Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las pérdidas patrimoniales pueden compensarse con ganancias del ahorro en el mismo periodo impositivo. En casos de catástrofes, las ayudas públicas y seguros se consideran una ayuda exenta si no superan el daño producido, permitiendo integrar la diferencia negativa si la ayuda es inferior a la pérdida. Las pérdidas por créditos no cobrados se imputan tras la conclusión del procedimiento concursal sin satisfacción del crédito. No están obligados a declarar quienes tengan rendimientos y ganancias con límite de 1.000 euros y pérdidas inferiores a 500 euros.
La posición de la DGT es heterogénea debido a que las consultas abordan supuestos distintos sin una línea doctrinal única. Se observa consistencia en el tratamiento de la recompra de valores para evitar la computación de pérdidas y en la exención de ayudas por catástrofes. No existe una evolución de un criterio hacia otro, sino una aplicación de la norma a escenarios diversos como créditos vencidos o ayudas por inundación.
Puntos de inflexión
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Establece que las pérdidas por transmisión de valores no se computan si hay recompra de valores homogéneos en dos meses, permitiendo su integración posterior mediante transmisiones definitivas.
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Determina que las pérdidas por créditos vencidos se imputan tras la conclusión del procedimiento concursal sin satisfacción del crédito.
Análisis basado en 50 de 52 consultas con criterio disponible. Actualizado 18 de septiembre de 2026.