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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre transmisión onerosa

79 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «transmisión onerosa», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 30 consultas · 2025–2025

Criterio vigente

El valor de adquisición se compone del importe real de compra, inversiones, mejoras y gastos o tributos inherentes, minorados por amortizaciones. Las mejoras son obras que aumentan la capacidad, habitabilidad o vida útil, excluyendo los gastos de reparación y conservación. El valor de transmisión es el importe real de la enajenación, deduciendo los gastos y tributos inherentes como la plusvalía municipal, notaría, registro o certificados de eficiencia energética.

La posición de la DGT se mantiene constante en la definición de los elementos que integran el valor de adquisición y transmisión. La doctrina ha ido precisando la distinción entre mejoras y gastos de conservación, así como el desglose de los gastos inherentes a la transmisión. No se observan cambios de criterio, sino una acumulación de detalles técnicos sobre qué conceptos son deducibles.

Puntos de inflexión

  1. V2256-25

    Detalla los gastos inherentes a la transmisión, incluyendo explícitamente la plusvalía municipal, gastos de notaría, registro y certificados de eficiencia energética.

Análisis basado en 28 de 30 consultas con criterio disponible. Actualizado 22 de julio de 2026.

79 consultas

V0340-23 20 feb 2023

Requisitos para aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
vivienda habitualexención por reinversiónganancia patrimonialresidencia fiscalbase imponible del ahorro LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 6.1LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 33.1
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