Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La tributación conjunta requiere que todos los miembros de la unidad familiar sean contribuyentes del IRPF, lo que implica residencia fiscal en España o cumplimiento de requisitos de radicación de intereses económicos. En casos de separación o divorcio, la unidad familiar solo se rompe mediante sentencia firme o consentimiento en escritura pública. Existe una incompatibilidad entre el derecho al mínimo por descendientes y el régimen de anualidades por alimentos.
La posición de la DGT se mantiene estable en cuanto a los requisitos de residencia y la composición de la unidad familiar. La evolución se observa en la precisión de los supuestos de ruptura familiar y la clarificación de la incompatibilidad entre el mínimo por descendientes y las anualidades por alimentos.
Puntos de inflexión
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Establece que los autos judiciales provisionales no rompen la unidad familiar, exigiendo sentencia firme o escritura pública para acreditar la separación.
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Determina la incompatibilidad entre el mínimo por descendientes y el régimen de anualidades por alimentos, permitiendo al progenitor con custodia el mínimo prorrateado pero no las anualidades.
Análisis basado en 39 de 41 consultas con criterio disponible. Actualizado 16 de septiembre de 2026.