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NHR Portugal 2024: lo que cambió y lo que sigue siendo posible para españoles

El régimen NHR de Portugal fue reformado en enero de 2024. Qué aplicaba antes, qué ha cambiado con el IFICI, quién puede acceder todavía y qué alternativas tienen los españoles que consideraban Portugal como destino fiscal.

Diagnóstico de viabilidad fiscal

El problema

Durante más de una década, el régimen de Residente No Habitual (NHR) de Portugal fue uno de los destinos fiscales más atractivos para empresarios, rentistas y jubilados españoles: diez años con tipos reducidos sobre rendimientos del trabajo y actividades profesionales de «alto valor añadido», y en algunos casos exención total sobre pensiones extranjeras y dividendos de fuente extranjera. Muchos españoles estructuraron su traslado a Portugal basándose en ese régimen. Desde el 1 de enero de 2024, el NHR ya no existe tal como se conocía. El nuevo régimen IFICI que lo ha sustituido es mucho más restrictivo y no está disponible para el empresario o profesional español típico. Quien planifique hoy un traslado a Portugal en base a información desactualizada sobre el NHR puede encontrarse con una sorpresa muy desagradable.

Nuestra solución

En BMC asesoramos a españoles que consideran Portugal como destino de residencia fiscal con información actualizada: qué ofrece realmente el IFICI para quienes pueden acceder, qué alternativas existen para quienes no cumplen los nuevos requisitos, y cómo articular el traslado de forma que la coordinación entre la fiscalidad española de salida y la portuguesa de acogida sea correcta desde el primer día.

Proceso

Como lo hacemos

1

Evaluación del IFICI y alternativas

Analizamos si el cliente cumple los requisitos del nuevo régimen IFICI 2024 —investigador, científico, perfil tech cualificado o emprendedor en startup certificada—. Si no cumple los requisitos, evaluamos alternativas: residencia ordinaria en Portugal con convenio de doble imposición España-Portugal, planificación de la salida coordinada con el exit tax español, o análisis comparado con otras jurisdicciones.

2

Estructuración del traslado

Si el traslado es viable, diseñamos el proceso completo: solicitud del IFICI ante la Autoridade Tributária, calendario de baja en España, declaración del exit tax si procede, regularización del modelo 720 para activos en el exterior, y planificación del primer año de transición para asegurar que la residencia en Portugal se acredita correctamente.

3

Coordinación fiscal España-Portugal

Gestionamos la coordinación entre la fiscalidad española de salida y la portuguesa de acogida: convenio de doble imposición, rentas de fuente española que siguen tributando en España, obligaciones informativas mantenidas (modelo 720 si se mantienen activos en España superiores a €50.000 por categoría), y cumplimiento fiscal recurrente en ambas jurisdicciones.

20%
Tipo del antiguo NHR sobre rendimientos de profesiones de alto valor añadido (lista tasada)
2024
Año en que el NHR fue abolido y sustituido por el IFICI, mucho más restrictivo
10
Años de duración del beneficio fiscal tanto en el NHR original como en el IFICI

Llevaba dos años planeando el traslado a Portugal bajo el NHR para cuando me jubilara. Cuando contacté con BMC me explicaron que el NHR había cambiado completamente y que yo no cumplía los requisitos del nuevo IFICI. Revisamos las opciones y estructuramos la jubilación de forma diferente pero igualmente eficiente. Mejor saberlo con tiempo.

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El NHR que todos conocían ya no existe

Desde el 1 de enero de 2024, el régimen de Residente No Habitual (NHR) de Portugal ha sido abolido y sustituido por el IFICI (Incentivo Fiscal à Investigação Científica e Inovação). El cambio es radical: el NHR estaba abierto a cualquier profesional que ejerciera actividades de «alto valor añadido» según una lista tasada relativamente amplia. El IFICI se limita a investigadores, científicos, perfiles tecnológicos específicos y emprendedores en startups certificadas.

Para el empresario o profesional liberal español típico —consultor, directivo, médico, abogado, arquitecto, rentista— el IFICI no existe como opción. Quien planifique hoy un traslado a Portugal con información sobre el NHR de 2019 o 2021 está planificando sobre una realidad que ya no existe.

