Pack Nómada Digital: Visa, Ley Beckham y Primer Año Fiscal. Un Solo Interlocutor para Todo.
Un solo proveedor para todo tu traslado fiscal y migratorio a España: visado de nómada digital, alta en Ley Beckham (Modelo 149), NIE, empadronamiento y primera declaración de IRPF. BMC lo gestiona todo.
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- 5 Oficinas en España
- 25+ Años
- 30+ Jurisdicciones
El problema
Mudarse a España como nómada digital debería ser sencillo. En la práctica, quienes lo intentan por su cuenta se encuentran ante un laberinto de trámites interdependientes que nadie ha diseñado pensando en ellos. El visado de nómada digital lo tramita una oficina consular o la UGE-CE con documentación específica: contrato de trabajo o cartera de clientes con al menos un año de antigüedad, certificado de antecedentes penales apostillado, seguro médico privado sin copago y prueba de ingresos mínimos equivalentes al 200% del SMI. Un error en cualquiera de estos documentos puede significar semanas de retraso o una denegación. Pero el visado es solo el primer paso. Una vez en España, hay que obtener el NIE, registrarse en el padrón municipal, solicitar la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) y, si quieres aprovechar la Ley Beckham, presentar el Modelo 149 en un plazo máximo de seis meses desde la primera inscripción en la Seguridad Social. Ese plazo es fatal: si lo pierdes, pierdes el régimen especial para siempre durante ese periodo de residencia en España. Y el Modelo 149 lo gestionan los asesores fiscales, no los abogados de inmigración. El resultado es que la mayoría de los nómadas digitales acaban contratando a un bufete de inmigración para el visado y a un asesor fiscal distinto para los trámites tributarios, con el coste doble, la falta de coordinación y el riesgo de que nadie esté pendiente del plazo crítico. Si además llegas de América Latina, hay consideraciones adicionales: los convenios de doble imposición entre España y tu país de residencia anterior determinan cómo se tratan tus ingresos durante el año del traslado, y hay decisiones sobre tu situación fiscal en origen que conviene tomar antes de llegar, no después.
Nuestra solución
El pack nómada digital de BMC integra bajo un mismo equipo todos los trámites que necesitas para empezar tu vida fiscal y legal en España sin sorpresas. Nuestros abogados de inmigración preparan y presentan el visado de nómada digital. Nuestros asesores fiscales registran el Modelo 149 dentro del plazo para activar la Ley Beckham. Nosotros coordinamos la obtención del NIE y acompañamos el proceso de empadronamiento. Y al final del primer ejercicio fiscal, nuestro equipo fiscal prepara tu primera declaración de IRPF como contribuyente del régimen especial. Un solo contrato, un solo equipo, un solo interlocutor que conoce tu situación completa. No hay riesgo de que el abogado de inmigración no sepa el plazo fiscal ni de que el asesor fiscal no conozca los detalles de tu situación migratoria. Para clientes procedentes de México, Colombia, Argentina, Chile, Perú y otros países de la región, analizamos también la tributación del año del traslado en origen y las implicaciones del convenio de doble imposición aplicable.
Como lo hacemos
Análisis de elegibilidad y planificación del traslado
Revisamos tu situación concreta: nacionalidad, tipo de actividad (asalariado de empresa extranjera o autónomo con clientes internacionales), nivel de ingresos, antigüedad de la relación laboral o mercantil, y composición familiar si tienes dependientes que se trasladan contigo. Determinamos si cumples los requisitos del visado de nómada digital, qué documentación exacta necesitas y cuándo es el momento óptimo para iniciar la solicitud según tu calendario vital.
Preparación del expediente y solicitud del visado
Preparamos el expediente completo: recopilación y verificación de todos los documentos requeridos, gestión de apostillas y traducciones juradas donde sean necesarias, redacción de la carta de presentación y justificación de los requisitos, y presentación ante el consulado español correspondiente o la UGE-CE si ya estás en España. Hacemos seguimiento del expediente y respondemos a cualquier requerimiento adicional de la administración.
