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V1472-25 6 de agosto de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · nuda propiedad

Cálculo de la ganancia patrimonial en la transmisión de nuda propiedad heredada

Una contribuyente consulta cómo calcular el valor de adquisición y transmisión de una nuda propiedad heredada tras la venta de un inmueble. La DGT responde que el valor de adquisición será el determinado por las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones más los gastos inherentes.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Cálculo del valor de adquisición y transmisión del inmueble a efectos de determinar la ganancia o la pérdida patrimonial en el IRPF 2024.

El criterio de la DGT

El valor de adquisición de la nuda propiedad heredada se compone del valor que le corresponda según las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (sin exceder el valor de mercado), la cuota del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones pagada proporcionalmente y los gastos y tributos inherentes a la adquisición. El valor de transmisión será el importe real de la enajenación, siempre que no sea inferior al valor de mercado, deduciendo los gastos y tributos inherentes a la transmisión satisfechos por el transmitente.

Implicaciones prácticas

  • El valor de adquisición para el cálculo de la ganancia patrimonial debe integrar el valor de la nuda propiedad según la normativa del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
  • La cuota del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones pagada proporcionalmente debe sumarse al valor de adquisición.
  • El valor de transmisión no puede ser inferior al valor de mercado para evitar ajustes fiscales.
  • Los gastos y tributos inherentes a la transmisión deben deducirse del importe real de la enajenación.

Puntos de planificación

  • Valoración de la base de coste de la nuda propiedad tras la aceptación de la herencia.
  • Análisis de la proporcionalidad de la cuota del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones aplicable al valor de la nuda propiedad.

Checklist

  • Verificar el valor asignado a la nuda propiedad en la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
  • Comprobar la inclusión de la cuota del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en el valor de adquisición.
  • Identificar todos los gastos y tributos inherentes a la adquisición de la nuda propiedad.
  • Confirmar que el precio de venta no es inferior al valor de mercado del bien.
  • Recopilar los justificantes de los gastos y tributos inherentes a la transmisión.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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