Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Los gastos en el método de estimación directa son deducibles si están vinculados a la actividad económica y relacionados con la obtención de ingresos. Deben cumplir con la correcta imputación temporal, estar registrados en la contabilidad o libros correspondientes y estar debidamente justificados. La Administración Tributaria tiene la potestad para valorar dicha vinculación.
La posición de la DGT se mantiene constante en la exigencia de los requisitos generales de deducibilidad: inscripción contable, devengo, correlación con los ingresos y justificación documental. A lo largo de las consultas, se han aplicado estos principios a supuestos específicos como gastos de movilidad, estudios o traslados laborales, sin alterar la base normativa.
Análisis basado en 37 de 39 consultas con criterio disponible. Actualizado 16 de septiembre de 2026.