Llegada a España: NIE, empadronamiento, TIE y alta fiscal
Una vez concedido el visado, coordinamos los trámites de llegada: cita para obtención de NIE si es necesario, registro en el padrón municipal de tu localidad de residencia, solicitud de la TIE en la oficina de extranjería, y alta en la Agencia Tributaria como contribuyente del IRPF. Presentamos el Modelo 149 dentro del plazo de seis meses para activar el régimen especial de la Ley Beckham con la tarifa plana del 15%.
Primera declaración de IRPF bajo Ley Beckham
Al finalizar tu primer ejercicio fiscal completo en España, nuestro equipo fiscal prepara y presenta tu declaración de IRPF como contribuyente del régimen especial para trabajadores desplazados. Revisamos todos tus ingresos de fuentes mundiales, aplicamos correctamente la exención de los ingresos obtenidos en el extranjero según el convenio aplicable, optimizamos las deducciones disponibles y aseguramos el cumplimiento correcto ante la AEAT. Si tienes ingresos de múltiples países, coordinamos el tratamiento fiscal de cada fuente.
Llegué a Madrid desde Ciudad de México con mi empresa ya operando remotamente pero sin saber cómo regularizar mi situación. BMC me tramitó el visado, me registró en Beckham antes de que expirara el plazo —que yo ni sabía que existía— y preparó mi primera declaración. Pago el 15% en lugar del 40% que hubiera pagado con el régimen general. Fue la mejor inversión del año.
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Por qué necesitas un solo equipo para todo el proceso
El visado de nómada digital y la Ley Beckham son dos trámites distintos gestionados por dos administraciones distintas, pero están cronológicamente conectados de una forma que hace peligroso gestionarlos con dos proveedores separados.
El visado lo concede la Delegación o Subdelegación del Gobierno, o el consulado español en el exterior. La Ley Beckham (formalmente el Régimen especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados al territorio español, regulado en el artículo 93 de la Ley del IRPF) es un trámite fiscal que gestiona la Agencia Tributaria a través del Modelo 149. Ese modelo debe presentarse en los seis meses siguientes a la primera inscripción en la Seguridad Social española. Si superas ese plazo por un día, pierdes el derecho al tipo del 15% para todo ese período de residencia.
En la práctica, lo que suele ocurrir es que el abogado de inmigración que tramita el visado no lleva el seguimiento del plazo fiscal, y el asesor fiscal que llevaría el Modelo 149 no se entera a tiempo porque el cliente no lo ha contratado todavía. BMC elimina este riesgo al integrar ambos servicios bajo el mismo equipo, con un único coordinador que gestiona el calendario completo.
Qué incluye el pack, paso a paso
Fase 1: Antes de la solicitud
Antes de presentar ningún documento, hacemos una evaluación completa de elegibilidad: tipo de actividad (asalariado de empresa extranjera o autónomo freelance), nivel de ingresos y cómo acreditarlos, antigüedad de la relación laboral o mercantil, situación familiar si hay dependientes que se trasladan, y situación fiscal en el país de origen. Con esta información, diseñamos el plan de traslado y el calendario óptimo.
Fase 2: El expediente de visado
La preparación del expediente es la parte más laboriosa del proceso. Los documentos habituales incluyen: contrato de trabajo o cartera de contratos de servicios con clientes internacionales (con al menos un año de historia), extractos bancarios de los últimos tres meses que acrediten los ingresos, certificado de antecedentes penales del país de residencia de los últimos cinco años con apostilla de La Haya, seguro médico privado con cobertura en España sin copago ni franquicia, y justificación de alojamiento en España. BMC coordina la obtención de apostillas, las traducciones juradas necesarias y la presentación ante el consulado o la UGE-CE.
Fase 3: Los trámites de llegada
Una vez concedido el visado y en España, hay una secuencia de trámites administrativos que conviene gestionar en el orden correcto: empadronamiento en el municipio de residencia, obtención del NIE en la policía o la oficina de extranjería, solicitud de la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero), y alta en la Agencia Tributaria como contribuyente del IRPF. BMC acompaña y coordina estos trámites, gestionando las citas previas —que en algunas provincias tienen listas de espera de semanas— y asegurando que el orden es el correcto para no entorpecer los plazos.
