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Asesoramiento fiscal en Las Palmas: expertos en ZEC, REF canario, RIC e IGIC para empresas y holding internacionales

asesoramiento fiscal en Las Palmas para empresas que buscan el régimen ZEC, REF, RIC, IGIC y las ventajas fiscales del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

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El problema

El Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF) es uno de los marcos tributarios más atractivos de Europa para empresas internacionales, pero también uno de los más complejos y exigentes en cuanto a requisitos de cumplimiento. La Zona Especial Canaria (ZEC), con su tipo reducido del 4% en el Impuesto de Sociedades, esta sujeta a requisitos estrictos de creacion de empleo, inversión mínima, actividades elegibles y mantenimiento de la actividad real en el archipielago. La Reserva para Inversiones en Canarias (RIC) ofrece una reducción de hasta el 90% de la base imponible del IS, pero su aplicación incorrecta —inversiones no elegibles, plazos de materializacion incumplidos, ausencia de documentación— genera regularizaciones con intereses de demora y sanciones. Además, el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) tiene tipos y reglas distintas al IVA peninsular que muchas empresas que expanden su actividad a Canarias no conocen. Sin un asesor fiscal especializado en el régimen canario, las empresas pierden los incentivos a los que tienen derecho o, peor, los aplican incorrectamente.

Nuestra solución

En BMC somos especialistas en la fiscalidad del Régimen Económico y Fiscal de Canarias. Asesoramos a empresas que quieren instalarse en la Zona Especial Canaria (ZEC) o que ya operan en Las Palmas y desean aprovechar al máximo los incentivos del REF: la ZEC, la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC), la Deducción por Inversiones en Canarias y el Régimen Especial de la Zona Franca de la Palmas del Gran Canaria. Gestionamos el IGIC para empresas con actividad en las Islas Canarias y coordinamos con la Agencia Tributaria Canaria y la AEAT en las obligaciones específicas del archipielago. La ZEC tiene fecha límite de concesión de nuevas autorizaciones hasta el 31 de diciembre de 2026: el momento de actuar es ahora.

Proceso

Como lo hacemos

1

Análisis de elegibilidad y beneficios del REF

Evaluamos si su empresa o proyecto reune los requisitos para acceder a los distintos incentivos del REF canario: la ZEC (tipo IS del 4%), la RIC (reducción de hasta el 90% de la base imponible), la Deducción por Inversiones en Canarias (porcentaje sobre inversiones en activos fijos) y el Régimen de la Zona Franca. Le presentamos un análisis comparativo del ahorro fiscal esperado frente al régimen general español.

2

Solicitud de inscripción en la ZEC

Gestionamos todo el proceso de inscripción en el Registro Oficial de Entidades de la ZEC ante el Consorcio de la Zona Especial Canaria: elaboración de la memoria de actividades, acreditacion de los requisitos de empleo e inversión mínima, presentación de la solicitud y seguimiento hasta la obtención de la autorización. Le asesoramos sobre la actividad específica que puede desarrollar bajo el régimen ZEC y las limitaciones aplicables.

3

Gestión de la RIC y deducciones canarias

Planificamos la dotacion anual a la Reserva para Inversiones en Canarias conforme a los beneficios obtenidos, identificamos las inversiones elegibles para la materializacion de la RIC (inmovilizado material e inmaterial, valores, activos financieros elegibles), documentamos el cumplimiento de los requisitos de mantenimiento y le representamos ante la AEAT si hay una comprobación sobre la correcta aplicación de la RIC.

4

Gestión del IGIC y cumplimiento fiscal periódico

Gestionamos todas las obligaciones fiscales periódicas bajo el régimen canario: IGIC (Impuesto General Indirecto Canario, tipos del 0%, 3%, 7%, 9,5% y 15%), Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias (AIEM), Impuesto de Sociedades con aplicación de los incentivos del REF, y modelos informativos específicos de Canarias.

4%
Tipo IS reducido en la Zona Especial Canaria (ZEC)
90%
Máximo de reducción de base imponible via RIC
Dic 2026
Fecha límite de nuevas autorizaciones ZEC

Tenemos una empresa de servicios tecnológicos y estabamos buscando una estructura eficiente para escalar internacionalmente. BMC nos explico las posibilidades de la ZEC con detalle, gestiono toda la inscripción y ahora operamos desde Las Palmas al 4% del IS en las actividades ZEC. El ahorro es enorme y el cumplimiento esta perfectamente documentado.

