias económicas relevantes.

Ejemplo práctico: autónomo con rendimiento neto de 38.000 euros

Un consultor autónomo estimó al inicio de 2025 que su rendimiento neto anual sería de 30.000 euros y eligió la correspondiente base de cotización. Al declarar su IRPF 2025, sus rendimientos netos ascienden a 38.000 euros. La TGSS le notificará una regularización complementaria de cuotas por la diferencia entre la base provisional elegida y la base que corresponde a 38.000 euros de rendimientos. Esta cuota adicional, a su vez, es deducible como gasto en el IRPF del ejercicio en que se paga (2026), no en 2025.

Criptoactivos en la declaración de la Renta 2025

Tributación de las transmisiones

Las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de criptoactivos tributan en la base del ahorro del IRPF. El valor de adquisición es el precio pagado en el momento de la compra más comisiones, y el valor de transmisión es el precio de venta o el valor de mercado en el momento del intercambio. La permuta entre criptomonedas distintas —por ejemplo, Bitcoin por Ethereum— genera un hecho imponible, aunque no se haya convertido a euros. Este principio obliga a mantener un registro detallado de todas las operaciones: fecha, unidades, precio unitario y comisiones de cada transacción.

Recompensas de staking, lending y DeFi

Las recompensas obtenidas en protocolos de staking, lending o yield farming pueden calificarse como rendimientos del capital mobiliario o como ganancias patrimoniales dependiendo de la estructura del producto. La posición más habitual en la práctica es calificar las recompensas de staking como rendimientos del capital mobiliario (sujetos a retención en algunos casos) y las ganancias derivadas de protocolos de liquidez como ganancias patrimoniales. La falta de una resolución vinculante de la AEAT sobre varios supuestos DeFi sigue siendo una fuente de incertidumbre.

DAC8: la información ya llega a la AEAT

La Directiva DAC8, en vigor desde el ejercicio 2025, obliga a los proveedores de servicios de criptoactivos —exchanges, custodios y plataformas con cierto grado de centralización— a reportar automáticamente a las autoridades fiscales europeas la información sobre sus clientes. La AEAT recibirá datos de posiciones, transacciones y ganancias realizadas por contribuyentes españoles a través de los principales exchanges europeos. Los contribuyentes que no hayan declarado con rigor las ganancias de criptoactivos en ejercicios anteriores deben valorar su situación antes de que lleguen los primeros cruzamientos de información.

Compensación de pérdidas

Las pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de criptoactivos en 2025 pueden compensarse con ganancias patrimoniales del mismo ejercicio. Si el saldo neto es negativo, puede compensarse con hasta el 25% de los rendimientos positivos del capital mobiliario del mismo ejercicio. El saldo negativo no compensado en 2025 puede arrastrarse durante los cuatro ejercicios siguientes (2026-2029).

La Ley Beckham y el IRPF 2026

El régimen especial de impatriados, conocido popularmente como Ley Beckham (artículo 93 de la Ley del IRPF), es el principal instrumento de planificación fiscal para trabajadores que se desplazan a España por motivos laborales. Su funcionamiento difiere radicalmente del IRPF ordinario:

  • El contribuyente acogido al régimen tributa a un tipo fijo del 24% sobre los rendimientos del trabajo obtenidos en España hasta 600.000 euros (al 47% por el exceso).
  • No tributa por su renta mundial: solo por las rentas de fuente española, con excepciones para ciertas ganancias patrimoniales y rendimientos del capital.
  • El régimen es aplicable durante el año de llegada y los cinco siguientes (seis años en total).
  • Debe solicitarse en un plazo máximo de seis meses desde el inicio de la actividad que motiva el desplazamiento.

La diferencia frente al IRPF ordinario es especialmente relevante para salarios superiores a 60.000 euros anuales. Un directivo desplazado a España con un salario de 150.000 euros tributará, bajo el régimen Beckham, a un tipo efectivo del 24%. Bajo el IRPF ordinario, y dependiendo de su comunidad de residencia, su tipo efectivo podría superar el 40%.

Las modificaciones en los requisitos de acceso al régimen Beckham introducidas en los últimos años —en particular, la extensión a emprendedores y nómadas digitales a través del visado de trabajador digital internacional— han ampliado el universo de potenciales beneficiarios. Sin embargo, la solicitud fuera de plazo o la incompatibilidad con actividades previas en España son errores frecuentes que resultan irreversibles.

Errores más frecuentes en la declaración del IRPF 2025

No revisar el borrador antes de confirmarlo. El borrador de la AEAT recoge lo que los pagadores y terceros han comunicado, pero puede omitir inmuebles adquiridos durante el ejercicio, ganancias patrimoniales de plataformas extranjeras, deducciones autonómicas o retribuciones en especie incorrectamente valoradas. Confirmarlo sin revisión equivale a asumir sus errores.

Aplicar el porcentaje de reducción incorrecto en el arrendamiento de vivienda habitual. Con la Ley de Vivienda plenamente vigente, los arrendadores deben verificar qué porcentaje corresponde a cada contrato. Aplicar el 60% a contratos firmados después del 26 de mayo de 2023 sin cumplir los requisitos del régimen transitorio es uno de los errores más detectados por la AEAT.

