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Sociedades Preconstituidas: Su Empresa Operativa en 24 Horas

Compra de SL o SA ya constituidas en España: operativas en 24 horas, CIF definitivo y sin deudas. Firma presencial o por poderes en toda España.

24h
Sociedad operativa en 24 horas
1.395€
Precio desde (SL, capital 3.000€)
0€
Deudas o pasivos ocultos
+20
Nacionalidades de clientes atendidos
4.8/5 en Google · 50+ reseñas25+ años de experiencia5 oficinas en España500+ clientes

Como trabajamos

01

Selección de la sociedad

Le presentamos las sociedades disponibles filtradas por tipo (SL o SA), capital social (desde 3.000 hasta 240.000 euros), provincia del Registro Mercantil y antigüedad. Cada sociedad tiene certificado de inactividad y de ausencia de deudas. Usted elige y reservamos la sociedad durante 10 días sin compromiso.

02

Preparación documental

Preparamos toda la documentación para la transmisión: escritura de compraventa de participaciones, cambio de administrador, modificación de domicilio social y objeto social (CNAE), y declaración de titularidad real. Si necesita firma por poderes (sin desplazamiento), gestionamos el poder notarial con antelación.

03

Firma en notaría

Firmamos ante notario la escritura de compraventa de participaciones y los cambios sociales. Si firma presencialmente, el acto dura aproximadamente una hora. Si firma por poderes, no necesita desplazarse: nuestro equipo firma en su representación con el poder otorgado. La sociedad queda operativa desde el mismo día de la firma.

04

Puesta en marcha y alta fiscal

Tras la firma, gestionamos la inscripción de los cambios en el Registro Mercantil, el alta censal en la AEAT (modelo 036), la configuración del régimen de IVA y, si lo necesita, la apertura de cuenta bancaria. Le entregamos la sociedad lista para facturar, con calendario de obligaciones y acceso directo a nuestro equipo fiscal y contable.

El desafio

Constituir una sociedad en España tarda entre 7 y 20 días hábiles. Cuando necesita facturar esta semana, cerrar una operación inmobiliaria antes de fin de mes, participar en una licitación con plazo inminente o activar un proyecto que no puede esperar a la burocracia registral, ese plazo no es aceptable. Cada día sin sociedad operativa es un día sin facturar, sin firmar contratos y sin acceder a financiación. Y para los inversores extranjeros que operan desde fuera de España, los plazos reales de constitución pueden duplicarse por la obtención del NIE, la apostilla de documentos y las diferencias horarias.

Nuestra solución

Le vendemos una sociedad ya constituida, inscrita en el Registro Mercantil, con CIF definitivo y en situación de absoluta inactividad desde su constitución. Usted firma en notaría — presencialmente o por poderes desde cualquier país — y en 24 horas tiene una sociedad operativa con la que facturar, contratar y operar. A diferencia de los intermediarios que solo venden la sociedad, nosotros le acompañamos después: alta fiscal, contabilidad, asesoría laboral y la gestión societaria continua que necesita para operar con tranquilidad.

Una sociedad preconstituida es una sociedad mercantil — limitada (SL) o anónima (SA) — que ha sido legalmente constituida, inscrita en el Registro Mercantil y dotada de CIF definitivo, pero que no ha desarrollado actividad económica alguna desde su constitución. La transmisión de sus participaciones al comprador se formaliza mediante escritura pública ante notario, conforme a la Ley de Sociedades de Capital (RDL 1/2010), y permite disponer de una sociedad operativa en 24 horas frente a los 7 a 20 días hábiles que requiere una constitución tradicional.

La compra de sociedades preconstituidas — también llamadas sociedades urgentes, sociedades de estantería o shelf companies — es una práctica habitual en el tráfico mercantil español y europeo. No estamos hablando de sociedades con historial desconocido ni de estructuras opacas: son sociedades constituidas específicamente para su venta posterior, mantenidas en situación de inactividad absoluta, con todas sus obligaciones registrales y fiscales al día.