Isabel Mendez Cabrera CEO, Atlantech Solutions ZEC SL

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asesoramiento fiscal en Las Palmas: la oportunidad del REF canario antes de diciembre de 2026

El Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF) es uno de los marcos fiscales más favorables de toda la Union Europea para empresas internacionales, avalado por la Comisión Europea como régimen de ayuda de Estado compatible con el mercado interior. La Zona Especial Canaria (ZEC) —el instrumento más potente del REF— ofrece un tipo del 4% en el Impuesto de Sociedades sobre las actividades elegibles, muy por debajo de los tipos del impuesto de sociedades de países como Irlanda (12,5%), Holanda (25%) o España Peninsula (25%). La actual autorización de la ZEC expira el 31 de diciembre de 2026, lo que significa que las empresas que quieran inscribirse y beneficiarse del régimen tienen que actuar durante 2026.

En BMC somos especialistas en el REF canario. Hemos asesorado a empresas tecnológicas, de servicios internacionales, de comercio mayorista y de logística en su instalación en Las Palmas de Gran Canaria bajo el régimen ZEC, y gestionamos el cumplimiento continuado de los requisitos del régimen para que los clientes nunca pierdan el tipo reducido.

El ecosistema de ventajas fiscales en Las Palmas de Gran Canaria

  • ZEC: Tipo IS del 4% sobre la base elegible (hasta 1,8 M para 1 empleado, escalando con plantilla)
  • RIC: Reducción de hasta el 90% de la base imponible del IS dotando reserva para inversiones en Canarias
  • Deducción por Inversiones: Porcentaje adicional (80% más que en Peninsula) sobre inversiones en activos fijos
  • IGIC: Tipo general del 7% (frente al 21% del IVA): ventaja competitiva en el mercado local
  • Zona Franca: Posibilidades de depósito de mercancías sin pago de aranceles ni AIEM

Actividades elegibles para la ZEC en Las Palmas

La ZEC tiene un catálogo cerrado de actividades elegibles. Entre las más demandadas por empresas internacionales se encuentran: servicios de tecnología de la información y las comunicaciones (desarrollo de software, hosting, cloud, ciberseguridad), centros de llamadas y customer service, comercio mayorista de mercancías, importación y reexportacion a Africa y America Latina, servicios de consultoría y gestión empresarial internacional, transporte maritimo y aereo, y actividades industriales de transformación. BMC verifica la elegibilidad de la actividad de cada cliente antes de iniciar el proceso de inscripción en el Registro ZEC.

FAQ

Preguntas frecuentes

La Zona Especial Canaria (ZEC) es un área de baja tributación autorizada por la Union Europea en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF). Las empresas ZEC tributan al 4% en el Impuesto de Sociedades sobre la base imponible que corresponde a las actividades ZEC elegibles (hasta límites máximos de base determinados por el empleo). Pueden acceder empresas de nueva creacion o sucursales de empresas existentes que desarrollen actividades elegibles (servicios de tecnología, call center, comercio mayorista, transporte, industria, etc.), creen al menos un empleo (tres en el caso de Las Palmas de Gran Canaria), e inviertan al menos 100.000 euros en activos fijos en Gran Canaria (50.000 euros en islas menores) en los dos primeros años.
La Reserva para Inversiones en Canarias (RIC) es un incentivo fiscal del REF canario que permite a las empresas que operan en Canarias reducir su base imponible del Impuesto de Sociedades en hasta el 90% de los beneficios obtenidos, dotando una reserva que debe materializarse en inversiones elegibles en las Islas Canarias en un plazo de tres años. Los activos elegibles incluyen el inmovilizado material e intangible nuevo, la creacion de empleo, valores de deuda pública canaria, suscripcion de participaciones en entidades canarias y otros. Si la RIC no se materializa en plazo, o se materializa en activos no elegibles, hay que regularizar el ahorro fiscal obtenido con intereses de demora. BMC gestiona la dotacion, materializacion y documentación de la RIC.
El IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) es el equivalente canario del IVA peninsular, pero con tipos impositivos diferentes. El tipo general del IGIC es el 7% (frente al 21% del IVA), con tipos reducidos del 3% y 0% para determinados bienes y servicios, y tipos incrementados del 9,5% y 15% para artículos de lujo. Además, el IGIC tiene reglas propias de devengo, deducción y gestión que en algunos puntos difieren del IVA. Las empresas peninsulares que abren delegacion en Canarias o que comercian con empresas canarias deben adaptarse al IGIC. BMC asesora sobre todas las implicaciones del IGIC para empresas con actividad en las Islas Canarias.
Si, siempre que la filial ZEC tenga actividad real y sustancia económica en las Islas Canarias. La ZEC no es una structure puramente administrativa: la empresa debe tener al menos un empleado de alta en la Seguridad Social en Canarias, desarrollar actividades elegibles reales desde Las Palmas o Tenerife, y cumplir los requisitos de inversión. Las estructuras artificiales sin sustancia real son incompatibles con el régimen ZEC y con las reglas anti-evasion de la UE. BMC asesora sobre la estructura mínima requerida para acceder a los beneficios de la ZEC de forma sólida y conforme al régimen.

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