Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La imputación de rentas depende de la naturaleza del ingreso y la capacidad de uso del activo. En inmuebles, no se imputan rentas si el bien está en construcción o es inutilizable por razones urbanísticas, siempre que se pruebe dicha situación. Para reducciones por rendimientos netos, estos deben imputarse en un único periodo y no superar los 300.000 euros anuales, excluyendo rentas de actividades económicas habituales.
La posición de la DGT no muestra una evolución doctrinal única, ya que las consultas abordan supuestos de imputación muy diversos (rentas de entidades no residentes, capital inmobiliario, seguros y actividades económicas). No existe un cambio de criterio transversal, sino una aplicación de la normativa vigente a casos particulares de hecho.
Análisis basado en 56 de 57 consultas con criterio disponible. Actualizado 18 de septiembre de 2026.