Este servicio forma parte de nuestra asesoría legal.

Precios

SociedadCapital socialPrecioIncluye
SL estándar3.000 €desde 1.395 € + IVANotaría, registro, titularidad real, documentación completa
SL capital ampliado10.000 – 60.000 €desde 2.500 € + IVAMismas garantías + capital ampliado para franquicias y licitaciones
Sociedad Anónima (SA)60.000 – 240.000 €desde 4.000 € + IVAAcciones nominativas o al portador, ideal para proyectos regulados
Firma por poderes+ 200 € + IVAGestión completa sin desplazamiento, desde cualquier país
Paquete integral (sociedad + puesta en marcha)Según tipoConsultarSociedad + alta fiscal + cuenta bancaria + 1er trimestre de contabilidad

Todos los precios son cerrados. Sin costes ocultos ni gastos adicionales. El capital social ya está en la sociedad: no necesita aportar capital adicional.

Comprar vs constituir: comparativa rápida

Sociedad preconstituidaConstitución nueva
Plazo24 horas7 – 20 días hábiles
CIFDefinitivo desde el día 1Provisional (definitivo tras inscripción)
Capital socialYa desembolsadoUsted lo aporta (desde 1 €)
Privacidad registralNuevos socios no constan en RMFundadores públicos en escritura
Denominación socialFija (no personalizable)A su elección
EstatutosEstándarA medida
Firma desde el extranjeroSí, por poderesSí, pero más complejo
Coste totalDesde 1.395 € + IVA1.500 – 3.000 € (todo incluido)

¿No tiene urgencia y prefiere personalizar? Nuestro servicio de constitución de sociedades es la alternativa. ¿Necesita entender las diferencias en detalle? Lea nuestra guía completa: comprar vs constituir.

Cuándo tiene sentido comprar en vez de constituir

La constitución de una sociedad nueva es la opción correcta cuando el tiempo no es un factor crítico y el fundador quiere elegir denominación social, redactar estatutos a medida y configurar la estructura exacta desde el inicio. Nuestro servicio de constitución de sociedades cubre ese escenario con un plazo de 7 a 15 días hábiles.

La compra de una sociedad preconstituida tiene sentido en escenarios concretos donde el factor tiempo es determinante:

Operaciones inmobiliarias con plazos cerrados. La compra de un inmueble a través de sociedad — habitual en inversiones de no residentes por ventajas fiscales — requiere una sociedad operativa con CIF para escriturar. Si la opción de compra vence en dos semanas, no hay margen para constituir.

Licitaciones públicas con plazos inminentes. Muchos pliegos de licitación exigen que la empresa licitadora esté inscrita en el Registro Mercantil. Una sociedad preconstituida cumple ese requisito desde el primer día.

Franquicias con requisitos de capital. Las franquicias exigen una sociedad constituida con un capital social mínimo (habitualmente 30.000 a 60.000 euros) para formalizar el contrato de franquicia. Las sociedades con capital ampliado resuelven este requisito inmediatamente.

Inversores y emprendedores extranjeros. Un inversor no residente que necesita una sociedad española para operar, facturar o estructurar una inversión puede tenerla operativa en 24 horas, con firma por poderes desde su país, sin esperar semanas a los trámites de constitución y obtención de NIE.

Inicio de actividad urgente. Cuando el proyecto no puede esperar — un contrato que firmar, un cliente que facturar, una oportunidad que caduca — la sociedad preconstituida elimina el cuello de botella registral.

Qué incluye cada sociedad

Todas las sociedades que ofrecemos comparten las mismas garantías:

  • CIF definitivo (no provisional): la sociedad puede facturar, contratar y operar desde el día de la firma.
  • Capital social íntegramente desembolsado: no necesita realizar aportación adicional de capital. El capital ya está en la sociedad.
  • Certificado de inactividad: la sociedad no ha tenido actividad, empleados, contratos ni facturación desde su constitución.
  • Certificado de ausencia de deudas: al corriente con la AEAT y la TGSS.
  • Cuentas anuales depositadas: todas las obligaciones registrales cumplidas.
  • Declaración de titularidad real: conforme al RD 609/2023 y la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales.

