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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre régimen especial

990 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «régimen especial», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio estable Confianza alta 46 consultas · 2023–2025

Criterio vigente

El régimen especial de desplazamiento (art. 93 LIRPF) exige no haber sido residente en España en los cinco años anteriores y que el traslado sea consecuencia de un contrato de trabajo o la adquisición de la condición de administrador. Debe existir causalidad acreditada entre el motivo del desplazamiento y la nueva situación laboral. En el caso de administradores en entidades patrimoniales, no pueden tener una participación que los convierta en parte vinculada.

La posición de la DGT se mantiene estable en cuanto a los requisitos de residencia y causalidad del desplazamiento. Se observa una precisión en la aplicación del régimen para administradores, exigiendo la acreditación de la causalidad mediante medios de prueba válidos. No hay cambios de fondo, sino una aplicación de criterios sobre la naturaleza del vínculo laboral y la residencia.

Puntos de inflexión

  1. V3132-23

    Aclara que el cese voluntario de la relación laboral que motivó el desplazamiento no excluye el régimen si se mantienen los requisitos del artículo 93.

  2. V2590-25

    Establece que el desplazamiento por adquisición de la condición de administrador debe acreditarse con medios de prueba válidos y limita la aplicación en entidades patrimoniales si existe vinculación.

Análisis basado en 43 de 46 consultas con criterio disponible. Actualizado 31 de julio de 2026.

990 consultas

V1092-26 18 may 2026

La donación de participaciones sociales no se acoge al régimen de neutralidad fiscal y el arrendamiento de viviendas puede ser actividad económica si se emplea a un trabajador a jornada completa

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
neutralidad fiscalactividad económicaarrendamiento de viviendasaportaciones no dinerariasrégimen especial LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 5.1LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 48
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V1917-23 4 jul 2023

Requisitos para la aplicación del régimen especial de aportaciones no dinerarias

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
aportaciones no dinerariasrégimen especialfondos propiosreestructuración empresarialmotivos económicos válidos LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 87.1LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 89.2
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V2503-22 2 dic 2022

Requisitos para aplicar el régimen especial de aportación de rama de actividad

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
rama de actividadrégimen especialunidad económica autónomamotivos económicos válidosaportación de activos LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76.4LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 87.2
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V1895-21 17 jun 2021

La escisión parcial sin régimen especial obliga a integrar rentas por valor de mercado y permite la exención si se cumplen los requisitos del art. 21 LIS

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
escisión parcialvalor de mercadoexención por transmisión de participacionesbase imponibleparticipación significativa LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 17.2LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 17.5
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V1150-21 29 abr 2021

Requisitos para aplicar el régimen especial de aportación de rama de actividad

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
rama de actividadunidad económica autónomaaportación no dinerariarégimen especialactividad económica LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76.4LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 87.1
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V3208-20 27 oct 2020

La aplicación del régimen especial de canje de valores requiere que la entidad beneficiaria obtenga la mayoría de derechos de voto y cumpla otros requisitos

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
canje de valoresreestructuraciónampliación de capital no dinerariamotivos económicos válidosderechos de voto LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76.5LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 80.1
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V2369-20 10 jul 2020

Requisitos para la aplicación del régimen especial de aportaciones no dinerarias

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
aportación no dinerariarégimen especialfondos propiosmotivos económicos válidosreestructuración LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 87.1LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 89.2
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V1991-20 17 jun 2020

Se puede aplicar el régimen especial de canje de valores si se adquiere la mayoría de derechos de voto y concurren los requisitos de residencia y motivos económicos válidos

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
canje de valoresrégimen especialmotivos económicos válidosderechos de votoreestructuración LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76.5LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 80.1
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V1965-20 16 jun 2020

Se puede aplicar el régimen especial de canje de valores si se obtiene la mayoría de votos, se cumplen los requisitos de residencia y valoración, y existen motivos económicos válidos

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
canje de valoresrégimen especialderechos de votomotivos económicos válidosneutralidad fiscal LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76.5LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 80.1
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V2247-19 20 ago 2019

Posibilidad de aplicar los regímenes especiales de aportación de activos y escisión bajo el cumplimiento de requisitos y motivos económicos válidos

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
aportación no dinerariaescisión parcial financierarégimen especialrama de actividadmotivos económicos válidos LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76.2.1ºcLIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 87
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V2215-19 19 ago 2019

Requisitos para la aplicación del régimen especial de aportaciones no dinerarias

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
aportación no dinerariarégimen especialfondos propiosmotivos económicos válidossociedad holding LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 87LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 89.2
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V2106-19 9 ago 2019

El régimen especial de aportaciones no dinerarias exige que la entidad aportada no tenga como actividad principal la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
aportación no dinerariarégimen especialgestión de patrimoniomotivos económicos válidosfondos propios LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 87LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 89.2
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