La Zona Especial Canaria (ZEC) es un régimen fiscal privilegiado creado en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF) para atraer inversiones y crear empleo cualificado en el archipiélago. Las entidades ZEC tributan en el Impuesto sobre Sociedades a un tipo reducido del 4%, frente al tipo general del 25%, lo que la convierte en una de las oportunidades fiscales más atractivas dentro de la Unión Europea.
Requisitos para acceder al régimen ZEC
Para inscribirse en la ZEC, una entidad debe: (1) ser de nueva creación o estar registrada en Canarias; (2) tener su domicilio social y sede de dirección efectiva en el archipiélago; (3) realizar actividades incluidas en el listado aprobado por la ZEC; (4) contar con al menos un administrador residente en Canarias; (5) crear un mínimo de uno o cinco empleos en los primeros seis meses (según el tipo de entidad); e (6) invertir al menos 100.000 euros en activos fijos en Canarias durante los dos primeros años.
El número mínimo de empleos exigido es de uno para entidades de servicios y de cinco para entidades de producción. Estos empleos deben ser de jornada completa, con contrato laboral o mercantil, y las personas deben residir y desempeñar su actividad efectivamente en Canarias. El administrador residente puede contar como uno de los empleos exigidos si reúne los requisitos de residencia y dedicación.
Base imponible especial
El tipo del 4% no se aplica sobre la totalidad de la base imponible, sino únicamente sobre la parte que corresponde a las operaciones realizadas materialmente en Canarias con clientes no ZEC. Existe un límite de base imponible en función del número de empleados: entre 1,8 millones y 90 millones de euros anuales, según la escala. La parte de la base imponible que exceda de esos límites tributa al tipo general del Impuesto sobre Sociedades.
Este diseño significa que, para aprovechar al máximo el régimen ZEC, es conveniente planificar el volumen de negocio esperado y el número de empleados necesarios. Una empresa con cinco empleados que genera 4 millones de euros de base imponible tributa al 4% sobre 1,8 millones (cuota: 72.000 euros) y al 25% sobre los 2,2 millones restantes (cuota: 550.000 euros), frente a los 1.000.000 euros que pagaría sin el régimen ZEC.
Compatibilidad con otras ayudas del REF canario
El régimen ZEC es compatible con otras ayudas del REF canario, lo que potencia significativamente su atractivo. Las principales compatibilidades son:
Reserva para Inversiones en Canarias (RIC): Permite deducir en la base imponible hasta el 90% de los beneficios no distribuidos destinados a inversiones en el archipiélago. En combinación con el tipo del 4%, el ahorro fiscal puede ser muy relevante para empresas con capacidad de reinversión.
Deducción por inversiones en Canarias: Las inversiones en activos fijos nuevos generan una deducción en la cuota del Impuesto sobre Sociedades de hasta el 25% (frente al 10% general), con el límite del 50% de la cuota íntegra. Esta deducción es acumulable con el tipo reducido del 4%.
IGIC (Impuesto General Indirecto Canario): Las entidades ZEC que realicen operaciones intracomunitarias en determinadas condiciones pueden beneficiarse de la exención del IGIC, el impuesto equivalente al IVA en Canarias, que tiene un tipo general del 7%.
Actividades permitidas y sectores con mayor potencial
La ZEC admite una amplia gama de actividades de servicios y producción, lo que la hace apta para empresas de tecnología, consultoría, ingeniería, logística, distribución, contenidos digitales y comercio electrónico. Las actividades financieras reguladas (banca y seguros), las actividades inmobiliarias y las dirigidas al consumidor final residente en Canarias quedan excluidas.
Los sectores con mayor potencial de aprovechamiento del régimen son: software y servicios tecnológicos, centros de servicios compartidos para grupos multinacionales, actividades de I+D, empresas de comercio internacional con operativa logística y empresas de contenidos digitales. Canarias, por su posición geográfica entre Europa, África y América, es también una plataforma natural para empresas con actividad en esos mercados.
Proceso de inscripción y plazo
El proceso de inscripción en la ZEC se realiza ante el Consorcio de la Zona Especial Canaria, con sede en Las Palmas de Gran Canaria. La solicitud debe acompañarse de una memoria descriptiva de la actividad, los estatutos de la entidad, el plan de inversión y empleo y la acreditación de los administradores. El plazo para registrarse en la ZEC finaliza el 31 de diciembre de 2026, por lo que el tiempo disponible para iniciar el proceso es limitado.
Una vez inscrita, la entidad ZEC debe cumplir anualmente los requisitos de empleo e inversión y comunicar a la Agencia Tributaria Canaria cualquier incidencia que pueda afectar a su estatus en el registro.
El plazo para registrarse en la ZEC finaliza el 31 de diciembre de 2026. Desde BMC asesoramos en el proceso de constitución y registro. Conozca nuestros servicios de ZEC Canarias.