La escritura de compraventa incluye declaraciones y garantías del transmitente sobre la inexistencia de pasivos ocultos, con responsabilidad contractual directa. No adquiere una caja negra: adquiere una sociedad limpia, verificada y documentada.

La compraventa de sociedades preconstituidas se rige por:

  • Ley de Sociedades de Capital (RDL 1/2010): regula la transmisión de participaciones sociales (arts. 106-112 para SL) y acciones (arts. 113-125 para SA).
  • Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales: establece las obligaciones de identificación del titular real y las medidas de diligencia debida que debe aplicar el notario interviniente.
  • RD 609/2023 — Registro Central de Titularidades Reales: desde febrero de 2025, toda transmisión de participaciones debe reflejarse en la declaración de titulares reales ante el Registro Mercantil y en el modelo 036 de la AEAT.
  • Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece): aunque redujo el capital mínimo de las SL a 1 euro, las sociedades preconstituidas con capital de 3.000 euros siguen siendo la opción preferida porque eliminan la obligación de reserva legal reforzada y ofrecen mayor credibilidad comercial.

Privacidad registral

En la compra de una sociedad preconstituida con dos o más socios, los nuevos adquirentes de las participaciones no se inscriben en el Registro Mercantil. Solo figuran los socios fundadores originales. Esta privacidad registral es una consecuencia directa de la normativa mercantil: el Registro Mercantil publica los datos de la escritura de constitución, pero no las transmisiones posteriores de participaciones sociales (salvo sociedad unipersonal o inscripción voluntaria).

Esto no significa opacidad: el notario identifica a todas las partes, la declaración de titularidad real se presenta ante el Registro Mercantil y la AEAT, y la sociedad cumple con todas las obligaciones de prevención del blanqueo de capitales. La privacidad es registral, no fiscal ni administrativa.

El valor real: lo que pasa después de la compra

Los intermediarios que solo venden sociedades desaparecen después de la firma. Usted se queda con una sociedad operativa pero sin asesoramiento fiscal, sin contabilidad, sin gestión societaria y sin nadie que le oriente sobre las obligaciones que comienzan al día siguiente.

En BMC, la venta de la sociedad es el inicio de la relación, no el final. Le ofrecemos:

Una sociedad no es un trámite: es una empresa que necesita gestión profesional desde el primer día. Esa es la diferencia entre comprar una sociedad en BMC y comprarla en cualquier otro sitio.

Errores frecuentes en la compra de sociedades preconstituidas

La adquisición de una sociedad ya constituida parece un trámite sencillo, pero encierra riesgos específicos que conviene conocer antes de firmar:

  1. No verificar la limpieza de la sociedad antes de comprar. El comprador hereda la historia de la sociedad: obligaciones tributarias no declaradas, deudas con proveedores, sanciones administrativas pendientes de notificación, litigios en curso. Antes de formalizar la compraventa es imprescindible obtener certificados de estar al corriente con la AEAT y la Seguridad Social, verificar que no existen anotaciones preventivas en el Registro Mercantil y revisar si la sociedad figura como destinataria de alguna comunicación de la Agencia Tributaria.

  2. Confundir privacidad registral con ausencia de obligaciones fiscales. El hecho de que los nuevos socios no figuren en el Registro Mercantil no significa que no tengan obligaciones. Desde el primer día, la sociedad debe presentar el modelo 036 de modificación censal ante la AEAT para actualizar la composición del accionariado, y los socios personas jurídicas deben actualizar su declaración de titulares reales. El incumplimiento de estas obligaciones puede generar sanciones.

