Ir al contenido

Herramientas prácticas

Calculadora Modelo 210

Estima el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) por tu inmueble en España. Válido para uso personal, alquiler o uso mixto.

Introduce los datos del inmueble

Valor catastral total (suelo + construcción). Consúltalo en el recibo del IBI o en la Sede Electrónica del Catastro.

Compruébalo en tu recibo de IBI: si el valor catastral fue actualizado desde 2012, el porcentaje de renta imputada baja al 1,1%.

El tipo impositivo es el 19% para residentes en UE/EEE, y el 24% para el resto.

Gestión profesional

¿Necesitas presentar el Modelo 210?

BMC gestiona las declaraciones de no residentes desde 290 €. Nos ocupamos de todo: cálculo, domiciliación, plazos y representación ante la AEAT.

Consulta gratuita

¿Qué es el Modelo 210?

El Modelo 210 es la declaración del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) que deben presentar los no residentes fiscales que poseen inmuebles en España. Grava tanto la renta imputada por uso personal (aunque el inmueble no se alquile) como los ingresos por arrendamiento.

Renta imputada (uso personal): La AEAT considera que un inmueble a disposición de su titular genera una renta ficticia equivalente al 2% del valor catastral (o al 1,1% si fue revisado desde 2012). Sobre esa base se aplica el tipo del 19% (residentes en la UE o el EEE) o el 24% (resto del mundo). Se presenta una vez al año.

Alquiler: Los ingresos por arrendamiento tributan por el importe bruto recibido, salvo para los residentes en la UE o el EEE, que pueden deducir los gastos necesarios para obtener esos rendimientos (IBI, comunidad, seguros, amortización, intereses, etc.) y tributar solo por el beneficio neto. Las presentaciones son trimestrales.

Uso mixto: Si el inmueble se alquila parte del año, se presentan dos declaraciones paralelas: una por los días de alquiler y otra por los días de uso personal, prorrateando el valor catastral.

En BMC somos especialistas en la fiscalidad de no residentes con inmuebles en España. Gestionamos la presentación del Modelo 210, la representación fiscal ante la AEAT y la optimización de su estructura de tributación. Consulte nuestro servicio de Fiscalidad de No Residentes.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que declarar aunque no alquile el inmueble?

Sí. Todo no residente con un inmueble urbano en España debe presentar el Modelo 210 por la renta imputada, aunque no lo arriende y aunque no lo use durante el año.

¿Cuándo se presenta el Modelo 210 por uso personal?

La declaración por renta imputada se puede presentar en cualquier momento del año natural siguiente al devengo. Por ejemplo, la renta imputada de 2025 se declara en cualquier día de 2026.

¿Qué gastos puedo deducir si vivo en la UE?

Como residente en la UE o el EEE puedes deducir todos los gastos directamente vinculados al alquiler: IBI, cuota de comunidad, primas de seguro, intereses de hipoteca, amortización del inmueble (3% del valor de construcción) y honorarios de gestión, entre otros.

¿Hay convenio de doble imposición con mi país?

España tiene convenios con más de 90 países. Dependiendo del convenio, el impuesto pagado en España puede deducirse en tu declaración del país de residencia. En BMC analizamos el convenio aplicable y optimizamos tu carga fiscal global.

¿Tienes un inmueble en España y no resides aquí?

Nuestros expertos en fiscalidad de no residentes gestionan tu Modelo 210, representan tu intereses ante la AEAT y optimizan tu tributación.

Llamar Contacto