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V1981-25 20 de octubre de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · exención por reinversión

No se puede aplicar la exención por reinversión si la vivienda vendida no fue habitual en los dos años previos

El consultante pregunta si puede aplicar la exención por reinversión al vender una vivienda que fue su hogar hasta 2008 y comprar una nueva en 2025. La DGT responde que no es posible porque la vivienda vendida no cumple el requisito de ser habitual en el momento de la venta ni en los dos años anteriores.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Si en su caso resulta de aplicación la exención por reinversión en vivienda habitual.

El criterio de la DGT

Para la exención, la vivienda debe ser habitual tanto la transmitida como la adquirida. Se considera vivienda habitual la residencia continuada durante al menos tres años, o aquella que, sin cumplir ese plazo, se pierde por causas justificadas como un traslado laboral. La vivienda transmitida se considera habitual si lo fue en el momento de la venta o en cualquiera de los dos años anteriores a la misma. En este caso, al haber dejado de residir en la vivienda en 2008, no se cumple el requisito de habitualidad para la transmisión en 2025.

Implicaciones prácticas

  • La pérdida de la condición de vivienda habitual debe ocurrir dentro de los dos años previos a la transmisión para mantener el derecho a la exención.
  • El incumplimiento del requisito de habitualidad de la vivienda transmitida conlleva la obligación de tributar por la ganancia patrimonial generada.
  • La adquisición de una nueva vivienda no convalida la falta de habitualidad de la vivienda vendida.

Puntos de planificación

  • Valorar el impacto fiscal de la ganancia patrimonial si la vivienda vendida no ha sido residencia principal en los últimos dos años.
  • Analizar la temporalidad de los traslados de residencia para asegurar el cumplimiento del plazo de habitualidad previo a la venta.

Checklist

  • Verificar si la vivienda transmitida ha sido residencia habitual en el momento de la venta.
  • Comprobar si la vivienda transmitida fue residencia habitual en cualquiera de los dos años anteriores a la venta.
  • Confirmar si la pérdida de habitualidad se debe a causas justificadas como traslados laborales.
  • Asegurar que la vivienda adquirida también cumpla con el requisito de vivienda habitual.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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