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Plan General Contable 2026: guía práctica para empresas y autónomos

Tema: plan general contable

Guía completa del Plan General Contable español (Real Decreto 1514/2007 y RD 1515/2007 PGC PYME): estructura, principios contables, cambios aplicables en 2026, novedades en digitalización y obligaciones de cierre contable.

13 min de lectura

El Plan General Contable (PGC) es el marco normativo contable obligatorio para todas las empresas españolas, aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre. Regula los principios contables, la estructura de las cuentas, la presentación de las cuentas anuales y los criterios de reconocimiento y valoración de activos y pasivos. En 2026, la digitalización contable —con la entrada en vigor progresiva de la facturación electrónica obligatoria— introduce nuevas implicaciones prácticas para el registro contable en empresas de todos los tamaños. Esta guía explica la estructura del PGC, sus diferencias con el PGC PYME, los principios contables aplicables y las obligaciones de cierre del ejercicio 2025.

La contabilidad empresarial en España se rige por un cuerpo normativo jerarquizado:

  1. Código de Comercio (Real Decreto de 22 de agosto de 1885): establece la obligación de llevar contabilidad, los libros obligatorios (Diario y Mayor) y las normas básicas sobre cuentas anuales (arts. 25-49).
  2. Ley de Sociedades de Capital (RDL 1/2010): regula la formulación, aprobación y depósito de las cuentas anuales para sociedades mercantiles (arts. 253-282).
  3. Plan General Contable (Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre): marco contable completo para todas las empresas. Consta de cinco partes: Marco Conceptual, Normas de Registro y Valoración, Cuentas Anuales, Cuadro de Cuentas y Definiciones y Relaciones Contables.
  4. Plan General Contable de PYMEs (Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre): versión simplificada para empresas que no superen dos de los tres umbrales de tamaño (activo ≤ 4M€, cifra de negocios ≤ 8M€, empleados ≤ 50).
  5. Resoluciones del ICAC: el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas emite resoluciones vinculantes sobre criterios contables específicos (micro-empresas, planes de pensiones, instrumentos financieros).

En la jerarquía normativa, las NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera) adoptadas por la UE prevalecen para las empresas que consolidan cuentas y coticen en mercados regulados europeos; el resto aplica el PGC nacional.

Estructura del Plan General Contable: las cinco partes

El PGC se organiza en cinco partes con distinta naturaleza jurídica:

Parte 1: Marco Conceptual de la Contabilidad

Define los elementos de las cuentas anuales (activo, pasivo, patrimonio neto, ingreso, gasto), los principios contables, los criterios de reconocimiento y los criterios de valoración (precio de adquisición, valor razonable, valor en uso, valor actual). Es la base teórica del PGC y tiene carácter obligatorio para interpretar las normas de valoración.

Parte 2: Normas de Registro y Valoración

Son las 23 normas concretas sobre cómo registrar y valorar cada tipo de elemento patrimonial: inmovilizado material, intangibles, inversiones inmobiliarias, instrumentos financieros, existencias, moneda extranjera, impuesto sobre beneficios, subvenciones, arrendamientos, provisiones, ingresos, etc. Son de aplicación obligatoria y no pueden contravenir el Marco Conceptual.

Parte 3: Cuentas Anuales

Establece los modelos de presentación del balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto (ECPN), el estado de flujos de efectivo (EFE) y la memoria. Para las PYMEs, el EFE y el ECPN son opcionales. Hay modelos normales y abreviados según el tamaño de la empresa.

Parte 4: Cuadro de Cuentas

El catálogo de cuentas organizado en 9 grupos, con códigos de dos, tres, cuatro y cinco dígitos. Es orientativo (no obligatorio usar exactamente estos códigos), aunque en la práctica todos los softwares contables españoles lo siguen íntegramente. Las cuentas de cuatro y cinco dígitos son subdesgloses que la empresa puede crear o adaptar.

Parte 5: Definiciones y Relaciones Contables

Define el contenido de cada cuenta y los movimientos que generan cargos y abonos. Es la guía práctica para el contable que necesita saber en qué cuenta va cada operación y qué contrapartida usar.

Los 9 grupos de cuentas del PGC: resumen práctico

GrupoNombreElementos principales
1Financiación básicaCapital social, reservas, resultado del ejercicio, deudas a largo plazo, subvenciones
2Activo no corrienteInmovilizado material (maquinaria, vehículos), intangibles (patentes, software), amortización acumulada, inversiones financieras a largo plazo
3ExistenciasMercaderías, materias primas, productos en curso, productos terminados
4Acreedores y deudores comercialesClientes, deudores, proveedores, acreedores, AEAT (IVA, retenciones), TGSS
5Cuentas financieras a corto plazoCaja, bancos, inversiones financieras a corto plazo, préstamos a corto plazo
6Compras y gastosCompras de mercaderías, gastos de personal, servicios exteriores, amortizaciones, deterioros
7Ventas e ingresosVentas de mercaderías, prestación de servicios, ingresos financieros, subvenciones a resultados
8Gastos imputados al patrimonio netoPérdidas en instrumentos financieros disponibles para venta, coberturas de flujo de caja
9Ingresos imputados al patrimonio netoGanancias en instrumentos a valor razonable con cambios en PN, subvenciones de capital

Los grupos 1-5 recogen elementos de balance (activo, pasivo, patrimonio neto). Los grupos 6-7 recogen flujos de la cuenta de pérdidas y ganancias. Los grupos 8-9 afectan directamente al patrimonio neto sin pasar por el resultado del ejercicio (operaciones de cobertura, variaciones de valor en instrumentos financieros).