Omitir ganancias patrimoniales de brokers y exchanges extranjeros. Las plataformas de inversión no residentes en España —Degiro, Interactive Brokers, Trading 212, Binance, Coinbase— no reportan directamente a la AEAT española y sus operaciones no aparecen en el borrador. Con DAC7 y DAC8 en marcha, el riesgo de detección aumenta cada año.

No declarar rendimientos de fuente extranjera. Los residentes fiscales en España tributan por su renta mundial: salarios de empleadores extranjeros, dividendos de acciones internacionales, intereses de cuentas en el extranjero, alquileres de inmuebles en otros países y pensiones extranjeras deben incluirse en la declaración.

No compensar pérdidas de ejercicios anteriores. Las pérdidas patrimoniales de 2021, 2022, 2023 o 2024 pendientes de compensación pueden aplicarse contra las ganancias patrimoniales de 2025. El borrador no siempre incorpora estas compensaciones automáticamente, especialmente si provienen de declaraciones con rectificaciones posteriores.

No solicitar la Ley Beckham en plazo. Los trabajadores desplazados a España que cumplan los requisitos tienen solo seis meses desde el inicio de su actividad para solicitar el régimen especial. Perder este plazo implica tributar por el IRPF ordinario durante toda la estancia.

Confundir el período de generación en retribuciones irregulares. Las percepciones con período de generación superior a dos años —atrasos, bonus plurianuales, indemnizaciones— pueden beneficiarse de la reducción del 30%, con una base máxima de 300.000 euros anuales. No aplicarla, o aplicarla incorrectamente, supone un sobrecoste fiscal evitable.

Errores en la deducción por maternidad. El cálculo de la deducción es proporcional a los meses del año en que la madre y el hijo cumplen simultáneamente los requisitos. Si hubo variaciones de alta o baja laboral durante el ejercicio, el borrador puede no calcular correctamente el período.

Planificación fiscal de cara al cierre del ejercicio 2026

La campaña de la Renta 2025 recoge hechos ya consumados. Pero el inicio de la campaña en abril de 2026 es también el momento en que los contribuyentes tienen más información sobre su situación fiscal y pueden tomar decisiones fundadas para el ejercicio corriente (2026) que reducirán la factura fiscal de la próxima campaña.

Aportaciones a planes de pensiones

El límite de 1.500 euros de reducción individual es modesto, pero las aportaciones a planes de empleo o PPES del autónomo permiten ampliar el ahorro fiscal hasta 5.750 euros. Planificar las aportaciones desde enero y distribuirlas mensualmente es más eficiente que concentrarlas en diciembre, porque permite ajustar las retenciones del empleador a lo largo del año.

Diferimiento de ganancias patrimoniales

Si se prevé la transmisión de activos que generarán una ganancia significativa, conviene analizar si el resultado supera el umbral del 28% de la base del ahorro (300.000 euros). En algunos casos, diferir parte de la operación al ejercicio siguiente o estructurar la transmisión en pagos a plazos puede reducir el tipo efectivo aplicable.

Reinversión en vivienda habitual

La ganancia obtenida en la transmisión de la vivienda habitual está exenta si el importe total se reinvierte en la adquisición de una nueva vivienda habitual en el plazo de dos años. La exención es proporcional si no se reinvierte el total. Esta planificación requiere coordinación precisa de los plazos para no perder la exención por razones formales.

Compensación de ganancias con pérdidas latentes

Los contribuyentes con carteras de inversión que tienen posiciones en pérdidas no realizadas pueden valorar aflorar esas pérdidas antes del 31 de diciembre de 2026, compensándolas con ganancias realizadas en el mismo ejercicio. Hay que tener en cuenta la norma antilavado de Hacienda, que prohíbe computar las pérdidas si se readquiere el mismo valor en los dos meses anteriores o posteriores a la transmisión generadora de la pérdida.

Planificación de la retribución del directivo o socio

Para directivos y socios cuyas retribuciones superan el umbral de 300.000 euros, la mezcla entre salario, dividendo, retribución en especie y aportación al plan de empleo tiene un impacto significativo en el tipo efectivo. El diferimiento de retribuciones variables o la canalización de parte de la retribución a través de instrumentos con tipo reducido son las palancas habituales de optimización.

Donaciones planificadas

Las donaciones a entidades de mecenazgo generan deducciones del 80% sobre los primeros 250 euros y del 35%-40% sobre el exceso. Para contribuyentes con cuota íntegra elevada, planificar las donaciones dentro del ejercicio y seleccionar entidades que emitan certificados correctos es una estrategia con impacto fiscal y social directo.


La declaración del IRPF 2025, presentada entre abril y junio de 2026, concentra en pocas semanas decisiones con consecuencias económicas relevantes.

Más recursos para la campaña de la Renta 2026:

En BMC contamos con un equipo de asesores fiscales especializado que revisa su declaración de forma integral e identifica las deducciones que la AEAT no incorpora automáticamente al borrador. Conozca nuestros servicios de planificación fiscal o solicite una consulta sin compromiso.

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