Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La inversión en inmuebles es apta para la reducción por reinversión de beneficios siempre que se mantengan en funcionamiento durante cinco años sin cesión a terceros. En el caso de bienes adquiridos conjuntamente, la deducción se limita al porcentaje de titularidad del contribuyente. Se debe excluir siempre el valor del suelo para el cálculo de la inversión.
La posición de la DGT se mantiene constante en la exclusión del valor del suelo para la aplicación de reducciones por reinversión. La doctrina ha precisado que la cesión de uso a terceros, como la vivienda para trabajadores, rompe el requisito de permanencia en la empresa. No se observa un cambio de criterio, sino una aplicación de requisitos de afectación y titularidad.
Puntos de inflexión
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Establece que la cesión de inmuebles a trabajadores para uso habitacional constituye una cesión a terceros que incumple el requisito de permanencia de cinco años.
Análisis basado en 47 de 50 consultas con criterio disponible. Actualizado 19 de septiembre de 2026.