Principios contables: los 6 pilares del PGC

Los principios contables del PGC son de aplicación obligatoria y su inobservancia constituye incumplimiento normativo:

1. Empresa en funcionamiento

Se presume que la empresa continuará su actividad en el futuro previsible. Si existen dudas sobre la continuidad (pérdidas recurrentes, patrimonio neto negativo, dificultades para refinanciar), la empresa debe revelar estas incertidumbres en la memoria y el auditor debe incluirlas en su informe como «incertidumbre material significativa».

2. Devengo

Los ingresos y gastos se reconocen cuando se genera el derecho a percibirlos o la obligación de pagarlos, con independencia del cobro o pago efectivo. Una factura de alquiler de diciembre cobrada en enero del año siguiente se reconoce como ingreso en diciembre. Este principio es esencial para la correcta periodificación del cierre contable.

3. Uniformidad

Los criterios contables adoptados deben mantenerse de un ejercicio a otro. Un cambio de criterio (por ejemplo, de amortización lineal a decreciente) solo es admisible si existe una norma que lo exija o si el nuevo criterio proporciona información más fiable y relevante. El cambio debe explicarse en la memoria con efecto retroactivo sobre los ejercicios anteriores comparativos.

4. Prudencia

Solo se contabilizan los beneficios realizados en la fecha de cierre. Sin embargo, deben reconocerse todos los riesgos previsibles y las pérdidas potenciales, aunque sean conocidas después del cierre. El principio de prudencia exige, por ejemplo, dotar el deterioro de créditos dudosos incluso si el cliente no ha reconocido formalmente su incapacidad de pago.

5. No compensación

Los activos y pasivos no pueden compensarse entre sí, ni los ingresos con los gastos, salvo que una norma específica lo permita. La cuenta de clientes y la cuenta de proveedores de un mismo tercero no se compensan aunque exista acuerdo de compensación entre las partes (sí se compensa en el balance si existe un acuerdo de compensación legal vinculante y la empresa tiene intención de liquidar por el neto).

6. Importancia relativa

Es posible omitir la aplicación estricta de un principio o norma cuando su incumplimiento tenga escasa significación cuantitativa y no distorsione la imagen fiel. Este principio habilita a las empresas para no realizar ajustes de periodificación de importes mínimos o para no desglosar notas de memoria cuando el importe es irrelevante.

El cierre contable del ejercicio 2025: operaciones clave

El cierre contable del ejercicio 2025 debe completarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2026, plazo habitual antes de la formulación de las cuentas anuales. Las operaciones críticas son:

Regularización de existencias

El inventario físico realizado al cierre del ejercicio (31 de diciembre) debe cuadrar con los registros contables. Las diferencias de inventario (mermas, roturas, obsolescencia) se registran ajustando las cuentas de existencias y cargando a resultados. En el PGC, las existencias se valoran al precio de adquisición o coste de producción, utilizando como criterio de asignación FIFO o precio medio ponderado (no se admite LIFO).

Periodificación de ingresos y gastos

Los ingresos y gastos devengados pero no cobrados/pagados al cierre deben periodificarse:

  • Gastos pagados por anticipado (primas de seguro, alquileres prepagados): se activan en la cuenta 480 (Gastos anticipados) y se imputan al ejercicio siguiente.
  • Ingresos cobrados por anticipado (ingresos por servicios futuros, alquileres cobrados por adelantado): se difieren en la cuenta 485 (Ingresos anticipados).
  • Intereses devengados de préstamos o depósitos no cobrados/pagados: se reconocen en las cuentas de intereses a cobrar/pagar con contrapartida en resultados.

Amortización del inmovilizado

Las tablas de amortización fiscal del Impuesto sobre Sociedades (RD 634/2015) son el punto de referencia habitual para las amortizaciones contables en la práctica, aunque técnicamente el PGC exige amortizar según la vida útil real del bien. La diferencia entre la amortización contable y la fiscal (cuando existe) genera impuestos diferidos que deben registrarse conforme a la NRV 13ª del PGC.

Deterioro de activos

Al cierre, la empresa debe evaluar si existe indicación objetiva de deterioro en:

  • Clientes y deudores: saldos vencidos con más de 6 meses de antigüedad, clientes en concurso, clientes que han incumplido pagos reiteradamente. Se dota el deterioro en la cuenta 490 (Deterioro de valor de créditos).
  • Existencias: productos obsoletos, deteriorados o con precio de mercado inferior al coste. Se dota en la cuenta 390 (Deterioro de valor de las existencias).
  • Inmovilizado: si el valor recuperable (mayor entre valor en uso y valor razonable menos costes de venta) es inferior al valor contable, se dota el deterioro en las cuentas 290 y 291.

