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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre no sujeción

723 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «no sujeción», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio estable Confianza media 66 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

La no sujeción al IVA se aplica en la transmisión de unidades económicas autónomas, incluso sin la transmisión del inmueble, siempre que se mantenga la capacidad de desarrollar la actividad. En servicios prestados a destinatarios fuera de la UE, la no sujeción depende de la naturaleza del servicio (electrónico o no) y de la condición del destinatario. Asimismo, la no sujeción entre entidades de la Administración General del Estado se excluye para servicios aeroportuarios.

La posición de la DGT no muestra una evolución doctrinal única, ya que las consultas abordan supuestos de no sujeción heterogéneos y sin conexión temática directa. Se observa una aplicación constante de la normativa para casos específicos como la transmisión de negocios, servicios internacionales y relaciones entre administraciones.

Puntos de inflexión

  1. V1002-26

    Establece que la transmisión de una unidad económica autónoma no requiere la transmisión del local si la cesión del contrato de arrendamiento permite la continuidad de la actividad.

Análisis basado en 59 de 66 consultas con criterio disponible. Actualizado 10 de septiembre de 2026.

723 consultas

V0053-26 13 ene 2026

Debe liquidarse el IEDMT si cambia la titularidad de la actividad económica de persona física a jurídica sin cambiar la titularidad del vehículo

SG de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior y sobre el Medio Ambiente
impuesto especial sobre determinados medios de transporteno sujeciónafectación significativavehículo mixto adaptabletitularidad de la actividad económica Ley 38/1992 (LIE)LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 95
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V1518-21 21 may 2021

La primera matriculación definitiva de una embarcación no estará sujeta al IEDMT si ya se pagó por su uso en España

SG de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior y sobre el Medio Ambiente
impuesto especial sobre determinados medios de transportematriculación definitivacirculación o utilización en Españaautoliquidaciónhecho imponible Ley 38/1992 de Impuestos EspecialesLGT — Ley 58/2003 General Tributaria art. 89.1
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V3028-18 26 nov 2018

La transmisión de una unidad económica autónoma no está sujeta al IVA

SG de Impuestos sobre el Consumo
unidad económica autónomano sujecióntransmisión de bienespatrimonio empresarialfactores de producción LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 7.1ºLGT — Ley 58/2003 General Tributaria art. 89.1
Afecta a EmpresaInmigrante · ExpatParticular
V2816-18 26 oct 2018

La transmisión de una unidad económica autónoma no está sujeta al IVA

SG de Impuestos sobre el Consumo
unidad económica autónomano sujecióntransmisión de bienespatrimonio empresarialfactores de producción LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 7.1ºLGT — Ley 58/2003 General Tributaria art. 89.1
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