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V1976-25 20 de octubre de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · ganancia patrimonial

Se debe calcular la ganancia patrimonial de la vivienda usando fechas y valores distintos para la parte comprada y la heredada

Una contribuyente pregunta cómo calcular la ganancia patrimonial al vender una vivienda de la que posee el 50% por compra y el 50% por herencia. La DGT responde que debe aplicar reglas y fechas de adquisición diferentes para cada parte de la titularidad.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Forma de calcular la ganancia patrimonial derivada de la venta.

El criterio de la DGT

La ganancia o pérdida patrimonial se determina por la diferencia entre los valores de adquisición y transmisión. Para el 50% comprado, el valor de adquisición es el importe real más gastos e inversiones, con fecha de la compraventa. Para el 50% heredado, el valor de adquisición es el que resulte de las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, con fecha del fallecimiento del causante. El valor de transmisión es el importe real de la venta, siempre que no sea inferior al valor de mercado, deduciendo los gastos e impuestos inherentes a la transmisión.

Implicaciones prácticas

  • Es obligatorio segmentar la base de cálculo de la ganancia patrimonial según el origen de cada cuota de propiedad.
  • La determinación de la fecha de adquisición varía según si la titularidad proviene de una compraventa o de una sucesión.
  • El valor de adquisición para la parte heredada se rige exclusivamente por la normativa del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Puntos de planificación

  • Valorar la segregación de los costes de adquisición y fechas de cada parte de la titularidad.
  • Analizar el impacto fiscal de la diferencia de fechas de adquisición en el cálculo de la ganancia.

Checklist

  • Identificar la fecha exacta de la compraventa del 50% inicial.
  • Identificar la fecha del fallecimiento del causante para el 50% heredado.
  • Verificar el valor de adquisición del porcentaje heredado según la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones.
  • Sumar los gastos e inversiones aplicables al porcentaje comprado.
  • Confirmar que el valor de transmisión no es inferior al valor de mercado.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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