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Se consulta si las ayudas del Decreto 163/2024 para paliar la pérdida de bienes de primera necesidad por el temporal en la Comunidad Valenciana deben tributar. La DGT responde que estas ayudas no se integrarán en la base imponible del IRPF.
Cuestión planteada Tributación en el IRPF de las ayudas establecidas en el Decreto 163/2024, de 4 de noviembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes para paliar la pérdida de bienes de primera necesidad de las personas físicas, producida por el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunidad Valenciana.
Las ayudas públicas para paliar daños en la vivienda por causas naturales no se integrarán en la base imponible del IRPF según la disposición adicional quinta de la LIRPF. En el caso de ayudas para reparar la destrucción por inundación, no se integran las rentas positivas resultantes. Si la ayuda es inferior a las pérdidas patrimoniales, la diferencia negativa podrá integrarse en la base imponible.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
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