Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La vivienda habitual requiere una residencia continuada de al menos tres años. Se admite la excepción de este plazo ante circunstancias excepcionales y justificadas, como el traslado laboral, siempre que el cambio sea una necesidad y no una opción del contribuyente. La residencia efectiva debe acreditarse mediante medios de prueba, ya que el empadronamiento o el domicilio fiscal no acreditan por sí solos la habitualidad.
La posición de la DGT se mantiene estable en la definición de vivienda habitual basada en el plazo de tres años y la excepción por traslado laboral. La evolución muestra un endurecimiento en la exigencia de la prueba, precisando que el cambio de domicilio debe ser una obligación y no una conveniencia. Las consultas más recientes enfatizan que el empadronamiento no es prueba suficiente de la residencia efectiva.
Puntos de inflexión
-
Precisa que el traslado laboral debe ser una obligación y no una opción o conveniencia del contribuyente para excepcionar el plazo de tres años.
-
Establece que el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal no acreditan por sí solos la residencia efectiva necesaria para la exención.
Análisis basado en 52 de 55 consultas con criterio disponible. Actualizado 17 de septiembre de 2026.