Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
El alta en epígrafes de comercio al por mayor faculta la realización de comercio al por menor de los mismos productos siempre que se efectúe en el mismo establecimiento. Si la venta minorista ocurre en un local distinto o fuera de las dependencias de venta al por mayor, es obligatorio el alta en el epígrafe de comercio al por menor correspondiente. En actividades de servicios o reparación, la clasificación depende de si el producto es para consumo directo o para reventa.
El análisis automático no pudo anclar los hitos en los criterios disponibles. La posición de la DGT parece consistente en el corpus.
Análisis basado en 65 de 70 consultas con criterio disponible. Actualizado 21 de septiembre de 2026.