Un propietario de un inmueble alquilado consulta si puede deducir el gasto de cambiar una bañera rota por otra o por un plato de ducha. La DGT responde que este gasto es deducible como reparación y conservación en el IRPF.
Cuestión planteada Posibilidad de deducción de dicho gasto y forma de acreditarlo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
La sustitución de la bañera por otra o por un plato de ducha se considera gasto de reparación y conservación deducible para determinar el rendimiento neto del capital inmobiliario. El importe deducible no puede exceder los rendimientos íntegros obtenidos, pudiendo compensar el exceso en los cuatro años siguientes. El propietario debe acreditar los gastos mediante los medios de prueba admitidos en derecho.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.