  3. Comprar una sociedad con objeto social inapropiado para la actividad prevista. El objeto social de la sociedad determina las actividades que puede desarrollar y, en muchos sectores regulados, condiciona la obtención de licencias y autorizaciones. Una sociedad con objeto social genérico puede no servir para desarrollar actividades de asesoramiento financiero, medicina, arquitectura u otras profesiones reguladas.

  4. No prever el coste fiscal de la compraventa de participaciones. La transmisión de participaciones sociales puede estar sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) si la sociedad tiene activos inmobiliarios que representen más del 50% del activo. En estos casos, la AEAT puede considerar que la compraventa de participaciones es una forma de eludir el ITP en la transmisión de inmuebles y liquidar el impuesto como si se hubiera transmitido el inmueble directamente.

Cronograma típico de la adquisición de una sociedad preconstituida

Día 1-2 — Solicitud y selección de la sociedad. El cliente nos facilita sus datos personales y los de los socios, la actividad a desarrollar y los criterios de elección (capital, antigüedad, domicilio social preferido). Seleccionamos la sociedad más adecuada de nuestro inventario o, si no disponemos de ninguna que cumpla todos los criterios, la tramitamos de urgencia.

Día 2-3 — Due diligence de la sociedad. Verificamos los certificados de la AEAT y la Seguridad Social, el historial registral, y comprobamos que la sociedad no tiene deudas, sanciones ni litigios pendientes.

Día 3-5 — Preparación de la documentación notarial. Redacción de la escritura de compraventa de participaciones, poder notarial si algún socio firma a distancia, y documentación complementaria para el notario.

Día 5-7 — Firma ante notario. Elevación a público de la compraventa de participaciones. El notario verifica la identidad de todas las partes y remite la declaración de titulares reales al Registro Mercantil.

Día 7-15 — Trámites post-firma. Modificación censal ante la AEAT (modelo 036), apertura de cuenta bancaria corporativa, alta en el IAE si procede, y tramitación de licencias de actividad si la actividad lo requiere. Desde este momento, BMC puede asumir la gestión contable, fiscal y societaria continuada. La coordinación entre los trámites post-firma y el inicio de la contabilidad desde cero es especialmente importante para evitar inconsistencias en el primer ejercicio fiscal, que es el que la AEAT revisa con más atención cuando una sociedad inicia actividad de forma activa inmediatamente después de una transmisión de participaciones.

Guías relacionadas

Si quiere profundizar antes de decidir, hemos publicado estas guías especializadas:

La experiencia que nos respalda

Necesitaba una sociedad operativa para cerrar la compra de un inmueble en Marbella antes de que venciera la opción de compra. BMC me entregó la SL en 24 horas, gestionó la firma por poderes desde Londres y se encargó del alta fiscal y la escritura de compraventa del inmueble. Todo resuelto en una semana.

Meridian Property Investments Ltd
Director

Equipo con experiencia local y visión internacional

Entregables concretos

Sociedad Limitada (SL) — Capital 3.000€

Sociedad limitada con CIF definitivo, capital social de 3.000 euros íntegramente desembolsado, certificado de inactividad y ausencia de deudas. Incluye notaría, registro de cambios y titularidad real. Desde 1.395€ + IVA.

Sociedad Limitada — Capital ampliado

Sociedad limitada con capital social de 10.000 a 60.000 euros para franquicias, licitaciones y proyectos que requieren imagen de solvencia. Mismas garantías que el paquete estándar. Desde 2.500€ + IVA.

Sociedad Anónima (SA) — Capital 60.000€+

Sociedad anónima con capital social de 60.000 a 240.000 euros, acciones nominativas o al portador. Para proyectos que requieren la forma jurídica de SA por regulación, cotización prevista o estructura accionarial compleja. Desde 4.000€ + IVA.

Firma por poderes (sin desplazamiento)

Gestión de la compraventa íntegra por poderes. Usted otorga un poder notarial en su país y nuestro equipo firma en España en su representación. Incluye coordinación con la notaría de origen y gestión de apostilla. Suplemento desde 200€ + IVA.

