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Plusvalía Municipal en Las Palmas de Gran Canaria: cálculo, exenciones canarias y asesoramiento especializado

Plusvalía municipal en Las Palmas de Gran Canaria: calculamos el método más favorable ante el Ayuntamiento, gestionamos bonificaciones y asesoramos en herencias. Especialistas IIVTNU Canarias.

Calcular mi plusvalía municipal en Las Palmas

El problema

La plusvalía municipal en Las Palmas de Gran Canaria tiene algunas características propias del mercado inmobiliario canario que la hacen especialmente relevante: el auge del precio de la vivienda en zonas como Vegueta, Triana, Las Canteras o el Ensanche, los valores catastrales en revisión continua y la presencia significativa de propietarios no residentes (europeos y latinoamericanos) que venden o heredan inmuebles en la isla. Muchos contribuyentes en Las Palmas presentan la autoliquidación sin conocer si el método objetivo o el real resulta más favorable, o sin saber que pueden beneficiarse de la bonificación por vivienda habitual en herencias.

Nuestra solución

En BMC calculamos la plusvalía municipal en Las Palmas de Gran Canaria con ambos métodos —objetivo y real— y seleccionamos el más favorable para cada operación. Gestionamos la autoliquidación ante el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, asesoramos sobre exenciones y bonificaciones, y llevamos las reclamaciones de liquidaciones anteriores indebidas ante el TEAR de Canarias.

Proceso

Como lo hacemos

1

Análisis del inmueble y la transmisión

Revisamos las fechas de adquisición y transmisión, el valor catastral del suelo en el recibo del IBI del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, el precio de la operación o el valor declarado en herencia, y determinamos si el transmitente es residente o no residente.

2

Cálculo comparativo con los coeficientes de Las Palmas

Calculamos la base imponible con el método objetivo (coeficientes del Ayuntamiento de Las Palmas sobre el valor catastral del suelo) y con el método real (ganancia proporcional al suelo). Seleccionamos el resultado menor.

3

Autoliquidación ante el Ayuntamiento de Las Palmas

Presentamos la autoliquidación en el Servicio de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria o sede electrónica municipal, en los plazos: 30 días hábiles para compraventas y 6 meses para herencias.

4

Coordinación con la fiscalidad canaria específica

Para propietarios no residentes y transmisiones con implicaciones en el IRPF o IRNR canario, coordinamos la plusvalía municipal con la retención del 3% del IRNR y la declaración de la ganancia patrimonial, aprovechando las peculiaridades del régimen fiscal canario.

260
Búsquedas mensuales 'plusvalía municipal Las Palmas'
IGIC 0%
Las Palmas: sin IVA en compraventas (aplica IGIC al 0% en general)
6 meses
Plazo de autoliquidación en herencias

Soy alemán y tengo un apartamento en Las Canteras desde hace 15 años. Cuando lo vendí no sabía cómo funcionaba la plusvalía en Canarias ni si debía algo también en Alemania. BMC calculó el método objetivo (mucho más barato) y además gestionó la retención del 3% del IRNR. Todo en un solo trámite, sin sorpresas.

Klaus Hoffmann Propietario no residente, Las Palmas - Düsseldorf

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La plusvalía municipal en Las Palmas de Gran Canaria —IIVTNU— sigue el régimen tributario común estatal, no el régimen foral que aplica en el País Vasco o Navarra. Tras el Real Decreto-ley 26/2021, el contribuyente puede elegir entre el método objetivo y el método real. En Las Palmas destaca la importante presencia de propietarios no residentes (europeos, latinoamericanos) que al vender o heredar inmuebles deben gestionar simultáneamente la plusvalía municipal ante el Ayuntamiento y el IRNR ante la AEAT. En BMC calculamos ambos métodos, presentamos la autoliquidación y coordinamos con la planificación fiscal completa de la transmisión.

El IIVTNU en Las Palmas de Gran Canaria: marco normativo

Las Palmas de Gran Canaria, como capital de la provincia de Las Palmas (Canarias), se rige en materia de IIVTNU por la normativa estatal común del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), modificado por el Real Decreto-ley 26/2021 tras la STC 182/2021 del Tribunal Constitucional.

