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Deducciones autonómicas IRPF 2025: guía por comunidad

Tema: deducciones autonómicas IRPF 2025

Deducciones autonómicas IRPF 2025: importes en Madrid, Cataluña, Andalucía y regímenes forales. No salen en el borrador — cómo aplicarlas.

9 min de lectura

Las deducciones autonómicas son uno de los elementos más frecuentemente ignorados en la declaración del IRPF. A diferencia de las deducciones estatales —que aparecen en el borrador de Renta WEB si la AEAT tiene los datos—, las autonómicas no se incorporan automáticamente y requieren que el contribuyente las identifique, calcule y consigne manualmente. Cada comunidad autónoma establece sus propias deducciones en el ejercicio de sus competencias normativas sobre el tramo autonómico del IRPF, lo que genera un mosaico de beneficios fiscales que puede suponer varios cientos o incluso miles de euros de ahorro en la cuota.

Qué son las deducciones autonómicas del IRPF

El IRPF es un impuesto compartido entre el Estado y las comunidades autónomas. Cada comunidad dispone de competencias normativas sobre el tramo autonómico, que supone aproximadamente el 50% del impuesto. En el ejercicio de esas competencias, pueden establecer deducciones propias que se aplican exclusivamente sobre la cuota autonómica del IRPF.

Estas deducciones son adicionales a las deducciones estatales (deducción por maternidad, por eficiencia energética, por planes de pensiones, etc.) y se aplican en las páginas específicas de la declaración reservadas para el tramo autonómico. El programa Renta WEB las incluye en los apartados correspondientes a cada comunidad, pero el contribuyente debe activarlas manualmente.

El hecho de que no aparezcan en el borrador de la AEAT responde a que la administración tributaria estatal carece de información directa sobre el cumplimiento de los requisitos autonómicos específicos. Esta información reside en los registros de las propias comunidades autónomas, que no la remiten sistematizadamente a la AEAT.

Deducciones autonómicas en la Comunidad de Madrid

Madrid ofrece un catálogo amplio de deducciones autonómicas, que complementan los bajos tipos impositivos autonómicos de la comunidad:

Deducción por nacimiento o adopción: 600 euros por el primer hijo, 750 euros por el segundo y 900 euros por el tercero y siguientes. Aplicable en el ejercicio del nacimiento o adopción. En caso de discapacidad del hijo, los importes se incrementan.

Deducción por acogimiento familiar: 600 euros por cada menor en régimen de acogimiento familiar simple, permanente o preadoptivo, siempre que el menor conviva con el contribuyente más de 183 días del ejercicio.

Deducción por gastos educativos: el 15% de los gastos de escolarización en centros privados concertados o privados para alumnos en Educación Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato o Formación Profesional. El máximo es de 900 euros por alumno. Deben conservarse los justificantes de pago.

Deducción por arrendamiento de vivienda habitual: el 30% de las cuotas satisfechas en el arrendamiento de vivienda habitual, con un máximo de 1.000 euros anuales, para menores de 35 años o mayores de 65 años con ingresos inferiores a 30.000 euros anuales (o 36.000 en tributación conjunta).

Deducción por inversión en entidades de nueva o reciente creación: el 20% de las cantidades satisfechas por suscripción de acciones o participaciones en sociedades de nueva o reciente creación, con base máxima de 20.000 euros anuales. La sociedad debe cumplir los requisitos del artículo 68.1 de la Ley del IRPF.

Deducción por donativos a fundaciones: el 15% de los donativos a fundaciones domiciliadas en Madrid que no puedan acogerse al régimen de mecenazgo estatal.

Deducciones autonómicas en Cataluña

La Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) gestiona el tramo autonómico del IRPF de los residentes en Cataluña. Las principales deducciones autonómicas para el ejercicio 2025 son:

Deducción por arrendamiento de vivienda habitual: el 10% de las cantidades satisfechas en el ejercicio por el alquiler de la vivienda habitual, con un máximo de 300 euros anuales (o 600 euros en tributación conjunta). Los contribuyentes menores de 32 años, mayores de 65, con discapacidad reconocida del 65% o más, o en situación de dependencia, pueden deducir hasta 300 euros aunque el porcentaje sea inferior al 10%, si los ingresos no superan los umbrales establecidos.

Deducción por donaciones y otros conceptos a entidades del tercer sector: el 25% de los importes donados a fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública y otras entidades que tengan por objeto el fomento de actividades de interés social en Cataluña, con una base máxima equivalente al 10% de la cuota íntegra autonómica.

Deducción por rehabilitación de la vivienda habitual: el 1,5% de las cantidades invertidas en obras de rehabilitación de la vivienda habitual, con un máximo de 9.040 euros de base.

Deducción por protección del medio ambiente: el 15% de las inversiones en instalaciones de energías renovables en la vivienda, con una base máxima de 4.000 euros.

Deducción por nacimiento o adopción de hijos: 150 euros por el primer hijo, 225 euros por el segundo y 300 euros por el tercero y siguientes, para contribuyentes que residan en municipios de menos de 2.000 habitantes.

Deducciones autonómicas en Andalucía

Andalucía dispone de deducciones autonómicas orientadas principalmente a la natalidad, la conciliación familiar y la adquisición de vivienda:

Deducción por adopción internacional: 600 euros por cada hijo adoptado en el ejercicio mediante adopción internacional.

