Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La autoliquidación debe presentarse trimestralmente por vía telemática, incluso cuando el resultado sea cero euros debido a operaciones exentas. En el caso de los envases de plástico, la autoliquidación requiere la inscripción en el registro territorial y el cumplimiento de obligaciones contables. Para el IRPF, las devoluciones se rigen por el Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria.
La posición de la DGT no muestra una evolución doctrinal sobre el concepto de autoliquidación, ya que las consultas versan sobre materias tributarias distintas (Convenios, IRPF, LIE, IEDMT). Cada consulta establece requisitos específicos de autoliquidación para el impuesto concreto que analiza, sin que exista un hilo conductor de cambio de criterio.
Puntos de inflexión
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Establece la obligación de presentar la autoliquidación trimestral por vía telemática incluso cuando el resultado sea cero euros por operaciones exentas.
Análisis basado en 41 de 44 consultas con criterio disponible. Actualizado 17 de septiembre de 2026.