A diferencia del País Vasco y Navarra, Canarias no tiene régimen foral propio para los tributos locales. El Régimen Económico y Fiscal Especial de Canarias (REF) introduce particularidades en el IRPF, el IS, el IGIC y otras figuras tributarias, pero no afecta al IIVTNU, que es un impuesto municipal gestionado por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria según el régimen común.

Procedimiento de autoliquidación ante el Ayuntamiento de Las Palmas

La autoliquidación del IIVTNU se presenta ante el Servicio de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en las oficinas municipales o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento. El proceso incluye:

  1. Descarga del modelo de autoliquidación del IIVTNU del Ayuntamiento de Las Palmas.
  2. Cálculo de la base imponible con el método elegido (objetivo o real).
  3. Aplicación del tipo impositivo municipal.
  4. Presentación de la autoliquidación y pago de la cuota resultante.

Los documentos necesarios son: escritura de adquisición, escritura de transmisión (o declaración/aceptación de herencia), último recibo del IBI (para el valor catastral del suelo) y, si se opta por el método real, la escritura de adquisición original.

Los dos métodos de cálculo del IIVTNU en Las Palmas

Método objetivo

Multiplica el valor catastral del suelo por el coeficiente correspondiente al período de tenencia (dentro de los máximos del RDL 26/2021), aprobado por el Ayuntamiento de Las Palmas en su ordenanza fiscal anual. El tipo impositivo municipal se aplica sobre la base resultante.

Método real

Calcula la ganancia real de la transmisión (diferencia entre precio de venta y precio de compra) ponderada por la proporción del valor catastral del suelo. Se aplica el mismo tipo impositivo.

En Las Palmas, donde el mercado inmobiliario ha experimentado revalorizaciones significativas en los últimos años (especialmente en el barrio de Vegueta, Triana, Las Canteras y el Ensanche), el método real puede ser especialmente relevante en adquisiciones recientes con ganancia moderada.

Peculiaridades de Las Palmas: no residentes y mercado inmobiliario canario

Las Palmas de Gran Canaria tiene una proporción significativa de propietarios no residentes, tanto de países europeos (Alemania, Reino Unido, Países Bajos) como latinoamericanos (Venezuela, Cuba, Colombia). Para estos propietarios, la transmisión de un inmueble en Las Palmas genera una doble obligación:

  1. IIVTNU ante el Ayuntamiento de Las Palmas: igual que para los residentes, calculado con los mismos métodos y plazos.
  2. IRNR (modelo 210/211) ante la AEAT: en las compraventas, el comprador debe retener el 3% del precio de venta como pago a cuenta del IRNR del vendedor no residente (modelo 211). El vendedor presenta su declaración de la ganancia patrimonial (modelo 210) al tipo del 19% (UE/EEE) o 24% (resto), con posibilidad de deducir el importe pagado en el IIVTNU.

La deducibilidad del IIVTNU pagado en el cálculo de la ganancia patrimonial en el IRNR es un aspecto que muchos gestores pasan por alto: el importe pagado en concepto de plusvalía municipal puede deducirse del precio de venta a efectos del IRNR, reduciendo la base imponible de la ganancia patrimonial.

El Impuesto de Sucesiones canario y su interacción con la plusvalía en Las Palmas

La Comunidad Autónoma de Canarias tiene normativa propia en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, con reducciones y bonificaciones específicas que han ido evolucionando en los últimos años. En herencias con inmuebles en Las Palmas, el heredero debe liquidar:

  • ISD canario ante la Agencia Tributaria Canaria (ATC) — administración autonómica.
  • IIVTNU ante el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria — administración local.

Ambos impuestos son independientes pero deben coordinarse en el cálculo, ya que el valor declarado del inmueble en el ISD puede ser referenciado por el Ayuntamiento en una comprobación de la plusvalía por el método real.

Plazos de autoliquidación en Las Palmas

Tipo de transmisiónPlazo
Compraventa30 días hábiles desde la escritura
Donación30 días hábiles desde la escritura
Herencia6 meses desde el fallecimiento
Prórroga herencia+6 meses (solicitar antes del mes 5)

La RIC y el REF canario: ¿afectan a la plusvalía municipal?

