Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
El arrendamiento de locales comerciales es una prestación de servicios sujeta a IVA al tipo general del 21% cuando el arrendador actúa como empresario. El devengo del impuesto ocurre en el momento en que cada parte del precio pactado resulte exigible. El arrendador debe cumplir con las obligaciones de expedición de facturas, contabilidad y declaraciones-liquidaciones.
La posición de la DGT sobre el arrendamiento de locales por empresarios se mantiene constante desde 2014. Las consultas recientes reafirman la sujeción al IVA y precisan el momento del devengo según la exigibilidad del precio. No se observan cambios doctrinales en la materia de arrendamientos comerciales.
Análisis basado en 569 de 596 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.