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Guías prácticas

Guía ZEC Canarias 2026 — Tipo del 4% en IS

La Zona Especial Canaria es el régimen de tributación empresarial más bajo de la UE para empresas con sustancia real. Análisis completo del régimen, requisitos y proceso de inscripción.

4%

Tipo IS (vs. 25% general)

50M€

Base imponible máx. bonificada

31 dic 2026

Plazo de inscripción

¿Qué es la ZEC?

La Zona Especial Canaria (ZEC) es un régimen tributario de baja imposición autorizado por la Unión Europea en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF), regulado por la Ley 19/1994. Está administrada por el Consorcio de la Zona Especial Canaria y su vigencia actual, prorrogada por la Comisión Europea, se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026.

A diferencia de los paraísos fiscales, la ZEC es un régimen totalmente legal dentro del ordenamiento europeo, sujeto a estrictos requisitos de sustancia económica real, creación de empleo e inversión. No es una estructura de planificación agresiva: es un incentivo territorial diseñado para atraer inversión a las Islas Canarias.

4%

ZEC (Canarias)

15%

Startups (España)

25%

General (España)

23%

Pymes (España)

Requisitos para inscribirse en la ZEC

1

Actividad incluida en el catálogo ZEC

La actividad principal de la entidad debe estar incluida en el catálogo de actividades autorizadas por la Comisión Europea. Quedan expresamente excluidas: entidades financieras (banca, fondos, seguros) y comercio al por mayor intragrupo sin valor añadido real en Canarias.

2

Inversión mínima en activos fijos

La inversión debe realizarse en el plazo de 2 años desde la inscripción en el registro ZEC:

  • 100.000 € — Gran Canaria y Tenerife
  • 50.000 € — Resto de islas (Lanzarote, Fuerteventura, La Palma, El Hierro, La Gomera, La Graciosa)

La inversión en activos inmateriales (software, patentes) computa hasta el 50% del mínimo.

3

Creación de empleo mínima

Los puestos deben crearse y mantenerse dentro de los 6 meses siguientes a la inscripción. Se exige que sean puestos a tiempo completo con alta en Seguridad Social en Canarias:

  • 5 puestos — Gran Canaria y Tenerife
  • 3 puestos — Resto de islas
4

Domicilio y dirección efectiva en Canarias

La entidad ZEC debe tener su domicilio social y sede de dirección efectiva en territorio canario. La dirección efectiva implica que las decisiones de gestión y administración se adoptan realmente en Canarias. Un domicilio meramente formal no es suficiente: Hacienda exige sustancia económica real (personal directivo presente, reuniones de consejo, etc.).

Base imponible bonificada: límites por plantilla

El tipo del 4% solo se aplica sobre la base imponible bonificada — que varía en función del número de empleados en Canarias. El exceso tributa al tipo general del IS (25%).

Empleados en Canarias Base imponible máxima al 4% Ahorro fiscal vs 25% (aprox.)
3–5 empleados 1.800.000 € 378.000 €
6–8 empleados 3.780.000 € 793.800 €
9–11 empleados 5.940.000 € 1.247.400 €
12–14 empleados 8.100.000 € 1.701.000 €
15–17 empleados 10.500.000 € 2.205.000 €
18–20 empleados 12.600.000 € 2.646.000 €
21–24 empleados 17.640.000 € 3.704.400 €
25+ empleados 50.000.000 € 10.500.000 €

El ahorro fiscal estimado se calcula sobre la diferencia entre el tipo general (25%) y el tipo ZEC (4%). Fuente: Ley 19/1994, art. 43 bis.

Actividades elegibles y excluidas

El catálogo ZEC cubre la mayoría de actividades de servicios y tecnología. Las exclusiones son específicas.

