El consultante pregunta si la falta de espacio tras el nacimiento de un tercer hijo permite calificar una vivienda como habitual antes de cumplir tres años de residencia para aplicar la exención por reinversión. La DGT responde que el aumento de la familia no es una circunstancia que exija necesariamente el cambio de domicilio y que, si el cambio es voluntario, no se cumple el requisito de permanencia.
Cuestión planteada Posibilidad de considerar esta vivienda como habitual pese a no haber residido en la misma un plazo de tres años y poder así aplicar la exención por reinversión.
Para que una vivienda sea habitual sin cumplir tres años de residencia, deben concurrir circunstancias que exijan necesariamente el cambio de domicilio. El nacimiento de un hijo y la falta de espacio no se incluyen como circunstancias que obliguen al cambio, por lo que la decisión de mudarse por comodidad o espacio se considera voluntaria. La valoración de si una circunstancia es realmente necesaria corresponde a los órganos de gestión e inspección.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.