Impuesto sobre Sociedades: cálculo del gasto devengado

El cierre contable incluye el cálculo del gasto por Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2025. Este cálculo requiere:

  1. Partir del resultado contable antes de impuestos.
  2. Practicar los ajustes extracontables (diferencias permanentes y temporarias entre resultado contable y base imponible fiscal).
  3. Calcular la cuota líquida con el tipo impositivo aplicable (25% general, 23% para PYMEs con cifra de negocios < 1M€ en el ejercicio anterior, 15% para startups en los primeros años).
  4. Registrar el gasto corriente (630) y, si existen diferencias temporarias, los impuestos diferidos (479 y 474).

Novedades y tendencias en 2026: digitalización contable

Facturación electrónica B2B: impacto en el registro contable

La Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece) establece la obligación de emitir y recibir facturas electrónicas en formato estructurado (Facturae XML o equivalente UBL/CII) para todas las relaciones B2B entre empresas y autónomos. El calendario de implantación es progresivo: grandes empresas (> 8M€ facturación) primero; resto de empresas y autónomos en una segunda fase.

El impacto directo en la contabilidad es doble:

  • Registro automático de facturas: los ERPs certificados deben ser capaces de leer el XML de la factura electrónica y generar automáticamente el asiento contable sin intervención manual. Esto reduce los errores de captura pero exige que el plan de cuentas del software esté correctamente configurado.
  • Verificación de la integridad: la factura electrónica debe conservarse en su formato original con la firma digital válida. El software contable debe gestionar el archivo de facturas electrónicas de forma que garantice su accesibilidad durante el período de conservación obligatorio (al menos 4 años a efectos fiscales; 6 años a efectos mercantiles).

Suministro Inmediato de Información (SII)

Las empresas obligadas al SII (facturación superior a 6M€ o que lo hayan solicitado voluntariamente) ya envían en tiempo casi real los libros de registro del IVA a la AEAT. En 2026, la AEAT avanza en la integración del SII con los sistemas de facturación electrónica, reduciendo la duplicidad de envíos. Para estas empresas, el registro contable de facturas y el registro de IVA deben estar perfectamente sincronizados, ya que la AEAT cruza ambas fuentes.

Microempresas: simplificaciones del ICAC

Las microempresas (activo ≤ 1M€, cifra de negocios ≤ 2M€, empleados ≤ 10) pueden presentar el balance y la cuenta de PyG en formato ultra-abreviado según las instrucciones del ICAC. La memoria puede reducirse a un número mínimo de notas. En 2026 el ICAC está revisando el régimen de microempresas para adaptar los umbrales a la actualización de la Directiva Contable Europea (Directiva 2013/34/UE y sus modificaciones).

Obligaciones de depósito de cuentas anuales

Plazos y procedimiento

HitoPlazo
Cierre del ejercicio31 de diciembre de 2025
Formulación de las cuentas anuales por los administradoresAntes del 31 de marzo de 2026 (3 meses)
Auditoría (si obligatoria)Antes de la junta general
Aprobación por la junta general ordinariaAntes del 30 de junio de 2026 (6 meses)
Depósito en el Registro MercantilAntes del 31 de julio de 2026 (1 mes tras aprobación)

Empresas obligadas a auditar

La auditoría de cuentas es obligatoria cuando la empresa supera dos de los tres umbrales durante dos ejercicios consecutivos: activo > 2,85M€, cifra de negocios > 5,7M€, o empleados > 50. También es obligatoria para las empresas cotizadas, las entidades emisoras de valores admitidos a negociación, las entidades de crédito, las aseguradoras y otras entidades de interés público, con independencia de su tamaño.

Consecuencias del incumplimiento

El incumplimiento del depósito de cuentas genera:

  • Cierre registral: el Registro Mercantil no inscribirá ningún documento del cierre hasta que se subsane el incumplimiento, salvo ceses, nombramientos de administradores y resoluciones judiciales.
  • Multas del ICAC: desde 1.200 € hasta 300.000 € según la cifra anual de negocios (art. 283 LSC), con posibilidad de reincidencia.
  • Publicidad negativa: la falta de depósito es información pública accesible en el Registro Mercantil, y las plataformas de solvencia comercial la incluyen en sus informes.

Cómo puede ayudar BMC con tu contabilidad en 2026

El equipo contable de BMC gestiona el cierre del ejercicio 2025 y la formulación de cuentas anuales para más de 300 empresas en Málaga, Madrid, Murcia, Marbella y Las Palmas. Nuestros servicios incluyen:

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Para cualquier consulta sobre el cierre contable del ejercicio 2025 o la adaptación a la factura electrónica, contacta con nuestro equipo contable.

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