Tecnología e informática

Desarrollo software, SaaS, ciberseguridad, IA, videojuegos

Consultoría y servicios profesionales

asesoramiento fiscal, legal, ingeniería, gestión empresarial

I+D e innovación

Centros de investigación, biotecnología, nanotecnología

Publicidad y marketing digital

Agencias digitales, SEO/SEM, producción de contenidos

Logística y distribución internacional

Gestión de cadena de suministro, comercio exterior (no intragrupo)

Turismo y hostelería

Hoteles, tour operadores, agencias de viaje

Servicios financieros y de seguros Excluida

Entidades de crédito, aseguradoras, fondos de inversión

Comercio al por mayor intragrupo Excluida

Centros de distribución de grupo, trading de materias primas intragrupo

Plazo crítico

La oportunidad de 2026: actúe antes del cierre

El régimen ZEC está autorizado hasta el 31 de diciembre de 2026. Una vez inscrita, la entidad puede beneficiarse del tipo del 4% durante toda la vida del régimen (incluidas posibles prórrogas). Las empresas que se inscriban antes del cierre estarán posicionadas para continuar bajo el nuevo marco que negocie el Consorcio ZEC con la Comisión Europea.

El Consorcio ZEC tramita las solicitudes con un plazo de resolución de 2 meses. Dado que la preparación de la documentación (plan de negocio, acreditación inversión, contratos laborales) puede requerir 4-6 semanas adicionales, se recomienda iniciar el proceso antes del 30 de septiembre de 2026.

Tiempo restante estimado

9 meses

hasta el cierre de inscripciones

Inicio del proceso recomendado:

Antes de sep 2026

Compatibilidad con otros incentivos REF

RIC — Reserva para Inversiones en Canarias

Las entidades ZEC pueden acogerse simultáneamente a la RIC. La RIC permite deducir en la base imponible del IS hasta el 90% de los beneficios no distribuidos destinados a inversión en Canarias, con un límite del 50% de la cuota íntegra. El efecto combinado ZEC + RIC puede reducir la tributación efectiva a tipos muy próximos a cero sobre la parte de beneficios reinvertidos.

DIC — Deducción por Inversiones en Canarias

La DIC permite aplicar deducciones por inversiones en activos fijos con una bonificación del 80% sobre los porcentajes de deducción de la Ley del IS. Es compatible con el régimen ZEC y reduce adicionalmente la cuota líquida. Especialmente relevante en los primeros años, cuando la empresa realiza las inversiones requeridas para inscribirse.

IGIC vs IVA

Canarias aplica el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) en lugar del IVA. El tipo general del IGIC es del 7% (vs. 21% IVA). Para empresas ZEC que facturen servicios a clientes fuera de Canarias (exportaciones de servicios), la operación puede estar exenta de IGIC, lo que supone una ventaja competitiva adicional frente a competidores peninsulares.

Ayudas de Estado e Informe OCDE

Al ser un régimen autorizado por la UE bajo el marco de ayudas de Estado para regiones ultraperiféricas, el régimen ZEC es totalmente compatible con el estándar BEPS de la OCDE, siempre que se cumplan los requisitos de sustancia económica. No está en la lista negra ni gris de la UE de jurisdicciones no cooperativas.

Proceso de inscripción en la ZEC

1

Constitución o adaptación de la entidad

La entidad ZEC debe estar constituida en España (SA o SL). Si ya existe una sociedad, puede solicitar la inscripción en la ZEC directamente; no es necesario crear una nueva entidad.

2

Elaboración del plan de actividades

Documento que describe la actividad a desarrollar, el plan de inversiones, el calendario de contratación y la justificación del interés económico para Canarias. Es el documento central de la solicitud.

3

Solicitud ante el Consorcio ZEC

Presentación de la solicitud al Consorcio de la Zona Especial Canaria (Las Palmas de Gran Canaria o Santa Cruz de Tenerife). Se adjunta escritura social, plan de actividades y documentación de los socios.

