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V0851-25 20 de mayo de 2025 · SG de Impuestos sobre el Consumo Criterio vigente
IVA · solar

La entrega de terrenos por un empresario está sujeta a IVA, salvo exenciones específicas para terrenos rústicos o destinados a uso público

Un Ayuntamiento consulta si la compra de un solar a una entidad inmobiliaria está sujeta o exenta de IVA. La DGT determina que la entrega de terrenos edificables o solares está sujeta al impuesto, a menos que se destinen a parques, jardines públicos o superficies viales de uso público.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Si dicha transmisión se encontrará sujeta y, en su caso, exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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