Paquete integral: sociedad + puesta en marcha

Sociedad preconstituida más alta censal, configuración fiscal (modelo 036, IVA, retenciones), apertura de cuenta bancaria, y primer trimestre de gestión contable incluido. El servicio más demandado para clientes que quieren empezar a operar sin preocupaciones desde el día uno.

Responsable de este servicio

Andrea Fuentes Gallego

Associate - Área Legal

Máster en Abogacía, ICADE Licenciatura en Derecho, Universidad de Sevilla

3 años asesorando clientes internacionales

Preguntas frecuentes

Sí, completamente legal. La compraventa de participaciones sociales está regulada por la Ley de Sociedades de Capital (RDL 1/2010) y se formaliza mediante escritura pública ante notario. Todas nuestras sociedades tienen certificado de inactividad desde su constitución, certificado de ausencia de deudas tributarias y con la Seguridad Social, y cumplen con las obligaciones de titularidad real del RD 609/2023. El notario verifica la identidad de las partes y la legalidad de la operación conforme a la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales.
Una Sociedad Limitada con capital social de 3.000 euros parte desde 1.395 euros más IVA. El precio incluye los gastos de notaría, la inscripción de los cambios en el Registro Mercantil, el certificado de titularidad real y la entrega de toda la documentación. Las sociedades con capital ampliado (10.000 a 60.000 euros) parten desde 2.500 euros más IVA. Las Sociedades Anónimas con 60.000 euros de capital parten desde 4.000 euros más IVA. Todos los precios son cerrados: sin costes ocultos ni gastos adicionales.
Desde la reserva de la sociedad hasta la firma ante notario: 24 a 48 horas si firma presencialmente en Madrid, Barcelona o Valencia. Si necesita firma por poderes, el plazo adicional depende de la obtención del poder notarial en origen (variable según país). La sociedad queda operativa desde el día de la firma. La inscripción de los cambios en el Registro Mercantil tarda entre 5 y 15 días adicionales, pero no impide el inicio de actividad.
La sociedad incluye: CIF definitivo (no provisional), capital social íntegramente desembolsado (no necesita aportar capital adicional), escritura de constitución inscrita en el Registro Mercantil, certificado de inactividad acreditando que la sociedad no ha tenido actividad económica desde su constitución, certificado de estar al corriente con la AEAT y la TGSS, y las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil. No hay deudas, contratos, empleados ni obligaciones pendientes de ningún tipo.
Sí. Necesitará un NIE (Número de Identificación de Extranjero), que podemos gestionar como parte del proceso. La firma puede hacerse por poderes desde cualquier país sin necesidad de viajar a España: usted otorga un poder notarial en su país de residencia (apostillado o legalizado según proceda) y nuestro equipo firma en su representación. Trabajamos habitualmente con clientes de más de 20 nacionalidades, incluyendo residentes en países de la UE, Reino Unido, Estados Unidos, Latinoamérica y Oriente Medio.
No, salvo que la sociedad sea unipersonal (un solo socio). En las sociedades con dos o más socios, solo los socios fundadores constan en el Registro Mercantil. Los nuevos adquirentes de participaciones no se inscriben en el registro público. Esta privacidad registral es una de las ventajas reconocidas de la adquisición de sociedades preconstituidas frente a la constitución nueva, donde los fundadores quedan identificados en la escritura de constitución inscrita.
La diferencia principal es el tiempo: comprar una sociedad preconstituida permite operar en 24 horas, frente a los 7 a 20 días hábiles de una constitución tradicional. Otras diferencias relevantes: la sociedad preconstituida ya tiene CIF definitivo (no provisional), el capital social ya está desembolsado, los nuevos socios no aparecen en el Registro Mercantil (privacidad), y el proceso puede completarse íntegramente por poderes sin desplazamiento. El coste total es comparable: constituir una SL cuesta entre 1.500 y 3.000 euros incluyendo capital, notaría, registro y asesoramiento; comprar una preconstituida parte desde 1.395 euros más IVA (capital ya incluido en la sociedad).
