La base imponible es la cuantificación económica del hecho imponible que sirve de punto de partida para calcular la cuota tributaria. En el IRPF (art. 15 Ley 35/2006) se determina sumando los rendimientos netos, las ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta, distinguiendo entre base imponible general y base del ahorro. En el Impuesto sobre Sociedades (art. 10 LIS), la base imponible equivale al resultado contable ajustado con las correcciones fiscales extracontables previstas en la norma.
En la práctica
Qué es la base imponible
La base imponible es la expresión cuantitativa del hecho imponible. Una vez determinada, sobre ella se aplica el tipo de gravamen para obtener la cuota tributaria. Es el elemento central del tributo que conecta el hecho económico gravado con la obligación de pago.
Base imponible en el IRPF
El artículo 15 de la Ley 35/2006 (LIRPF) distingue dos partes de la base imponible del IRPF:
Base imponible general: integra los rendimientos del trabajo, del capital inmobiliario, de actividades económicas, y las imputaciones de renta. Se le aplica la escala de gravamen progresiva.
Base imponible del ahorro: integra los rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses) y las ganancias y pérdidas patrimoniales generadas en más de un año. Tributa a los tipos del ahorro (19-28 %).
A ambas partes se les restan los mínimos personales y familiares (art. 56 LIRPF) para obtener la base liquidable.
Base imponible en el Impuesto sobre Sociedades
En el IS, el artículo 10 de la Ley 27/2014 (LIS) establece que la base imponible se calcula a partir del resultado contable del ejercicio, al que se aplican los ajustes extracontables positivos o negativos previstos en la norma: amortizaciones fiscales distintas de las contables, deterioros no deducibles, operaciones vinculadas, y otras diferencias permanentes o temporarias.
El resultado de este ajuste es la base imponible previa, a la que se pueden restar las bases imponibles negativas (BINs) de ejercicios anteriores (art. 26 LIS) para obtener la base imponible del período.
Base imponible en el IVA
En el IVA, la base imponible es el importe total de la contraprestación de la operación sujeta al impuesto, determinada según el artículo 78 de la Ley 37/1992 (LIVA). Sobre ella se aplica el tipo impositivo (general 21 %, reducido 10 %, superreducido 4 %) para calcular la cuota de IVA repercutida.