El Régimen Económico y Fiscal Especial de Canarias (REF) incluye incentivos fiscales como la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC), la Zona Especial Canaria (ZEC) y deducciones en el IS y el IRPF. Sin embargo, estos incentivos no afectan al IIVTNU, que es un impuesto municipal independiente del REF.

Si tiene una empresa en la ZEC o utiliza la RIC en sus actividades en Canarias, las ventajas fiscales del REF no reducen la plusvalía municipal que se devengue en las transmisiones de inmuebles de la empresa. Para más información sobre los beneficios del REF y la ZEC, consulte nuestra sección de planificación fiscal.

Consulte el artículo sobre el fallo del TC y la regulación actual del IIVTNU y la guía práctica de cálculo de la plusvalía municipal.

FAQ

Preguntas frecuentes

Sí. A diferencia del País Vasco y Navarra (que tienen regímenes forales propios), Canarias se rige por el régimen tributario común en lo que respecta al IIVTNU. La plusvalía municipal en Las Palmas de Gran Canaria está regulada por el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), la STC 182/2021 y el Real Decreto-ley 26/2021. El Ayuntamiento de Las Palmas aprueba sus propios coeficientes y tipos dentro de los máximos legales. Las particularidades fiscales canarias (IGIC, REF canario, ZEC) no afectan al IIVTNU, que es un impuesto municipal y no autonómico.
Para un apartamento en Las Canteras con valor catastral del suelo de 80.000 euros, vendido tras 10 años de tenencia, el cálculo con el método objetivo sería: base = 80.000 × 0,08 = 6.400 €; cuota al tipo aprobado por el Ayuntamiento (supongamos 25%) = 1.600 €. Si la ganancia real proporcional al suelo es de 50.000 €, la cuota por el método real sería 12.500 €, por lo que conviene el objetivo. Los valores catastrales en Las Canteras son moderados comparados con zonas turísticas de la Costa del Sol, lo que suele hacer más favorable el método real en adquisiciones recientes con alta revalorización.
El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria puede aplicar bonificaciones en el IIVTNU para transmisiones mortis causa cuando el inmueble era la vivienda habitual del causante y el beneficiario es el cónyuge, descendientes o ascendientes. Los detalles exactos de la bonificación (porcentaje y requisitos) se establecen en la ordenanza fiscal del Ayuntamiento vigente para cada ejercicio. En BMC verificamos la ordenanza vigente y asesoramos sobre si la bonificación es aplicable en cada caso concreto.
Los no residentes en España que venden un inmueble en Las Palmas de Gran Canaria están sujetos al IIVTNU en los mismos términos que los residentes (mismos coeficientes, tipo y métodos). Adicionalmente, el comprador debe retener el 3% del precio de venta e ingresarlo en la AEAT como pago a cuenta del IRNR del vendedor no residente (modelo 211). Estas son obligaciones independientes: el IIVTNU se paga al Ayuntamiento de Las Palmas y el IRNR (ganancia patrimonial de no residente) a la AEAT. BMC gestiona ambas coordinadamente para vendedores no residentes con inmuebles en Las Palmas.
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Canarias está regulado por la normativa autonómica de la Comunidad Autónoma de Canarias, que ha introducido reducciones y bonificaciones propias. En herencias en Las Palmas, el heredero debe liquidar tanto el ISD ante la Agencia Tributaria Canaria (AICPC) como el IIVTNU ante el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. El valor catastral del inmueble en el ISD y el valor declarado pueden tener implicaciones en el cálculo de la plusvalía por el método real. BMC coordina ambos impuestos para optimizar la carga fiscal total de la herencia.
El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria permite solicitar el fraccionamiento y aplazamiento del pago del IIVTNU, lo cual puede ser muy útil en herencias cuando los herederos no disponen de liquidez antes de poder vender el inmueble o acceder a los activos hereditarios. La solicitud debe presentarse antes de que venza el plazo ordinario de autoliquidación (6 meses desde el fallecimiento) y conlleva el devengo de intereses de demora sobre el importe aplazado. En BMC gestionamos las solicitudes de aplazamiento ante el Ayuntamiento de Las Palmas para facilitar la liquidez de los herederos en situaciones complejas.

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