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V1811-25 13 de octubre de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · ganancias y pérdidas patrimoniales

Se puede computar una pérdida patrimonial por el robo de una joya restando la indemnización del valor de adquisición

La consultante pregunta si puede declarar una pérdida patrimonial tras el robo de una joya al haber recibido una indemnización de la aseguradora inferior al valor del bien. La DGT responde que el robo constituye una pérdida patrimonial y explica cómo calcularla.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Posibilidad de computar una pérdida patrimonial.

El criterio de la DGT

La pérdida patrimonial se determina por la diferencia entre el valor de adquisición de la joya y la indemnización percibida. Al valor de adquisición debe restarse la parte proporcional de la depreciación por uso, ya que las pérdidas por consumo no son computables. La existencia de la pérdida debe acreditarse mediante los medios de prueba admitidos en Derecho.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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