Una contribuyente pregunta cómo calcular la ganancia patrimonial al vender una vivienda de la que posee el 50% por compra y el 50% por herencia. La DGT responde que debe aplicar reglas y fechas de adquisición diferentes para cada parte de la titularidad.
Cuestión planteada Forma de calcular la ganancia patrimonial derivada de la venta.
La ganancia o pérdida patrimonial se determina por la diferencia entre los valores de adquisición y transmisión. Para el 50% comprado, el valor de adquisición es el importe real más gastos e inversiones, con fecha de la compraventa. Para el 50% heredado, el valor de adquisición es el que resulte de las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, con fecha del fallecimiento del causante. El valor de transmisión es el importe real de la venta, siempre que no sea inferior al valor de mercado, deduciendo los gastos e impuestos inherentes a la transmisión.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.