Qué era el NHR y por qué era atractivo

El Non-Habitual Resident, creado en 2009, ofrecía diez años de ventajas fiscales a los nuevos residentes en Portugal. Las más relevantes para españoles:

Tipo del 20% sobre rendimientos del trabajo en actividades de la lista de «alto valor añadido»: actividades de dirección empresarial, arquitectura, ingeniería, geología, informática y tecnologías de la información, consultoría de gestión, medicina, auditoría, entre otras. Para un directivo o consultor que en España tributaría al 45-47%, el diferencial era notable.

Exención sobre pensiones extranjeras: hasta 2019, las pensiones de fuente extranjera estaban exentas en Portugal bajo el NHR. En 2020 se introdujo un tipo del 10% sobre estas pensiones (cambio que generó protestas de la comunidad de jubilados europeos en Portugal) que sigue siendo muy inferior a lo que tributarían en España.

Exención sobre rendimientos de capital extranjero: dividendos, intereses y plusvalías de fuente extranjera podían estar exentos en Portugal cuando el convenio aplicable permitía su tributación en el país de origen.

El IFICI 2024: quién puede acceder

El nuevo régimen IFICI mantiene el período de diez años y el tipo del 20%, pero restringe el acceso a:

  • Investigadores y docentes en instituciones de investigación acreditadas en Portugal
  • Profesionales contratados por entidades con actividades de investigación o innovación certificadas
  • Trabajadores en startups certificadas por el IAPMEI (agencia portuguesa de PME e Innovación) o en entidades de economía social
  • Determinados perfiles tecnológicos en sectores específicos definidos en la legislación

El perfil habitual del español que consideraba el NHR —empresario, consultor independiente, jubilado con rentas de capital, directivo en multinacional— no encaja en ninguna de estas categorías.

Los que mantienen el NHR original

Los contribuyentes que obtuvieron el estatuto NHR antes del 1 de enero de 2024 conservan el beneficio hasta el final de sus diez años. Si un español obtuvo el NHR en 2021, puede mantenerlo hasta 2031 en las condiciones del régimen en ese momento —incluyendo el tipo del 10% sobre pensiones extranjeras vigente desde 2020.

Alternativas reales para quienes no pueden acceder al IFICI

Descartado el IFICI para la mayoría de perfiles, las alternativas son:

Residencia ordinaria en Portugal: el IRPF portugués tiene tipos del 13,25% al 48%. Para rentas altas no hay una ventaja sustancial sobre España, salvo que existan fuentes de renta extranjera que el convenio España-Portugal atribuya al Estado de residencia y que en Portugal tributen a tipos más favorables que en España.

Otras jurisdicciones: Andorra (IRPF al 10%, sin IP), Malta (remittance basis para extranjeros con rentas no remitidas), Chipre (IS al 12,5%, sin IP), o la propia revisión de la fiscalidad dentro del marco español —que en muchos casos ofrece más margen del que se piensa antes de valorar traslados al exterior.

La coordinación fiscal España-Portugal en la práctica

El Convenio de Doble Imposición España-Portugal sigue los modelos OCDE y distribuye la potestad tributaria entre ambos países. Al trasladar la residencia a Portugal, el contribuyente pasa a ser no residente en España (IRNR) pero mantiene obligaciones por rentas de fuente española: alquileres de inmuebles en España, dividendos de empresas españolas sujetos a retención y ganancias patrimoniales por transmisión de inmuebles situados en España.

Si supera los umbrales del artículo 95.bis LIRPF, debe declarar el exit tax en España. A diferencia del traslado a Andorra, el exit tax a un país de la UE como Portugal puede aplazarse hasta la realización efectiva de la plusvalía, lo que mejora sensiblemente el impacto del cambio de residencia para contribuyentes con plusvalías latentes elevadas.

Lo que hacemos en BMC

Asesoramos a españoles que consideran Portugal —u otras jurisdicciones— con información actualizada y sin sesgos. El análisis empieza por entender la composición de las rentas del cliente, su situación patrimonial y sus vínculos con España. A partir de ahí evaluamos qué régimen aplica realmente, cuál es el coste del traslado (exit tax, costes de establecimiento, coste de mantenimiento de obligaciones en España) y cuál es el ahorro neto esperado en el tiempo.

Si Portugal sigue siendo la mejor opción en el marco del IFICI o de la fiscalidad ordinaria, estructuramos el traslado de forma correcta. Si otras jurisdicciones ofrecen mejores condiciones para el perfil específico del cliente, lo decimos.