Fase 4: El Modelo 149 — el trámite que no debes perder
El Modelo 149 es la solicitud formal de acogerse al régimen especial de la Ley Beckham. Debe presentarse telemáticamente ante la Agencia Tributaria dentro de los seis meses siguientes a la primera inscripción en la Seguridad Social. BMC presenta este modelo con toda la documentación de soporte —incluyendo la justificación de que no has sido residente fiscal en España en los cinco años anteriores— y gestiona cualquier requerimiento adicional de la AEAT.
La ventaja fiscal de la Ley Beckham para nómadas digitales
La Ley Beckham permite a los trabajadores desplazados a España tributar en el IRPF al tipo plano del 15% sobre los primeros 600.000 euros de renta neta del trabajo o de actividades económicas. Por encima de ese umbral, el tipo es del 47%. El régimen se aplica durante el ejercicio del traslado y los cinco siguientes, es decir, hasta seis años en total.
Para entender el impacto económico real: un nómada digital con ingresos de 60.000 euros anuales en régimen general pagaría en torno a 20.000-22.000 euros de IRPF (tipo efectivo de alrededor del 34-37%, dependiendo de la comunidad autónoma). Con Beckham, pagaría 9.000 euros. La diferencia anual es de más de 11.000 euros, y en los seis años del régimen puede superar los 65.000 euros de ahorro fiscal acumulado.
Bajo el régimen Beckham, los rendimientos del trabajo o de actividades económicas obtenidos en el extranjero también tributan en España al 15% si el contribuyente es considerado residente fiscal español. Sin embargo, los rendimientos de capital (dividendos, intereses, plusvalías) tributan según las escalas del ahorro del IRPF, entre el 19% y el 28%.
Consideraciones específicas para nómadas procedentes de América Latina
España tiene convenios de doble imposición vigentes con México, Colombia, Argentina, Chile, Perú, Venezuela, Ecuador, Bolivia, Brasil, Cuba, El Salvador, Honduras, Panamá y República Dominicana, entre otros. Estos convenios determinan cómo se reparte la potestad tributaria sobre distintos tipos de ingresos durante el año del traslado y durante la residencia en España.
Algunos aspectos críticos a gestionar antes de salir de tu país de origen: la baja en el censo de contribuyentes del país de origen (en México, la baja del RFC como residente; en Colombia, la carta de residencia fiscal; en Argentina, la baja en AFIP), las retenciones aplicadas por empleadores o clientes extranjeros sobre tus ingresos durante la transición, y el tratamiento de ingresos pasivos (dividendos, alquileres) que puedas seguir percibiendo de fuentes en tu país de origen.
BMC analiza estas cuestiones caso a caso para asegurar que tu traslado a España sea fiscalmente eficiente desde el primer día, sin sorpresas ni doble imposición efectiva durante el año de transición.
Visa de nómada digital vs. autónomo en España: qué opción te conviene
Muchos nómadas digitales procedentes de América Latina se preguntan si conviene solicitar el visado de nómada digital o directamente darse de alta como autónomo en España. La respuesta depende de tu situación concreta:
El visado de nómada digital es la opción adecuada si trabajas principalmente para empleadores o clientes fuera de España. Te permite residir legalmente en España sin necesidad de cotizar al sistema de Seguridad Social español como autónomo (aunque sí puedes optar por hacerlo voluntariamente), y accedes a la Ley Beckham desde el primer día.
El alta como autónomo en España puede ser preferible si tienes o prevés tener una parte significativa de tu actividad con clientes españoles (por encima del 20% del total), si quieres cotizar a la Seguridad Social española para generar derechos de prestación, o si tu actividad encaja mejor en una forma de trabajo por cuenta propia a efectos de la normativa de extranjería aplicable a tu caso concreto.
En algunos casos, la combinación de ambas figuras es posible: visado de nómada digital con alta simultánea como autónomo para la parte de actividad con clientes españoles. BMC analiza la configuración óptima para tu situación y te explica las implicaciones prácticas de cada opción antes de tomar ninguna decisión irreversible.
Preguntas frecuentes
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