Deducción para contribuyentes con discapacidad: 100 euros para contribuyentes con discapacidad reconocida del 33% o más, siempre que no sean titulares de patrimonio sujeto al Impuesto sobre el Patrimonio por encima del mínimo exento.

Deducción por inversión en vivienda habitual nueva con protección oficial o en municipios en riesgo de despoblación: el 2% del importe satisfecho en la adquisición de vivienda habitual de protección oficial o de vivienda nueva en municipios considerados en riesgo de despoblamiento según la normativa autonómica.

Deducción por gastos de guardería: el 15% de los gastos en guarderías y centros de educación infantil de primer ciclo para hijos menores de 3 años, con un máximo de 500 euros por hijo. Aplicable cuando ninguno de los progenitores percibe la deducción estatal por maternidad con la componente de guardería.

Deducción por arrendamiento de vivienda habitual por motivos de trabajo: el 15% de las cuotas de alquiler satisfechas en la vivienda habitual cuando el contribuyente ha tenido que trasladar su residencia por razones laborales, con un máximo de 500 euros anuales.

Régimen foral: País Vasco

El IRPF en el País Vasco está regulado por la normativa foral de cada uno de los tres Territorios Históricos (Álava, Bizkaia y Gipuzkoa), aprobada por sus respectivas Normas Forales del IRPF. Las declaraciones se presentan ante cada Diputación Foral, no ante la AEAT.

Las principales características diferenciales del IRPF foral vasco respecto al régimen común son:

Mínimos personales y familiares más elevados. El mínimo personal en el régimen foral vasco es superior al del régimen común. Los mínimos por descendientes también son más generosos, con importes incrementados para los primeros hijos y para hijos con discapacidad.

Deducción por descendientes: las Normas Forales establecen deducciones directas en cuota por cada hijo o descendiente, que reducen directamente la cuota tributaria (no la base imponible). Estas deducciones son de cuantía significativa y mejoran el resultado de la declaración respecto al régimen común.

Deducción por alquiler de vivienda habitual: en Bizkaia y Gipuzkoa existe una deducción del 20% de los alquileres satisfechos por la vivienda habitual, con bases máximas establecidas en cada Norma Foral.

Deducción por inversión en vivienda habitual: aunque la deducción por adquisición de vivienda habitual fue suprimida para nuevas adquisiciones, los contribuyentes que la venían practicando antes de la supresión mantienen el derecho al régimen transitorio con sus propias condiciones forales.

Deducción por actividades de investigación y desarrollo. El régimen foral vasco tiene incentivos específicos a la I+D con condiciones propias que pueden diferir del régimen común.

Régimen foral: Navarra

La Hacienda Foral de Navarra gestiona su propio IRPF con base en la Ley Foral 22/1998. Las características distintivas más relevantes para el ejercicio 2025 son:

Tarifa propia con tipos diferentes. La escala del IRPF de Navarra tiene tramos que parten del 13% para los primeros euros de renta y pueden alcanzar el 52% para las rentas más altas, con una estructura diferente a la del régimen común.

Mínimos personales y familiares. Navarra aplica sus propios mínimos personales y familiares, en general superiores a los del régimen común, lo que reduce la base liquidable.

Deducción por maternidad/paternidad foral. La Hacienda Foral de Navarra tiene deducciones propias por nacimiento o adopción de hijos que pueden diferir en importe y condiciones de la deducción estatal.

Deducción por alquiler de vivienda habitual. Los contribuyentes que arriendan su vivienda habitual tienen derecho a una deducción en cuota del 15% del importe de los alquileres satisfechos, con las limitaciones establecidas en la normativa foral.

Deducción por donaciones a entidades navarras. Donaciones a fundaciones, asociaciones de utilidad pública y otras entidades del tercer sector con actividad en Navarra pueden generar deducciones en el tramo foral con porcentajes y condiciones propias.

Cómo aplicar las deducciones autonómicas en Renta WEB

Para consignar las deducciones autonómicas en la declaración del IRPF:

  1. En Renta WEB, acceda a la sección de deducciones autonómicas, que se encuentra en el apartado específico para cada comunidad (el programa la identifica automáticamente según la residencia del contribuyente).
  2. Revise el catálogo de deducciones disponibles para su comunidad y verifique cuáles cumplen sus requisitos.
  3. Consigne el importe correspondiente en cada casilla, respetando los límites máximos y las condiciones de aplicación.
  4. Conserve los justificantes de los gastos y circunstancias que dan derecho a la deducción: facturas de guardería, contratos de arrendamiento, certificados de nacimiento o adopción, escrituras de adquisición de vivienda.

La AEAT puede requerir la documentación justificativa de las deducciones autonómicas aplicadas en cualquier actuación de comprobación. Si no puede acreditar el cumplimiento de los requisitos, la deducción será regularizada con los correspondientes intereses de demora.

En BMC revisamos el borrador de la declaración para identificar las deducciones autonómicas aplicables que el contribuyente no ha incluido, especialmente en los casos más complejos: cambio de residencia entre comunidades, años con nacimientos o adopciones, gastos educativos y arrendamientos de vivienda. Si desea una revisión integral de su declaración, consulte con nuestro equipo de planificación fiscal.

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