Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las prestaciones de planes de pensiones se consideran rendimientos del trabajo y deben integrarse en la base imponible general del IRPF. Las personas con discapacidad con incapacidad judicial pueden optar por un régimen especial que permite aportaciones anuales de hasta 24.250 euros, permitiendo también aportaciones de familiares con un límite de 10.000 euros cada una, siempre que el total conjunto no exceda los 24.250 euros.
La posición de la DGT es heterogénea debido a que las consultas abordan materias distintas. Se mantiene la calificación de las prestaciones como rendimientos del trabajo, pero se han introducido precisiones sobre el modelo 720 para planes extranjeros y se ha establecido un régimen de aportaciones especiales para personas con discapacidad.
Puntos de inflexión
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Establece que los derechos de un plan extranjero deben informarse en el modelo 720 si permiten el rescate en términos propios de un seguro de vida.
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Introduce un régimen especial de aportaciones para personas con discapacidad con límites de hasta 24.250 euros anuales.
Análisis basado en 45 de 48 consultas con criterio disponible. Actualizado 16 de septiembre de 2026.