FAQ

Preguntas frecuentes

El Non-Habitual Resident (NHR), en vigor desde 2009, ofrecía a los nuevos residentes fiscales en Portugal un período de diez años con ventajas significativas: tipo del 20% sobre rendimientos del trabajo en actividades de «alto valor añadido» (lista tasada que incluía actividades de dirección, arquitectura, ingeniería, informática, consultoría, medicina); exención sobre pensiones de fuente extranjera (eliminada en 2020, sustituida por un tipo del 10%); y exención sobre rendimientos de capital de fuente extranjera cuando el convenio aplicable permitía su tributación en el país de origen. Para jubilados y profesionales cualificados que trasladaban su residencia a Portugal, el régimen era genuinamente atractivo.
El gobierno portugués abolió el NHR con efectos desde el 1 de enero de 2024 y lo sustituyó por el IFICI (Incentivo Fiscal à Investigação Científica e Inovação). El IFICI es fundamentalmente diferente: en lugar de estar abierto a cualquier profesional de «alto valor añadido», se limita a investigadores y docentes en instituciones de investigación acreditadas, profesionales en startups certificadas por el IAPMEI o en entidades de economía social, y determinados perfiles tecnológicos cualificados en sectores específicos. El empresario o profesional liberal típico —consultor, directivo, médico, abogado, arquitecto— ya no puede acceder al beneficio.
Sí. Los residentes que obtuvieron el estatuto NHR antes del 1 de enero de 2024 conservan el beneficio hasta el final de su período de diez años. La reforma solo afecta a nuevas solicitudes. Si un español obtuvo el NHR en 2021, puede mantenerlo hasta 2031 en las condiciones del régimen original (con las modificaciones ya introducidas en años anteriores, como el tipo del 10% sobre pensiones extranjeras que sustituyó a la exención en 2020).
La primera opción es la residencia ordinaria en Portugal sin régimen especial. El IRPF portugués tiene tipos progresivos del 13,25% al 48%, similares a España en tramos altos. La ventaja puede seguir existiendo si el contribuyente tiene rentas de fuente extranjera que el convenio España-Portugal atribuye al Estado de residencia, o si puede aprovechar deducciones y exenciones de la legislación portuguesa ordinaria. La segunda opción es evaluar otras jurisdicciones: Andorra (IRPF al 10%, sin IP), Malta (sistema de remittance basis), Chipre (tipo IS del 12,5%, exención dividendos), o incluso la optimización fiscal dentro del propio marco español.
El convenio España-Portugal, en vigor desde 1995 y actualizado en 2015, sigue los modelos OCDE y distribuye la potestad tributaria entre ambos países. Las rentas del trabajo tributarán en Portugal si la actividad se ejerce allí. Los dividendos de empresas españolas pueden estar sujetos a retención en España (hasta el 10% en el convenio) y exención o crédito en Portugal. Las pensiones de fuente española de la Seguridad Social tributan en España. La correcta aplicación del convenio requiere un análisis específico por tipo de renta.
Al trasladar la residencia a Portugal, el contribuyente deja de ser residente fiscal en España y pasa a ser no residente (IRNR). Sin embargo, mantiene obligaciones en España por las rentas de fuente española que el convenio atribuye a España: alquileres de inmuebles en España, dividendos de empresas españolas sujetos a retención, ganancias patrimoniales por transmisión de inmuebles situados en España. También debe declarar el exit tax si supera los umbrales del artículo 95.bis LIRPF, y presentar el modelo 720 si mantiene activos en el exterior superiores a €50.000 por categoría (este modelo lo presenta un no residente solo si tuvo obligación en años anteriores, pero conviene verificar la situación específica).
Sí, aunque con matices. Los criterios del artículo 9 LIRPF son los mismos para cualquier traslado de residencia: permanencia en España ≥183 días, núcleo de intereses económicos en España, o familia residente en España. Portugal, como Estado miembro de la UE, tiene mecanismos de cooperación administrativa con España que facilitan el intercambio de información entre administraciones. El riesgo de impugnación es real especialmente para contribuyentes que mantienen actividad económica principal en España mientras residencian en Portugal. La diferencia con Andorra es que el exit tax a Portugal, al ser UE, puede aplazarse hasta la realización efectiva de la plusvalía.

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