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V1108-25 25 de junio de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · ganancia patrimonial

La exención por venta de vivienda habitual para mayores de 65 años requiere residencia continuada de tres años

Una pareja de jubilados consulta si la venta futura de su vivienda estará exenta de impuestos tras alquilarla temporalmente en verano. La DGT explica que para aplicar la exención de mayores de 65 años, la vivienda debe mantener la condición de habitual, lo que exige una residencia continuada de al menos tres años.

La cuestión planteada

Cuestión planteada En caso de que procediesen a la venta de dicha vivienda en un futuro, se cuestiona si estaría exenta la ganancia patrimonial que se pueda derivar de su venta.

El criterio de la DGT

Para aplicar la exención del artículo 33.4.b) de la LIRPF, el contribuyente debe tener 65 años y la vivienda debe haber sido su residencia habitual hasta dos años antes de la transmisión. La vivienda habitual requiere una residencia continuada de al menos tres años, lo que implica una utilización efectiva y permanente. Si la vivienda se alquila por temporadas, no se podrá aplicar la exención si se transmite antes de que transcurran tres años desde la finalización del último arrendamiento. La exención se recuperaría si se reside en la vivienda con carácter permanente durante al menos tres años tras el último alquiler.

Implicaciones prácticas

  • El alquiler por temporadas interrumpe la condición de residencia habitual si no se cumple el periodo de permanencia.
  • La transmisión de la vivienda antes de cumplir tres años de residencia continuada tras el último alquiler anula la exención.
  • La exención requiere acreditar la utilización efectiva y permanente de la vivienda durante el periodo exigido.

Puntos de planificación

  • Valorar la duración de los contratos de alquiler temporal frente al periodo de residencia continuada necesario.
  • Analizar la viabilidad de la exención según el momento previsto para la transmisión del inmueble.

Checklist

  • Verificar que la vivienda haya sido residencia habitual hasta dos años antes de la venta.
  • Comprobar que se cumpla el requisito de residencia continuada de al menos tres años.
  • Confirmar que no existan periodos de alquiler que invaliden la condición de vivienda habitual.
  • Asegurar que el contribuyente tenga 65 años o más en el momento de la transmisión.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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