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V0686-25 15 de abril de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · exención por reinversión

Se puede aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual de forma proporcional a la participación adquirida

Una contribuyente vende su vivienda habitual y pretende usar el dinero para comprar una parte de una nueva vivienda con su cónyuge. La DGT responde que la exención es aplicable en función del importe destinado a la nueva vivienda y del porcentaje de titularidad que se adquiera.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Si resulta de aplicación la exención por reinversión a la ganancia patrimonial obtenida.

El criterio de la DGT

Para acogerse a la exención, la vivienda transmitida y la adquirida deben ser habituales según el RIRPF. La contribuyente podrá aplicar la exención en función del importe que destine a la nueva vivienda, en la medida que se corresponda con su porcentaje de participación. Si reinvierte la totalidad del importe obtenido en su parte de la nueva vivienda, la ganancia estará totalmente exenta; si reinvierte menos, solo se excluirá la parte proporcional.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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