Nacido en el extranjero de padre, madre, abuelo o abuela español: la vía de 1 año de residencia (art. 22.2.f CC)
Si tu padre, madre, abuelo o abuela fue originariamente español y naciste fuera de España, puedes solicitar la nacionalidad española con solo 1 año de residencia legal. Guía completa del artículo 22.2.f CC, cómo difiere del artículo 20.1.b y qué hacer ahora que la Ley de Nietos cerró.