Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
El tipo general del 21% se aplica a servicios de formación electrónica, transmisiones de terrenos con calificación de solar y servicios de integración que no califiquen como asistencia social. También rige para la mediación de agencias no establecidas en la UE y para servicios de agencias de viajes que actúen bajo su régimen especial. En productos alimenticios, el tipo general se impone si se han añadido azúcares o edulcorantes.
La DGT no presenta una evolución doctrinal única, ya que las consultas abordan supuestos de hecho totalmente distintos sin una línea de cambio común. La posición se mantiene constante en cada materia específica: el tipo general se aplica cuando no se cumplen los requisitos estrictos para acceder a los tipos reducidos del 10%.
Análisis basado en 133 de 137 consultas con criterio disponible. Actualizado 21 de septiembre de 2026.