Una empresa de transporte pregunta si debe cambiar la fecha de una factura a petición de su cliente para retrasar el plazo de pago. La DGT responde que la factura emitida es correcta porque cumple con los plazos legales de emisión para empresarios.
Cuestión planteada Si la fecha de emisión de la factura es correcta o debe atender la solicitud de su cliente teniendo en cuenta los efectos de la fecha de emisión sobre el cómputo del plazo de pago de la factura.
Cuando el destinatario es un empresario o profesional, las facturas pueden expedirse desde el momento del devengo hasta el día 15 del mes siguiente. En este caso, el devengo ocurrió el 3 de junio de 2025, por lo que la factura emitida el 12 de junio es correcta. La DGT no tiene competencia para informar sobre plazos de pago de operaciones comerciales, ya que no es una cuestión tributaria.
Si el devengo ocurre el 3 de junio de 2025, una factura emitida el 12 de junio de 2025 es correcta según la normativa.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.