4

Resolución del Consorcio (2 meses)

El Consorcio ZEC dispone de 2 meses para resolver. En caso de silencio administrativo, la resolución se considera negativa. Puede interponerse recurso de alzada. La resolución favorable incluye la inscripción en el Registro Oficial de Entidades ZEC.

5

Inversión y creación de empleo (plazo 2 años)

Tras la inscripción, la entidad ZEC dispone de 2 años para realizar la inversión mínima en activos fijos y de 6 meses para crear los puestos de trabajo requeridos. El incumplimiento supone la baja del registro.

6

Declaración IS con tipo ZEC (4%)

Una vez cumplidos los requisitos, la entidad aplica el tipo del 4% en su declaración del Impuesto sobre Sociedades (Mod. 200), desglosando la base imponible bonificada de la no bonificada.

Riesgos, compliance y sustancia económica

Puntos de atención en inspecciones

Falta de sustancia económica real

Hacienda puede cuestionar el tipo ZEC si no hay personal real en Canarias, si las decisiones se toman desde Madrid o el extranjero, o si no existe actividad empresarial genuina en las islas.

Incumplimiento del mantenimiento de empleo

Los puestos creados deben mantenerse durante la vigencia del régimen. Las reducciones de plantilla pueden hacer perder parcial o totalmente el beneficio.

Actividades excluidas mezcladas con permitidas

Si la entidad realiza actividades dentro y fuera del catálogo ZEC, debe aplicar el tipo beneficiado solo a las rentas provenientes de actividades catalogadas.

Operaciones vinculadas y precios de transferencia

Las transacciones con empresas del mismo grupo (matriz, filiales) deben valorarse a precios de mercado. El riesgo de utilizar la ZEC como vehículo de traslado artificial de rentas es el foco principal de las inspecciones.

Comparativa: ZEC vs otras jurisdicciones low-tax de la UE

Todas las opciones son regímenes legales dentro de la UE. La elección depende del perfil de la empresa y los socios.

Jurisdicción IS efectivo IVA / IIC Sustancia requerida Caducidad
ZEC — Canarias (ES) Oportunidad 2026 4% IGIC 7% (no IVA) Alta (5 empleados GC/TF, inversión 100k€) 31 dic 2026 (prorrogable)
Madeira (PT) 5% (IFMZ) IVA 22% Media (1–2 empleados, 75k€ inversión) 31 dic 2027
Irlanda 12,5% (ordinario) IVA 23% Alta (presencia real, personal local) Sin caducidad
Estonia (e-Residency) 0% no distribuidos / 20% distribuidos IVA 22% Baja (gestión remota posible) Sin caducidad

La ZEC es la única opción con tipo del 4% dentro del marco EU. El IGIC del 7% (vs IVA 21-23% en resto de Europa) supone una ventaja adicional en costes operativos.

¿Es la ZEC adecuada para su empresa?

La ZEC es especialmente atractiva para empresas de servicios, tecnología y consultoría que puedan desarrollar su actividad de forma efectiva en Canarias, con un equipo local real. El umbral de 5 empleados (en GC o TF) es asumible para una empresa en crecimiento, y el retorno fiscal — especialmente con beneficios superiores a 500.000 € anuales — justifica ampliamente la inversión y los costes de cumplimiento.

La clave es la planificación integral: la ZEC no es una casilla de ahorro fiscal aislada, sino parte de una estrategia que debe contemplar la estructura societaria (filial ZEC de un grupo, o sociedad independiente), el régimen fiscal de los socios personas físicas (residencia, IRNR, CDI), las operaciones vinculadas y el cumplimiento BEPS.

Conozca nuestro servicio de Asesoramiento ZEC Canarias, Constitución de sociedades y Planificación fiscal internacional.

¿Está su empresa preparada para la ZEC?

Le ayudamos desde la evaluación de viabilidad hasta la inscripción en el Consorcio ZEC, incluyendo el plan de actividades, la estructura societaria y el compliance fiscal continuo.

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