El nombre (denominación social) de la sociedad ya está fijado y no se cambia como parte del proceso estándar. Si desea una denominación específica, podemos constituir una sociedad a medida con el nombre que elija, aunque esto añade entre 7 y 15 días al plazo. El objeto social (actividad a la que se dedicará la empresa, código CNAE) sí se modifica como parte del proceso de compra, sin coste adicional. La gran mayoría de nuestros clientes mantienen la denominación existente, ya que no afecta al nombre comercial con el que operan.
Las sociedades que vendemos tienen las cuentas anuales presentadas y las declaraciones fiscales al día (a cero, al no haber tenido actividad). Desde el momento en que usted adquiere la sociedad e inicia actividad, comienzan las obligaciones tributarias periódicas: IVA trimestral, retenciones, pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades. A diferencia de otros proveedores que solo venden la sociedad, nosotros ofrecemos la gestión contable y fiscal continuada como servicio integrado, con un interlocutor único que conoce la sociedad desde el primer día.
Cada sociedad se entrega con certificado de la AEAT (estar al corriente de obligaciones tributarias), certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social (estar al corriente de cotizaciones), y certificación del administrador de ausencia de actividad, contratos, empleados y deudas. Adicionalmente, la escritura de compraventa incluye declaraciones y garantías del vendedor sobre la inexistencia de pasivos ocultos, con responsabilidad directa del transmitente. La garantía es contractual y ejecutable.
Sí. Disponemos de sociedades con antigüedad de 1 a 10 años (especialmente demandadas para licitaciones públicas, franquicias y operaciones que requieren historial registral), y sociedades con capital ampliado desde 10.000 hasta 240.000 euros (SL y SA), necesarias en sectores regulados, franquicias con requisitos de capital o proyectos que necesitan imagen de solvencia ante entidades financieras o socios institucionales. Consulte la disponibilidad concreta para su caso.
Las sociedades mercantiles preconstituidas son sociedades limitadas o anónimas ya constituidas, inscritas en el Registro Mercantil y en situación de inactividad desde su creación. Su utilidad principal es la inmediatez operativa. A diferencia de una constitución nueva, que en España requiere entre 7 y 20 días hábiles por los trámites ante el Registro Mercantil, una sociedad preconstituida puede transferirse al comprador y quedar operativa en 24 horas. Son especialmente demandadas para operaciones con plazos urgentes — cierres inmobiliarios, licitaciones públicas, inversiones entrantes — y por inversores no residentes que no pueden desplazarse a España para constituir.
Son figuras jurídicamente distintas. Una sociedad preconstituida es una persona jurídica plenamente constituida e inscrita en el Registro Mercantil, con CIF definitivo, capital social desembolsado y plena capacidad jurídica para contratar, facturar y operar desde el día de la compra. Una empresa "no constituida" o en trámite de constitución, en cambio, no tiene personalidad jurídica propia y no puede celebrar contratos en nombre de la sociedad ni emitir facturas hasta que el proceso registral se complete. La confusión terminológica es frecuente: "pre-constituida" en el uso comercial no significa "en proceso de constitución", sino exactamente lo contrario: ya está constituida y lista para transmitirse.
Constituir una Sociedad Limitada nueva en España mediante el procedimiento ordinario tarda entre 7 y 20 días hábiles desde la obtención de la certificación de denominación social del Registro Mercantil Central hasta la inscripción definitiva. El proceso incluye la reserva del nombre (2-3 días), la apertura de cuenta bancaria para el depósito del capital (1-3 días), el otorgamiento de la escritura notarial (variable) y la inscripción en el Registro Mercantil (5-15 días). Para inversores extranjeros que requieren NIE o apostilla de documentos, los plazos reales pueden duplicarse. La sociedad preconstituida elimina todos estos plazos.
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