Un ayuntamiento debe pagar complementos salariales de los años 2016-2021 tras una sentencia judicial firme en 2022. La DGT aclara que estos ingresos se imputan al ejercicio 2022 y que, al pagarse en 2025, se debe aplicar el tipo de retención del 15% por tratarse de atrasos.
Cuestión planteada Retención que se debe practicar sobre las cantidades correspondientes a los complementos.
Los rendimientos del trabajo derivados de una sentencia judicial firme se imputan al período impositivo en que dicha resolución adquiere firmeza. Al percibirse en un período posterior al de su imputación, se aplica el tipo de retención del 15% para atrasos que correspondan a ejercicios anteriores, según el Reglamento del IRPF. Las retenciones se imputan al período en que se imputan las rentas, independientemente de cuándo se practiquen.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.