Se consulta si unos padres pueden realizar la declaración conjunta con sus hijos menores que han obtenido ganancias patrimoniales por la venta de acciones. La DGT responde que, al superar los hijos los límites de exclusión de la obligación de declarar, pueden optar por la tributación conjunta o individual.
Cuestión planteada Si pueden realizar declaración conjunta con sus hijos en 2025.
Los hijos menores que obtengan ganancias patrimoniales superiores a los límites de exclusión del artículo 96 de la LIRPF están obligados a presentar declaración. Al ser contribuyentes por el impuesto, pueden optar por la tributación conjunta con sus padres, siempre que la opción abarque a la totalidad de los miembros de la unidad familiar. En caso de optar por la conjunta, se gravarán acumuladamente las rentas de todos los miembros.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.